En los recibos se deberá resaltar la deducción
especial es un beneficio del Ejecutivo. Habrá una leyenda obligatoria en todos
los recibos con sueldo bruto de hasta $15.000
El decreto 1242/2013 publicado este
miércoles que fija cambios en el impuesto a las Ganancias para asalariados
ordena que se resalte que la exención del impuesto en sueldos de hasta $15.000 brutos deben figurar como un
"beneficio" otorgado por el Poder Ejecutivo Nacional.
El artículo 3 de
la norma dice: "Los sujetos que tengan a su cargo el pago de la
remuneración y/o liquidación del haber identificarán el beneficio con el
concepto ' Remuneración y/o
Haber no sujeto al Impuesto a las Ganancias - Beneficio Decreto PEN xxxx/2013 '".
Con esta leyenda deberá figurar el monto de dinero que irá al
bolsillo del asalariado en vez de a la
AFIP en concepto de deducción especial para salarios de menos
de $15.000.