RESOL-2019-1539-APN-SSS#MSYDS
Ciudad
de Buenos Aires, 24/09/2019
VISTO el
Expediente Nº EX-2019-55565516-APN-SCEFASS#SSS del Registro de esta
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, el Decreto Nº 1400 de fecha 4 de
noviembre de 2001 y la Resolución Nº RESOL-2019-662-APN-SSS#MSYDS de fecha
26 de junio de 2019 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE
SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que
por la Resolución citada en el VISTO se estableció que la OBRA SOCIAL DEL
PERSONAL DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – OSTEL (RNOS
Nº 1-2070-2) se encontraba en
Situación de Crisis, de acuerdo con el procedimiento llevado a cabo por la
Gerencia de Control Económico Financiero, en lo que respecta a la elaboración
del factor de criticidad, conforme los parámetros indicados en el Decreto
Nº 1400/2001.
Que en
consecuencia, se intimó al Agente del Seguro de Salud a presentar un Plan de
Contingencia, en los términos del artículo 20 y Anexo III del mentado Decreto.
Que la
Obra Social presentó su propuesta, la que fuera aprobada por el área técnica
competente, mediante Informe Nº IF-2019-69635370-APN- SCEFASS#SSS;
notificándose a la entidad, de acuerdo a las previsiones legales.
Que la
Gerencia de Control Económico Financiero, facultada por la Resolución
Nº RESOL-2019-662-APN-SSS#MSYDS para efectuar el seguimiento del trámite,
se expidió en los términos del Informe
Nº IF-2019-84468458-APN-SCEFASS#SSS, señalando que del análisis de las
presentaciones efectuadas por OSTEL, en cumplimiento del Plan de Contingencias
acompañado, se concluye que “…se da por revertida la Situación de Crisis en que
se encontraba dicho Agente…”, cumpliendo con lo estipulado en el Punto 6 del
Anexo III del Decreto N° 1400/2001.
Que la
Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la
presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los
Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº 1132 de fecha
13 de diciembre de 2018.
Por
ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO
1º.- TÉNGASE
POR REVERTIDA la Situación de Crisis de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LAS
TELECOMUNICACIONES DE LA REPÜBLICA ARGENTINA (RNOS Nº 1-2070-2), que fuera establecida por Resolución
Nº RESOL-2019-662-APN-SSS#MSYDS; en atención a las circunstancias
expuestas en los CONSIDERANDOS de la presente y con fundamento en el Punto 6
del Anexo III del Decreto N° 1400/2001.
ARTÏCULO
2º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese al Agente del Seguro de Salud,
publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la
Gerencia de Control Económico Financiero y, oportunamente archívese. Sebastián
Nicolás Neuspiller
e.
26/09/2019 N° 72974/19 v. 26/09/2019
Fecha de publicación 26/09/2019