Nos hemos enterado mediante un comunicado de la Mesa de Unidad Sindical (MUS) que conforman las 4 federaciones que representan a los trabajadores telefonicos, el rechazo de la contrapropuesta empresaria al requerimiento conjunto de los gremios, quienes solicitaron un reajuste salarial a partir de 1 de julio del 30 %.
No sabemos cual fue la postura empresaria, sin embargo no extrañaría que la misma este en consonancia con los guarismos inflacionarios que publica el INDEC.
Esto quiere decir que las tratativas seguirán su curso habitual, no obstante lo cual es necesario resaltar una cuestion que no debería soslayarse en estas negociaciones paritarias: Nos referimos a los Bonos de Participación en las Ganancias. Como sabemos, mediante un fallo del 2008, la Corte Suprema habilitó el pago del bono al declarar inconstitucional el decreto 395/1992
Con relación a este tema recordamos que el Diputado Recalde del FPV habia elaborado un anteproyecto en el 2011, a los efectos de establecer su periódica obligatoriedad a las empresas para la distribución de las ganancias con sus trabajadores.
Recordamos algunas de sus manifestaciones al respecto:
En diálogo con Télam, el legislador oficialista [RECALDE] y asesor legal de la Confederación General del Trabajo (CGT) dijo que la iniciativa se está "negociando con los legisladores de la oposición" y adelantó que la postura "es amplia en cuanto lo único que no se va a negociar es la participación, pero el cómo y los porcentajes están abiertos a discusión".
Ese proyecto nonato fue un muy significativo intento de avanzar en esa tan justa reivindicación, pero acato la sugerencia de La presidenta Cristina Fernández de Kirchner quien aseguró estar "muy de acuerdo" con la participación de los trabajadores en las ganancias empresarias, aunque señaló que "se debe decidir entre empresarios y trabajadores", ya que "no la puede imponer el Estado por la fuerza a través del Parlamento".
Por ello estimamos conveniente sugerir a los compañeros paritarios la pronta implementación de una participación de los trabajadores en las ganancias empresarias, a los efectos de concretar el requerimiento mencionado