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miércoles, 18 de mayo de 2011

Comunicado de la lista Celeste (SOETC Córdoba) relacionado con la cesantía de M. Salguero


En estos días asistimos a una instancia más de las medidas tomadas por el Cro. Salguero, para lograra su reincorporación. Adherimos a su objetivo y deseamos que logre su cometido. Pero es conveniente recordar:
ü  Que en su momento, recibió todo el apoyo que se encuadraban en la ley y las normas vigentes, por parte de nuestro Sindicato.
ü   Que fue atendido por miembros de la Comisión Directiva, quienes lo impusieron de su situación ante esas normas y la ley.
ü  Que en ese momento transcurría su quinto día de faltas injustificadas a su trabajo.
ü  Que por ese motivo se le pidió reiteradamente, que tomara servicio en el destino que se le había asignado.
ü  Que a pesar de estar encuadrado en la figura de abandono de trabajo, se le garantizaba su continuidad laboral.
ü  Que esa continuidad era necesaria para mantener capacidad de negociación y posibilidad de discusión,  sobre lo que se venía tratando infructuosamente, hasta el momento, con la compañía.
ü  Que el compañero se negó en todo momento a lo solicitado, expresando improperios y amenazas a los compañeros que lo atendieron.
ü  Que paralelamente y sin ponerlo deliberadamente, en conocimiento de los miembros de la Comisión Directiva, el compañero había iniciado una causa legal, solicitando amparo a un juez. Demanda a la que de conocerla, nos hubiéramos sumado, aportando  el peso de la  presencia  institucional y quizás logrando una respuesta más inmediata. Sorprende que luego  de la reiterada propuesta de colectivizar todas las acciones sindicales, a la hora de actuar se optara  por la solución individual.
ü  Que los miembros de la Comisión Directiva, actuaron por tanto sin conocer esta situación y solicitaron honestamente su retorno al servicio, con la única intención de preservar su fuente laboral.
ü  Que como motivo de la permanente reiteración de la situación descripta la Compañía  procedió a  su despido con causa.
ü  Que 48 horas después de acontecida esta medida se hizo efectivo el fallo del juez haciendo lugar al amparo solicitado por Salguero. 
ü Que en todo momento el Sindicato fue asesorado y representado para llevar   adelante los reclamos pertinentes, por el estudio jurídico que les brinda ese tipo de  asistencia.
ü Que como conclusión de todo lo relatado se infiere que si Salguero hubiera accedido a lo que le fuera solicitado insistentemente por sus compañeros, el amparo hubiera llegado mientras cumplía sus funciones y por lo tanto hubiera regresado de inmediato a su toma de servicio habitual.
ü  Que de ser reales las causas a las que atribuye su despido, idéntico tratamiento debieran haber sufrido los otros compañeros que informaron junto con el su candidatura para ser delegados del edificio.
ü  Que asombra que sus asesores no lo hayan instado a iniciar algún  tipo de diálogo en el tiempo transcurrido y que  en su lugar; se opte ahora por esta medida, que a todas luces resulta completamente atemporal, siempre que no persiguiera objetivos diferentes a los manifestados.
Estos son parte de los motivos que provocan que el compañero se haya visto obligado a imprimirle a  su reclamo esta modalidad extrema. Si la soberbia, la descalificación, la mirada obtusa, la acción encubierta, la intolerancia, la traición, la ambición desmedida y el maniqueísmo, no hubieran sido los motivadores de la conducta de Salguero y de sus asesores, lejos estaría de la triste realidad por la que hoy le toca transitar. Deseamos profundamente que todo lo acontecido tenga el final más favorable para el compañero.-
   
[Mayo de 2011]