viernes, 27 de septiembre de 2019

OSTEL: vuelta a la normalidad ...





RESOL-2019-1539-APN-SSS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 24/09/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-55565516-APN-SCEFASS#SSS del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, el Decreto Nº 1400 de fecha 4 de noviembre de 2001 y la Resolución Nº RESOL-2019-662-APN-SSS#MSYDS de fecha 26 de junio de 2019 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el VISTO se estableció que la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA – OSTEL (RNOS Nº 1-2070-2) se encontraba en Situación de Crisis, de acuerdo con el procedimiento llevado a cabo por la Gerencia de Control Económico Financiero, en lo que respecta a la elaboración del factor de criticidad, conforme los parámetros indicados en el Decreto Nº 1400/2001.

Que en consecuencia, se intimó al Agente del Seguro de Salud a presentar un Plan de Contingencia, en los términos del artículo 20 y Anexo III del mentado Decreto.

Que la Obra Social presentó su propuesta, la que fuera aprobada por el área técnica competente, mediante Informe Nº IF-2019-69635370-APN- SCEFASS#SSS; notificándose a la entidad, de acuerdo a las previsiones legales.

Que la Gerencia de Control Económico Financiero, facultada por la Resolución Nº RESOL-2019-662-APN-SSS#MSYDS para efectuar el seguimiento del trámite, se expidió en los términos del Informe Nº IF-2019-84468458-APN-SCEFASS#SSS, señalando que del análisis de las presentaciones efectuadas por OSTEL, en cumplimiento del Plan de Contingencias acompañado, se concluye que “…se da por revertida la Situación de Crisis en que se encontraba dicho Agente…”, cumpliendo con lo estipulado en el Punto 6 del Anexo III del Decreto N° 1400/2001.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº 1132 de fecha 13 de diciembre de 2018.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- TÉNGASE POR REVERTIDA la Situación de Crisis de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPÜBLICA ARGENTINA (RNOS Nº 1-2070-2), que fuera establecida por Resolución Nº RESOL-2019-662-APN-SSS#MSYDS; en atención a las circunstancias expuestas en los CONSIDERANDOS de la presente y con fundamento en el Punto 6 del Anexo III del Decreto N° 1400/2001.

ARTÏCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese al Agente del Seguro de Salud, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la Gerencia de Control Económico Financiero y, oportunamente archívese. Sebastián Nicolás Neuspiller

e. 26/09/2019 N° 72974/19 v. 26/09/2019   Fecha de publicación 26/09/2019


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