Mostrando las entradas con la etiqueta Comisión Liquidadora. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta Comisión Liquidadora. Mostrar todas las entradas

miércoles, 8 de junio de 2011

P.P.P.Telecom Argentina : COMUNICADO de la Comision Liquidadora



COMUNICADO DE LA COMISIÓN LIQUIDADORA SOBRE DISTRIBUCIÓN PARCIAL Y ACUERDO CON RETIRADOS.
 
 
 
Distribución parcial de acciones del F.G.R. entre accionistas activos.
 
El día 24/05/2011 se han presentado en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, dos  oficios judiciales comunicando la orden de distribuir entre los accionistas activos, las acciones que se encuentran libres de embargo en el Fondo de Garantía y Recompra.
 
Sin perjuicio de que aún existen cuestiones pendientes de resolución judicial o acuerdo con los accionistas retirados, lo cierto es que se ha ordenado judicialmente distribuir las acciones del Fondo de Garantía y Recompra que se encuentren libres de todo embargo, ydicha resolución ha sido consentida por las partes involucradas, sin objeciones, a fin de que logre concretar su cometido.
 
La orden ya fue notificada al Banco Ciudad de Buenos Aires, quién debe ahora comunicarle a Caja de Valores S.A. para que proceda a efectuar las respectivas transferencias a las cuentas de "Mandatos PPP S.A." y de los "Dres. Bermann / Volper" por un total de 8.407.169 (ocho millones cuatrocientas siete mil ciento sesenta y nueve) acciones.
 
Actualmente el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, está solicitando información adicional sobre los padrones de accionistas activos, a fin de concretar las transferencias.
 
Cabe recordar que para el PPP son accionistas retirados los trabajadores que habiendo participado del Programa de Propiedad Participada, dejaron de ser empleados (por cualquier causa, renuncia, despido, jubilación, fallecimiento, etc.)  de Telecom antes de Mayo de 2000, y por consiguiente debieron revender sus acciones. El resto de los participantes, que mantuvieron su condición de empleados dependientes de Telecom hasta Mayo de 2000, son considerados accionistas activos.
 
 
"Mandatos PPP S.A." y "Dres. Bermann/Volper".
 
En la distribución de estas acciones se ha excluido a los accionistas activos representados por la Dra. Zabala y el Dr. Cichelli en tanto sus liquidaciones han sido ordenada en forma separada conforme a los acuerdos suscriptos con cada uno de ellos, y por ello se han ordenado únicamente dos transferencias:
 
Una de ellas a la cuenta indicada por Mandatos PPP S.A., para que éste proceda a distribuirla entre sus mandantes de conformidad al mandato que cada accionista le haya firmado a de dicha sociedad; y la otra transferencia, a la cuenta indicada por los Dres. Bermann y Volper, quienes representan por un lado a los accionistas que le otorgaron mandato, y por otro lado también representan a todos aquellos accionistas activos que no hayan otorgado poder a ningún otro abogado, puesto que ese es justamente el efecto de la "acción de clase" iniciada por ellos. Los referidos letrados, efectuarán la distribución entre sus poderdantes conforme a los mandatos recibidos, y entre aquellos que representan por efecto de la "acción de clase", lo harán conforme a lo decidido en la Asamblea, que fuera homologado judicialmente.
 
Entendemos que en su oportunidad, cada mandatario deberá comunicar a sus representados mayores detalles sobre la operación, sin perjuicio de lo cual, cabe aclarar lo siguiente:
 
-       La distribución se hará en forma proporcional a la cantidad de acciones que cada accionista tenía registradas en el padrón utilizado por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la liquidación del programa en el mes de Mayo de 2000.
-       Esa proporcionalidad será utilizada para esta distribución parcial, así como la que pudiera existir de dividendos, o las posteriores que se realicen en acciones.
 
 
Acciones clase "C" y su conversión.
 
No obstante todo lo expuesto, debemos aclarar que la transferencia se realiza en acciones clase "C", que no tienen cotización bursátil.
 
La conversión a clase "B" –que son justamente las que cotizan en la bolsa de comercio- ya ha sido decidida y aprobada por la Asamblea de Telecom Argentina S.A., quien ha delegado en el Directorio cumplir los pasos necesarios para completar la misma.
 
Desde los expedientes judiciales donde tramita la distribución, se ha solicitado a Telecom Argentina S.A. que complete la conversión, y ello se encuentra en pleno proceso de ejecución.
 
 
Dividendos.
 
Sin perjuicio de lo explicado hasta aquí, se ha ordenado también una distribución entre los accionistas activos, respecto de los dividendos del período 2010 que ingresaron en el año 2011, en tanto no hayan sido afectados al pago de ninguna deuda.
 
El ingreso de los dividendos permitió que no haya sido necesaria la venta de ninguna acción del F.G.R. para enfrentar las deudas del programa, y en la medida que siga existiendo efectivo, las deudas se abonarán preferentemente de esa manera.
 
Ahora bien, no obstante ello, se ha presentado una propuesta conjunta para conformar un fondo de contingencias que permita abonar todas las deudas del programa, y efectuar una distribución de dividendos entre los accionistas activos. Se ha ordenado ya la transferencia de los importes resultantes a los respectivos mandatarios, como se ha indicado precedentemente, y se seguirá igual solución que para la distribución de acciones.
 
 
Acuerdo con los retirados. Próximos pasos.
 
Si bien el resto de las acciones del F.G.R. aún están afectadas por medidas cautelares (embargos preventivos) ordenados principalmente en expedientes iniciados por los Dres. Pablo Corti, Leonardo Gilleta y mayormente por el Dr. Jorge Guiñazú; que representan a accionistas retirados en diversos juicios iniciados contra el programa, lo cierto es que el días lunes 06 de Junio de 2011 se celebró una audiencia con el Dr. Guiñazú en su carácter de iniciador de la acción de clase de accionistas retirados, caratulada "Arévalo".
 
En dicha oportunidad, se ha suscripto un acta que establece de manera precisa la aceptación de la propuesta conciliatoria por parte del Dr. Jorge Guiñazú en su carácter de iniciador de la acción de clase "Arévalo" donde se encuentran representados la totalidad de los accionistas retirados. Allí se ha previsto el levantamiento de la totalidad de los embargos que mantenía el referido Dr. Guiñazú y su compromiso de instar asimismo el levantamiento del resto de los embargos anotados por otros representantes de retirados, para proceder así finalmente a la distribución del resto de las acciones del F.G.R.
 
Es aventurado prever fechas y plazos, puesto que son muchos los trámites necesarios para cumplimentar lo acordado, mas lo cierto es que una gran parte de la maraña judicial que mantenía embargado el programa se ha ido solucionando con los acuerdos suscriptos y su actual ejecución, lo cual permitió la distribución parcial ya ordenada. Asimismo, con el acuerdo arribado con el Dr. Guiñazú el día 06/06/2011 se comienza a transitar el camino hacia concluir la más importante porción de los conflictos judiciales trámite y sus embargos.
 
Si bien subsisten juicios y embargos sobre las acciones del F.G.R. (principalmente ahora por el Dr. Pablo Corti y el Dr. Leonardo Giletta, entendemos que estos logros resaltan la importancia del camino recorrido, y estamos convencidos que lograremos concretar la distribución de las acciones entre los compañeros accionistas, después de todos estos años     

      
          
Comisión Liquidadora --
Vito Di Leo - Omar N. Pérez - Claudio Omar Mignini - Daniel Sánchez Roberto J. Catalano **Buenos Aires, 06 de Junio de 2011.

domingo, 23 de enero de 2011

P.P.P. Telecòm : Comunicado de la Comisión Liquidadora

Comisión Liquidadora
del Programa de Propiedad Participada de
Telecom Argentina S.A.
Av. Corrientes 2565 P8º Of 1 CP.:1046   -Tel. (011) 49517151 Fax.: (011) 49521971
 

Distribución del Fondo de Garantía y Recompra.


La unificación de criterios de la totalidad de los compañeros activos, plasmada en el documento aprobado en la Asamblea Especial realizada el 25/09/2010, se encuentra homologado judicialmente, y el mismo dispone la forma en que se debe distribuir el Fondo de Garantía y Recompra (F.G.R.), sobre lo cual estamos trabajando de acuerdo al mandato recibido.

La decisión de la Asamblea Especial contiene una propuesta conciliadora dirigida a la totalidad de los accionistas retirados, con o sin juicio pendiente contra el F.G.R., a fin de terminar con los embargos que pesan sobre las acciones.

En ese marco, la Comisión Liquidadora conjuntamente con nuestros abogados patrocinantes, hemos alcanzado diversos acuerdos –algunos ya instrumentados y otros en vías de hacerlo- que permitirán la definitiva distribución de las acciones del F.G.R.

No obstante ello, seguimos encontrando abogados que invocando la representación de algunos retirados y persiguiendo intereses estrictamente personales efectúan presentaciones judiciales improcedentes con el sólo fin de favorecerse injustamente. Esas presentaciones algunas veces nos imponen la obligación de contestar e incluso recurrir judicialmente las resoluciones que se dictan, cuando estas son contrarias a lo resuelto por la Asamblea.

En cualquier caso, y aún cuando ello importe mayores plazos, no vamos a permitir ni consentir ninguna pretensión ni resolución judicial que sea contraria a la voluntad de la Asamblea, puesto que el documento emanado el día 25/09/2010 fue homologado judicialmente y tiene fuerza de sentencia para todas las partes.

Padrones.

Estamos participando en el trabajo de actualización y depuración de los padrones de accionistas activos, y el de retirados que lleva el Banco de la Ciudad de Buenos Aires en su condición de Fiduciario por instrucción del Acuerdo General de Transferencia. Esta tarea resulta fundamental, y si bien está a cargo del Banco hemos puesto a su disposición toda la documentación en nuestro poder, e incluso horas de trabajo en la sede del mismo.

La versión definitiva de estos padrones nos será entregada a la brevedad, y constituye un paso indispensable para que cada accionista con derecho, pueda participar de la distribución en la proporción que le corresponde.

Esperamos entonces que se pueda terminar con las disputas judiciales que sólo favorecen los intereses personales de los abogados que las impulsan, y logremos cristalizar los acuerdos que faltan con los abogados que representan retirados y concluir así la distribución de las acciones que componen el Fondo de Garantía y Recompra.


               Buenos Aires, 18 de Enero de 2011.
 

Comisión Liquidadora
 
Vito Di Leo
Omar N. Pérez
Claudio Omar Mignini
Daniel Sánchez
Roberto J. Catalano




lunes, 29 de noviembre de 2010

P.P.P. Telecom Argentina: Audiencia Judicial Conciliatoria



AUDIENCIA JUDICIAL CONCILIATORIA


En el día de hoy, los compañeros Vito Di Leo y Daniel Sánchez en representación de la Comisión Liquidadora, del Programa de Propiedad Participada, intervinieron en una Audiencia Judicial convocada por el Dr. Tettamanti, en el expediente "Arévalo", sobre acción de clase de los retirados.



Dicha audiencia fue convocada a los fines de intentar una conciliación con el Dr. Guiñazú –que mantiene embargos por varios millones de acciones- con motivo de su pretensión de que lo retirados participen, en la distribución del Fondo de Garantía y Recompra.





Como resultado de las negociaciones y las propuestas conciliatorias debatidas durante la audiencia, se arribó a la firma de un acta-acuerdo que establece la decisión del Dr. Guiñazú de aceptar la propuesta efectuada en autos "Brambilla" que fuera aprobada por la Asamblea.





Aún no estamos en condiciones de afirmar que hemos zanjado todas las diferencias, puesto que resta poner en práctica y ejecución los acuerdos alcanzados, y en dicha oportunidad pueden surgir nuevos debates, incluso judiciales. No obstante ello, el acuerdo refleja indudablemente el interés conciliatorio de todas las partes, y ha quedado expresamente plasmado en el acuerdo suscripto, que fue homologado por el Juez a cargo del expediente.





Lo cierto en cualquier caso, es que vemos el acuerdo alcanzado como un paso positivo en la búsqueda del consenso general tendiente a distribuir el Fondo de Garantía y Recompra, que es la prioridad de quienes integramos esta Comisión.




Buenos Aires, 26 de Noviembre de 2010



Comisión Liquidadora

Vito Di Leo
Omar N. Pérez
Claudio Omar Mignini
Daniel Sánchez
Roberto J. Catalano



lunes, 6 de septiembre de 2010

Pago de acciones a retirados de Telecom Argentina

 

TELECOM ARGENTINA STET FRANCE TELECOM SA

PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA DE ACCIONES CLASE "C"
 
El Banco Ciudad de Buenos Aires por orden judicial en los autos "Arévalo, Pedro Diego y otros c/Fondo de Garantía y Recompra P.P.P. de Telecom Argentina s/División de Condominio" comunica que con fecha 6 de septiembre de 2010 pondrá a disposición la cancelación total y definitiva por la recompra de acciones clase "C" al personal retirado más los intereses, de acuerdo al siguiente cronograma:
 

día

numero de legajos

desde

hasta

06-Set-2010

31/5

50148/6

07-Set-2010

50204/7

78332/4

08-Set-2010

78344/9

97640/7

09-Set-2010

97644/9

121043/4

10-Set-2010

121084/8

137988/2

13-Set-2010

138000/5

147420/4

14-Set-2010

147421/2

154938/5

15-Set-2010

154940/1

160143/4

16-Set-2010

160164/0

167237/7

17-Set-2010

167242/7

811092/6

 

En caso de no presentarse en la fecha indicada, podrán hacerlo en los días que a continuación se detallan: 
 

día

numero de legajos

desde

hasta

20-Sep-2010

31/5

67260/0

 21-Sep-2010

 67274/1

101826/6  

 22-Sep-2010

101868/8 

133227/9  

 23-Sep-2010

 133228/7

157893/9  

 24-Sep-2010

 157903/6

 811092/6

 

 
Se deberán presentar personalmente en Sarmiento 630 Planta Baja, en el horario de 10,00 a 15,00 hs, presentando Documento Nacional de identidad, Libreta de Enrolamiento ó Libreta Cívica.

 

IMPORTANTE:
Aquellos domiciliados fuera de Buenos Aires, podrán instrumentar el cobro mediante CARTA DOCUMENTO dirigida al Banco.

Ver modelo de Carta Documento

Quedan exceptuados del pago en esta oportunidad, por decisión del Interventor Judicial, los casos de embargos judiciales, los casos de cesión del crédito salvo sentencia judicial, los casos de sucesión y los incluidos en el listado brindado por el Interventor.