MESA DE UNIDAD SINDICAL DE LAS TELECOMUNICACIONES
INFORMA
"BONOS DE PARTICIPACION EN LAS GANANCIAS”
Las organizaciones gremiales que integran la "Mesa de Unidad Sindical de las Telecomunicaciones", se encuentran actualmente realizando gestiones en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, para conseguir la derogación del art.4 del Decreto 395/92, el cual dispone que las empresas Telefónica de Argentina S.A. y Telecom Argentina S.A., no están obligadas a emitir los Bonos de Participación en las Ganancias para el personal.
La norma indicada precedentemente, sigue siendo un obstáculo al derecho reconocido a los trabajadores telefónicos. La misma, impide percibir los Bonos de Participación en las Ganancias, fijando una regulación contraria a la claramente establecida en el Art.29 de la ley 23.696.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación con Fecha 12/08/2008, dicto un fallo en la causa "GENTINI" sumamente trascendente, toda vez que, en dicho pronunciamiento declaro la inconstitucionalidad del art. 4 del decreto 395/92.
No obstante lo expuesto, las empresas telefónicas amparándose en el art. 4 del Decreto 395/92, continúan con su política de no emitir los Bonos en cuestión, perjudicando con su accionar, seriamente el patrimonio de los trabajadores telefónicos.
Por tal razón, ponemos en conocimiento de todos, que las organizaciones sindicales firmantes, se encuentran altamente comprometidas en la defensa de los intereses de los trabajadores telefónicos, razón por la cual, seguirán bregando para que se garanticen los derechos de nuestros representados, para lograr definitivamente, que Telefónica de Argentina S. A. y Telecom Argentina S.A., emitan y paguen los Bonos de Participación en las Ganancias que, conforme a derecho, corresponde.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 02 de marzo de 2011