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martes, 1 de octubre de 2013

Presentación de un proyecto de ley que impulsa la Democratización Sindical


El basta de la personería gremial como privilegio es la clave de este modelo que vamos a presentar”, sostuvo el diputado De Gennaro de UP en la audiencia pública donde se debatió el anteproyecto que, sostuvo, “termina con este dedo del ministro de Trabajo, Carlos Tomada, que decide qué sindicato le gusta y cuál no”.

El diputado nacional Víctor De Gennaro (UP), vicepresidente de la Comisión de Legislación Laboral, presentó ayer a debate el anteproyecto “Nueva Ley de Organizaciones de Trabajadores y Trabajadoras Sindicalizados” en una audiencia pública que realizó junto a diputados nacionales, y contó con la presencia de dirigentes sindicales y trabajadores.
“Abrimos este espacio de debate para pensar y lograr un proyecto consensuado. Hoy, podemos decir que es posible debatir este anteproyecto gracias a la experiencia concreta de la CTA y de cientos de organizaciones que no estando en la CTA encauzaron la lucha por una mayor libertad y democracia sindical”, comenzó De Gennaro.
Según el diputado de Unidad Popular, “la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucional del artículo 31, inc. A de la Ley de Asociaciones Sindicales (23.551); esto significa un cambio absoluto y debemos avanzar, entonces, hacia un nuevo modelo sindical para garantizar lo mínimo y lograr lo máximo que es la democratización a fondo de las estructuras sindicales. El BASTA de la personería gremial como privilegio, es la clave de este modelo que vamos a presentar. La personería hoy existe en la Argentina como torniquete para impedir el desarrollo de la lucha y la defensa de las organizaciones de los trabajadores. Por eso, estamos generando un proyecto de ley que termina con la personería gremial, y termina con este dedo del ministro de Trabajo Carlos Tomada, o ministro de cualquier otro gobierno, que decide qué sindicato le gusta y cuál no. Tomada, verdadero director de personal de las empresas en el gobierno, sin dudas hace que pueda haber personería para unos, inscripciones para otros e ilegalidad para los más”.
Pablo Micheli, secretario general de la CTA, dijo que “es tiempo de librar una batalla cultural respecto al tema, no sólo hacia otros sectores de la sociedad, sino al interior nuestro. La CTA es una organización sin reconocimiento, pero esto no ha impedido representar los intereses de la clase. La CTA es una realidad a lo largo y a lo ancho de nuestro país aunque la Presidenta no la nombre y no esté enterada. Me parece importante recorrer el país y poner en conocimiento que planteamos cuál debe ser el papel de la asamblea, de la democracia sindical, qué papel cumple en la distribución de la riqueza.” Además, Micheli remarcó: “que haya gente de la CGT que salga a decir que hay que democratizar los sindicatos es un logro de esta Central.”

Acompañaron la iniciativa los diputados nacionales Liliana Parada (Unidad Popular), Jorge Cardelli (Proyecto Sur) y Ricardo Cuccovillo (Socialismo); y los dirigentes Pablo Micheli, secretario general de la CTA; Ricardo Peidro, secretario general adjunto CTA; Horacio Meguira, director del Departamento Jurídico CTA; Daniel Jorajuría, secretario gremial CTA; Julio Fuentes, secretario general ATE Nacional; Hugo Godoy, secretario adjunto ATE Nacional; Juan Carlos Giuliani, secretario de Relaciones Institucionales CTA; Víctor Mendibil, secretario general de la Federación Judicial Argentina; Rita Liempe, diputada provincial Unidad Popular; y los dirigentes Adolfo “Fito” Aguirre, Carlos Custer, Alfredo Avelín (UP San Juan), Nicolás Maxi (SIPOBA), Néstor Iparaguirre (Luz y Fuerza), Javier Izaguirre (abogado), Julio Hikkilo (Sindicato Repositores Externos), Mario Barrios (Autogestionados), Jorge Castro (secretario general UETTEL- Tercerizados), José Peralta (SITEBA), Meik Moisés (abogado laboralista), Gabriel Martínez (FETERA), Hugo Eusebio (UTRACOS), Juan Carlos Capurro (CTA), Silveiro Gómez (secretario general UCRA), Paula Becerra (secretaria general Sindicato de Salud Privada), Alejandro Bassignani (secretario general SITOSPLAD), entre otros.
Antecedentes
El fallo de julio de 2013 de la Corte Suprema de Justicia (ATE s/ inconstitucionalidad) que declara inconstitucional el monopolio de la representación de los intereses individuales y colectivos de los trabajadores, completa una nueva visión sobre la organización de los trabajadores que ya se había manifestado en el primer fallo “ATE” (2008) y en el fallo “Rossi” (2009).A su vez los órganos de Control de la OIT vienen cuestionando hace muchos años los derechos “exclusivos” de los sindicatos con personería



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viernes, 13 de septiembre de 2013

TRASVASAMIENTO SINDICAL



El Diputado FACUNDO MOYANO trabaja en un proyecto de modificacion de la ley de asociaciones sindicales  23551:
Lee algunas de sus reflexiones.

“El modelo sindical argentino es uno de los mejores del mundo, pero eso no significa que no sea perfectible o deba actualizarse
“Los dirigentes nos tenemos que hacer cargo de un debate que se viene eludiendo dentro del sindicalismo argentino hace tiempo”..
 “la proliferación de sindicatos simplemente inscriptos indica dos realidades: la falta de representatividad y la falta de democracia sindical”.
 “la falta de democracia obliga a los laburantes a optar por la creación de un sindicato paralelo en vez de pelear la conducción internamente


domingo, 23 de junio de 2013

Duro golpe al modelo sindical … / por Horacio Meguira **


Duro golpe al modelo sindical del Gobierno

La declaración de inconstitucionalidad hecha por la Corte Suprema a la ley sindical pone fin al debate sobre el sistema de personería gremial y del denominado modelo de “unicidad promocionada por ley”.
La Corte de Justicia de Salta entendió que ATE carecía de legitimación para representar los intereses colectivos de los trabajadores en la jurisdicción de la Municipalidad de Salta, por considerárselo un derecho exclusivo de la asociación sindical con personería gremial. En autos “ATE s/recurso de inconstitucionalidad”, la Corte Suprema Nacional le da el golpe final al modelo que otorga al sindicato con personería gremial el monopolio de los derechos sindicales de representación.
El primer fallo de la Corte en materia de libertad sindical en el 2008 (ATE c/ Gobierno Nacional) rompió con el derecho exclusivo del sindicato con personería a convocar elecciones de delegados, facultando también al sindicato con simple inscripción y omitiendo el requisito de estar afiliado al sindicato con personería gremial para ser candidato.
En el fallo “Rossi” en el 2009, la Corte derribó el monopolio de la tutela sindical como derecho exclusivo de los representantes de sindicatos con personería gremial, ampliándola a los representantes de todos los sindicatos.
La ley sindical otorga al sindicato con personería gremial la representación exclusiva en todo su ámbito personal y territorial. Es el único con capacidad de representar colectivamente (afiliados y no afiliados).
La Corte extiende a una asociación con simple inscripción (ATE) la capacidad de representar los intereses del colectivo (en el caso trabajadores de la Municipalidad de Salta) y para ello declara la inconstitucionalidad del artículo 31 inciso “a” de la ley de asociaciones sindicales.
A partir de este fallo no existe duda alguna sobre la capacidad de acción colectiva de los sindicatos que cuentan con simple inscripción, incluyendo aquí el ejercicio del derecho de huelga.
La sentencia se remite a la interpretación de la Comisión de expertos de la OIT. Entiende que el convenio 87 de la OIT limita la prioridad de la representación del sindicato “más representativo” a la negociación colectiva, a la representación internacional y los mecanismos de consulta.
Basado en estos antecedentes, la Corte afirma que se “privilegia a las asociaciones sindicales con personería gremial frente a las demás asociaciones en materia de representación de intereses colectivos diferentes de la negociación colectiva”.
Este fallo legitima todas las medidas de acción (incluida la huelga) adoptadas por sindicatos simplemente inscriptos en la representación del ámbito personal y territorial de su inscripción.
Queda claro entonces que el llamado “modelo sindical argentino” está en terapia intensiva. Si aún sobrevive es por los “cuidados especiales” del Gobierno Nacional, que pretende seguir siendo el que en definitiva digite quiénes son los que representan a los trabajadores.
Ratificamos una vez más la necesidad imperiosa de una reforma de la ley sindical adecuada al convenio 87 de la OIT y que priorice la voluntad libre y democrática de los trabajadores y la autonomía de sus organizaciones.


**Director del DEPARTAMENTO JURÍDICO DE LA CTA