La
discusión comenzará hoy en comisión y se espera la participación de la CGT y
las dos CTA
La Cámara de Diputados dará inicio
hoy al debate para regular el teletrabajo o home office, una modalidad que la cuarentena impuso forzosamente
con la aparición de los primeros casos de coronavirus. Con el aporte de las
centrales obreras y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni , la intención de
los legisladores es avanzar en una iniciativa acordada con dos ejes
fundamentales : que esta modalidad sea opcional para el empleado y que éste
goce de los mismos derechos laborales de los que ejercen el trabajo presencial.
La discusión arrancará hoy en la Comisión de
Legislación del Trabajo, que preside la diputada y sindicalista Vanesa Siley
(Frente de Todos); en la primera jornada está prevista la participación de los
principales dirigentes de la CGT , de las dos CTA como así también de representantes
de las entidades sindicales del sector informático y de telecomunicaciones.
Mañana, el ministro Moroni,
acompañado por el presidente de la Comisión de Trabajo del Senado, Daniel
Lovera , cerrarán el debate, tras lo cual se firmaría un dictamen. Los más
optimistas confían en llevar la iniciativa al recinto el próximo jueves; sin
embargo, los más cautos prefieren no apurar la discusión porque aún prevalecen
algunas diferencias.
En efecto, si bien el
Gobierno, los sindicatos y los legisladores están de acuerdo en la necesidad de
regular el teletrabajo, lo cierto es que el jueves último la cúpula de la CGT
anticipó sus reparos al borrador de la iniciativa que comenzó a circular en el
Ministerio de Trabajo y los principales despachos oficialistas de la Cámara
baja. Los gremios reclaman que esta
modalidad se discuta por actividad, en cada convenio colectivo y plantearon sus
objeciones a que una ley marco -en este caso, el régimen de contrato de
trabajo- imponga las condiciones generales.
En ese sentido, Sergio Romero
, integrante del consejo directivo de la CGT, apuntó que "es insostenible
avanzar en esta materia sin amplios acuerdos sociales y sindicales".
Por de pronto, la intención
de los legisladores oficialistas y opositores es acordar una iniciativa común.
"Los asesores de los distintos legisladores avanzaron en los últimos días
y hay un alto grado de coincidencias. Este es un tema de larga data, aunque
ahora la coyuntura que impone la pandemia nos da la oportunidad para sancionar
una ley", destacó el diputado Albor Cantard (Juntos por el Cambio) quien,
junto a Siley y Sergio Massa , presidente de la Cámara baja, trabajan en un dictamen consensuado.
Entre los puntos más
importantes del borrador figuran:
Ámbito de aplicación
. Se establece que la ley regirá para aquellas prestaciones que se efectúen en
forma parcial o total en el domicilio del trabajador o en lugares distintos al
establecimiento del empleador y que requieran la utilización de tecnologías de
la información y comunicación. De aprobarse la norma, la negociación colectiva
deberá establecer dentro de un plazo de 180 días el régimen y las condiciones
de teletrabajo en el sector representado. Vencido ese plazo, el Ministerio de
Trabajo dictará las normas complementarias que fueran necesarias.
Principio de igualdad . Los trabajadores gozarán de igualdad de trato y
derechos respecto de aquéllos bajo relación de dependencia que se desempeñen en
forma presencial.
Voluntariedad y reversibilidad . La prestación de tareas bajo la modalidad de
teletrabajo está sujeta a la voluntad del trabajador, que tendrá la opción de
retornar a la modalidad presencial conforme las pautas que se establezcan en la
negociación colectiva.
Principio de indemnidad . Los empleadores deberán proveer el equipamiento
tecnológico y el complementario para el correcto desempeño y el soporte técnico
para garantizar su correcto funcionamiento, así como el acceso a internet sin
costos económicos para el trabajador. Para el caso de no proporcionar dichos
elementos, se deberán compensar los gastos, con resguardo de la indemnidad
patrimonial de los trabajadores.
Protección de datos personales . Se garantizará el derecho a la protección de la
intimidad de los trabajadores que presten tareas bajo la modalidad de
teletrabajo. Los empleadores deberán informar en forma previa al acceso a los
dispositivos informáticos en forma remota, lo que deberá limitarse a aspectos
vinculados con el objeto del contrato o la relación.
Domicilio ámbito protegido . Los controles de los empleadores y las inspecciones
de la autoridad de aplicación que impliquen un acceso al domicilio deberán
contar con autorización previa de los trabajadores.
Desconexión digital
. Se garantizará el pleno derecho a la desconexión digital durante tiempo de
descanso y durante las licencias. No se podrán adoptar conductas o prácticas discriminatorias
ni imponer sanciones por el ejercicio de este derecho.
Régimen de cuidados
. Se deberán contemplar en los Convenios Colectivos de Trabajo normas de
protección de las personas que tengan a su cargo tareas de cuidado en el ámbito
del hogar.
Derechos colectivos .
Quienes se desempeñen en forma total o parcial en régimen de teletrabajo
gozarán de los derechos colectivos y serán considerados, a los fines de la
representación colectiva, como parte del conjunto de trabajadores que se
desempeñan en forma presencial.
Fuente : Laura Serra
/ La Nación