viernes, 14 de agosto de 2015

Bonos de Participación : La Justicia OBLIGA a Telefónica a PAGAR millonario FALLO adverso






Tras muchas idas y vueltas en la Justicia, el Juzgado Civil Nº 62 de la Capital Federal, a cargo de la doctora Mirta Lucía Alchini, obligó a la empresa Telefónica a pagar a un empleado una millonaria suma por los bonos de participación en las ganancias atrasados.

Este fallo, sentaría jurisprudencia y beneficiaría a cientos de trabajadores, impone a la compañía a pagarle a Adrián Mario Buonocore la suma de $ 2.875.408,40.- a lo cual ahora cientos de empleados de la firma solicitarían a la Justicia el mismo trato.

Tal como ha venido sosteniendo Hoy en reiteradas ocasiones, estos fallos tienen a maltraer a la empresa española, e incluso desde el Sindicato de los Trabajadores de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación (CEPETel), el delegado Pedro Filipuzzi destacó que “este fallo es una más de otros que vendrán en el futuro”.

Desde el gremio estipulan que a partir de ahora los trabajadores cobrarán los bonos de participación en las ganancias sin hacer juicio y cada año cobrarán un monto mínimo de 4 sueldos en dicho concepto. El cálculo de los 4 sueldos anuales por bonos más los $700.000 son la base utilizada por los empleados para saber cuánto tendrían que cobrar por la participación en las ganancias.

Fuente: http://diariohoy.net/politica/la-justicia-obliga-a-telefonica-a-pagar-millonario-fallo-adverso-55663

jueves, 13 de agosto de 2015

TEXTO del PROYECTO de Ley : Bonos de Participación en las Ganancias (Expte. 4319-D-2015)




Expte. 4319-D-2015



Proyecto de Ley.



El Senado y la H. Cámara de Diputados de la Nación sancionan con fuerza de ley,



Artículo 1.- Las empresas prestatarias del Servicio Nacional de Telecomunicaciones que resultaron adjudicatarias en la privatización de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTel), y sus empresas vinculadas o controladas afectadas a la prestación del servicio de telefonía, sea fija o móvil, están obligadas a emitir los bonos de participación en las ganancias a que hace referencia el art. 29 de la ley 23.696.

Se encuentran también obligadas a emitir bonos de participación en las ganancias las empresas que sean prestadoras del servicio de telefonía, sea fija o móvil, que hubieran sido autorizadas a la prestación de dicho servicio con posterioridad a la privatización de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTel).


Artículo 2. – Los trabajadores dependientes de las empresas encuadradas en el artículo precedente tienen derecho al bono de participación en las ganancias por la sola existencia de la relación laboral con la empresa obligada durante el año al que correspondan las ganancias a distribuir, sin distinción de jerarquías, categorías, fecha de ingreso, ni ninguna otra característica personal o laboral más que la vigencia de la relación dependiente.

En las relaciones laborales que no hubieran tenido vigencia durante todo el año al que correspondan las ganancias a distribuir, los trabajadores tendrán derecho al cobro el bono en forma proporcional al período trabajado.


Artículo 3.- El porcentaje de las ganancias a distribuir o bien la fijación del monto de la ganancia a distribuir, así como las condiciones de su cálculo para cada trabajador y la forma pago, serán establecidos por medio de la negociación colectiva a llevarse adelante con la asociación sindical con personería gremial correspondiente.

Si transcurrido un año desde la entrada en vigencia de la presente ley las partes no hubieran acordado colectivamente los contenidos mencionados en el párrafo precedente, los mismos serán establecidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social mediante resolución que será de cumplimiento obligatorio hasta tanto entre en vigencia un futuro acuerdo colectivo que los establezca.


Artículo 4.- Las sumas que los trabajadores perciban como consecuencia de esta ley estarán exentas del pago del impuesto a las ganancias.


Artículo 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.





Autor: Hector Recalde

Cofirmantes: Maria T. Garcia, Mayra Mendoza, Oscar Martinez, Carlos Gdansky, Mario Oporto, Hector Daer, Carlos Kunkel, Jorge Rivas, Edgardo Depetri, Juan Cabandie, Alicia Ciciliani, Oscar Romero, Andres Larroque, Horacio Pietragalla.







Fundamentos.


Sr. Presidente:



Es obligación del Estado promover el principio de igualdad ante la ley que establece el art. 16 de la Constitución Nacional, especialmente en el ámbito del trabajo por el juego de los arts. 14 bis de la Constitución Nacional y el art. 81 de la LCT. En este marco la función legislativa resulta de vital importancia a fin de que los derechos que reconocen las leyes sean de efectivo goce para la totalidad de los trabajadores en igualdad de condiciones.


Consecuentemente con ello, se debe garantizar que los bonos de participación a las ganancias a que hace referencia el art. 29 de la ley 23.696 alcance a todos los trabajadores por la sola comprobación de la relación de dependencia, y evitar que se pueda excluir a un universo de trabajadores fundado únicamente en la fecha de ingreso o cualquier otro mecanismo exclusivo. Del mismo modo, se busca evitar así que únicamente puedan acceder a este beneficio quienes pueden litigar en la justicia y conseguir un fallo favorable, en tanto los distintos resultados que pueden obtener los trabajadores, se traducen nuevamente en una alteración al principio de igualdad previsto en art. 81 de la LCT.


Los trabajadores constituyen un colectivo de sujetos que merece una especial protección en el derecho, y por lo tanto frente al reconocimiento expreso del derecho al bono de participación en las ganancias, previsto en el art. 14 bis de la Constitución Nacional, y en el art. 29 de la ley 23.696 –en el caso de este proyecto, para los trabajadores telefónicos- resulta necesario el dictado de una norma que garantice el acceso a este bono en condiciones irrestrictas y de igualdad para todos los trabajadores, sin que pueda excluirse a un grupo de ellos por vía de interpretaciones ajenas al espíritu de la ley y de la Constitución Nacional.


La Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos ““Gentini, Jorge Mario y otros c/ Estado Nacional- Ministerio de Trabajo y Seguridad s/ part. accionariado obrero” consideró que “la sola circunstancia de que […] la obligación de emitir los bonos surgiera expresamente de la ley, imponía la adopción de las medidas conducentes para su cumplimiento por lo que no cabe invocar como excusa la falta de mención al respecto en la reglamentación o la necesidad  de una ulterior adecuación estatuaria.” Del mismo modo, “el propósito tenido en cuenta por el legislador al dictar la ley 23.696 de tornar operativo en el ámbito del personal de las empresas privatizadas el derecho de los empleados a la participación en sus ganancias, ha quedado frustrado a raíz de una reglamentación que colisiona con la letra de la normativa y que resulta adversa al espíritu que la inspiró.” Consecuentemente con ello, se impone una acción positiva del Poder Legislativo tendiente a terminar con la colisión a que hace referencia la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y por la cual el Estado fue también condenado en dichos autos. A ello se dirige la acción positiva adoptada en el presente proyecto de ley.


Teniendo en vista esta finalidad, tenemos el agrado de dirigirnos a este honorable cuerpo para someter a su consideración este proyecto de ley, que tiene por finalidad que en la instrumentación de los bonos de participación en las ganancias para los trabajadores telefónicos, se cumplan las instrucciones de igualdad previstas en el art. 16 de la Constitución Nacional y art. 81 de la Ley de Contrato de Trabajo, asegurándose la universalidad del acceso a esta distribución de la ganancia empresaria, entre todos los trabajadores por la mera comprobación de la relación de dependencia.


La explicación clásica para justificar la participación de los trabajadores en las ganancias de las empresas es la justicia conmutativa, es decir que el fruto de la actividad económica se obtiene con el aporte del capital y del trabajo; por lo cual debe repartirse equitativamente el excedente de esa actividad combinada. Esa clásica forma de la justicia es superada por el concepto más moderno de “justicia social”. La C.S.J.N. en el caso “Berçaitz, Miguel Ángel”, 13/9/1974, explica que “una ‘Constitución rígida’, como la nuestra, debe ser interpretada “a la luz de las condiciones del presente y con la mira puesta en los problemas del presente’.” Se apoyó en el objetivo preeminente de la Constitución que se expresa en su preámbulo, como es lograr el bienestar general y “la justicia en su más alta expresión, esto es, la justicia social, cuyo contenido actual consiste en ordenar la actividad intersubjetiva de los miembros de la comunidad y los recursos con que ésta cuenta con vistas a lograr que todos y cada uno de sus miembros participen de los bienes materiales y espirituales de la civilización". Por ello, no puede prescindirse de la orientación de la máxima “in dubio pro iustitia sociales” dado su carácter de guía de cualquier norma vinculada con los derechos y garantías laborales y sociales establecidos constitucionalmente.” De ese modo, en las condiciones del presente, se impone la participación de todos los trabajadores, en tanto son todos los que participan en la creación de la ganancia a distribuir.


Asimismo, sin perjuicio de los sujetos comprendidos en la obligación prevista en el art. 29 de la Ley 23.696, a fin de garantizar la igualdad de trato tanto entre empresas de la misma actividad como de los trabajadores dependientes de todas ellas, se extiende a todas las empresas prestadoras del servicio de telefonía, sea fija o móvil, la obligación de emitir los bonos de participación en las ganancias; así como a todos los trabajadores el derecho al cobro de los mismos.


Por otra parte, atendiendo a las distintas soluciones dictadas en los muchos fallos judiciales dictados sobre el quantum al que podrían tener derecho los trabajadores, luce razonable establecer por ley que las estipulaciones sobre los porcentajes de la ganancias a distribuir, o bien la fijación de los valores a distribuir, surjan como resultado de la negociación colectiva, que es el mejor vehículo para asegurar la participación de los trabajadores en la búsqueda de los consensos necesarios para lograrlo.


Asimismo, a fin de que la falta de acuerdo colectivo no frustre el derecho que en la presente se reconoce, se prevé expresamente que si transcurrido un año desde la entrada en vigencia de la presente ley las partes no hubieran acordado colectivamente al respecto, las estipulaciones atinentes a las ganancias a distribuir y los parámetros para su distribución entre los trabajadores serán establecidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y que su resolución tendrá vigencia hasta tanto entre en vigencia un futuro acuerdo colectivo que los establezca.

El presente proyecto hace plenamente operativo para los trabajadores telefónicos el derecho a la participación en las ganancias que reconoce el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.


Además, siendo que las ganancias a distribuir se consideran “después de impuestos”, a efectos de evitar una doble tributación se dispone que las sumas que los trabajadores perciben como consecuencia de esta ley estarán exentas del pago del impuesto a las ganancias. 


Por las razones expuestas en estos fundamentos, y en la convicción  de que este proyecto contribuye a la efectividad de un derecho de los trabajadores telefónicos, solicitamos el acompañamiento de las Sras. Diputadas y Sres. Diputados para que su sanción como ley.




Para participar en las ganancias





La iniciativa propone que las prestatarias del Servicio Nacional de Telecomunicaciones emitan bonos para que el personal participe en los dividendos. Este derecho fue establecido por la Ley de Reforma del Estado, pero Menem eximió a Telecom y Telefónica.

Los trabajadores telefónicos de todo el país se movilizaron ayer de forma masiva hacia el Congreso Nacional para respaldar el proyecto de ley del diputado Héctor Recalde que propone que las empresas de la actividad estén obligadas a emitir bonos de participación en las ganancias en beneficio del personal. La iniciativa elaborada por el titular de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara baja determina que la norma alcanzará a “las empresas prestatarias del Servicio Nacional de Telecomunicaciones que fueron adjudicatarias en la privatización de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTel) y sus firmas vinculadas o controladas afectadas a la telefonía fija o móvil”.

“Están también obligadas a emitir bonos de participación en las ganancias las empresas prestadoras del servicio de telefonía fija o móvil que hubieran sido autorizadas a su prestación con posterioridad a la privatización de la ENTel”, sostiene el proyecto.

El texto precisa que “los trabajadores de las empresas tienen derecho al bono de participación en las ganancias por la sola existencia de la relación con la compañía obligada durante el año al que correspondan las ganancias a distribuir, sin distinción de jerarquías, categorías, fecha de ingreso u otra característica personal o laboral más que la vigencia de su dependencia”. 

También prevé que “las sumas que los trabajadores perciban como consecuencia de la ley estarán exentas del pago del Impuesto a las Ganancias” y explica en los fundamentos que el proyecto procura que se cumplan las instrucciones de igualdad previstas en la Constitución Nacional y en la Ley de Contrato de Trabajo. “Debe asegurarse la universalidad del acceso a esa distribución de la ganancia empresaria entre todos los trabajadores por la mera comprobación de la relación de dependencia”, puntualiza.

Los telefónicos de todos los gremios de la actividad se concentraron ayer al mediodía en 9 de Julio y Avenida de Mayo y marcharon al son de bombos y arrojando pirotecnia hacia el Congreso para respaldar la iniciativa.

Desde un palco hablaron los secretarios general y adjunto de la Federación de Obreros y Empleados Telefónicos (Foetra Buenos Aires), Osvaldo Iadarola y Claudio Marín; Daniel Rodríguez (Foeesitra); otros dirigentes del sector y los diputados nacionales Recalde, Carlos Kunkel, Jorge Rivas, Mario Oporto, Edgardo Depetri, Oscar Romero, Héctor Daer (sindicalista de la Sanidad), Carlos Gdansky (metalúrgicos) y Oscar Martínez. Además de los senadores María Higonet y Pablo González. 

La organización empapeló la ciudad con cuatro afiches color convocando a la marcha y en un comunicado afirmó que junto con las Federaciones nacionales que integran la Mesa de Unidad Sindical (Fatel, Foeesitra, Fopstta y Upjet) se movilizó en apoyo de la presentación del proyecto. “El derecho de los trabajadores telefónicos a percibir bonos de participación en las ganancias fue estipulado por la ley 23.696 de Reforma del Estado. Pero el gobierno de Carlos Menem eximió de su emisión a las empresas Telecom y Telefónica por el decreto 395/92, declarado inconstitucional por la Corte Suprema”, puntualizó.

La Foetra subrayó que “las empresas aludieron la prescripción del reclamo, argucia denegada por la misma Corte en 2013, aunque las acciones judiciales iniciadas por las organizaciones sindicales y los trabajadores sufren reveses para el cobro: son favorables para los ex ENTel pero no fijan un monto unificado, y desfavorables para quienes ingresaron después de la privatización”. “Por ello es indispensable la sanción de una ley que contemple a todos los trabajadores de las empresas de origen de la privatización –Telecom, Telefónica– y a las continuadoras, como las móviles Personal, Movistar, Nextel y Claro”.

     

lunes, 10 de agosto de 2015

Bonos de Participacion : A siete años de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia




MOVILIZACION PROXIMO MIERCOLES 12 DE AGOSTO AL CONGRESO NACIONAL 

 

A siete años de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, en autos "Gentini", la Mesa de Unidad Sindical de las Telecomunicaciones, que agrupa a los sindicatos y federaciones de todo el país convoca una movilización al Congreso Nacional que partirá de Avda. de Mayo y 9 de Julio a las 13hs. por la participación en las ganancias comprometidas por las empresas telefónicas al ganar la licitación por la ex-Entel.

El 12 de agosto de 2008 la Corte, declaró la inconstitucionalidad del decreto 395/92 y afirmó que las empresas Telefónica de Argentina S.A. y Telecom S.A., debían abonar la participación en las ganancias a su personal desde la privatización y que ninguna duda cabía al respecto, a pesar de la existencia de dicho decreto declarado ilegal.
Las empresas telefónicas abusan de la Justicia Argentina y se empeñan en no cumplir la palabra comprometida con nuestro país, dilatando el efectivo cumplimiento de lo adeudado.

Esta movilización convocada por la Mesa de Unidad Sindical es una muestra clara de los valores asumidos y respetados por nuestra Nación por el cual los contratos deben ser honrados.

Asistirán delegaciones del  interior del país.
Adhieren también la Agrupación Clasista Naranja Telefónica, impulsora del proyecto de ley nº 9828-D-2014 que fuera presentado por el diputado Nestor Pitrola y que lleva la firma de los diputados Facundo Moyano,  Fabián D. Rogel, Graciela Villata, Nicolás Del Caño, Alcira Argumedo, Victoria Donda, María Virginia Linares, Claudio Lozano, Mario Negri, Antonio Riestra y Miriam Bregman, Adhieren también Jubilados de la Ciudad de La Paz.

Quedan todos invitados. Cordialmente, LILIANA ZABALA.


G.1326 .XXXIX. Autos Gentini Jorge Mario y  otros

Decreto 395/92

jueves, 6 de agosto de 2015

Graham Bell: El hombre que NO inventó el teléfono






G.B. Contribuyó al desarrollo de las telecomunicaciones y a la tecnología de la aviación. Sus investigaciones le llevaron a intentar conseguir la patente del teléfono en América, obteniéndola en 1876, aunque el aparato ya había sido desarrollado anteriormente por el italiano Antonio Meucci, no siendo éste reconocido como su inventor hasta el 11 de junio de 2002.

Estudió en la Royal High School de Edimburgo, y asistió a algunas clases en la Universidad de Edimburgo y el University College londinense, pero su formación fue básicamente autodidacta.
En 1864 ocupó la plaza de residente en la Weston House Academy de Elgin, donde desarrolló sus primeros estudios sobre sonido; en 1868 trabajó como asistente de su padre en Londres, ocupando su puesto tras la marcha de éste a América. La repentina muerte de su hermano mayor a causa de la tuberculosis, enfermedad que también había terminado con la vida de su hermano menor, repercutió negativamente tanto en la salud como en el estado de ánimo de Bell.

En estas circunstancias, en 1870 se trasladó a una localidad cercana a Brantford (Canadá) junto al resto de su familia, donde pronto su estado comenzó a mejorar. Un año después se instaló en Boston, donde orientó su actividad a dar a conocer el sistema de aprendizaje para sordos ideado por su padre, recogido en la obra Visible Speech (1866). Los espectaculares resultados de su trabajo pronto le granjearon una bien merecida reputación, recibiendo ofertas para dar diversas conferencias, y en 1873 fue nombrado profesor de fisiología vocal en la Universidad de Boston.

En esta época, con la entusiasta colaboración del joven mecánico Thomas Watson y el patrocinio de los padres de George Sanders y Mabel Hubbard (con quien se acabaría casando el año 1877), dos estudiantes sordos que habían recibido clases de Bell, diseñó un aparato para interconvertir el sonido en impulsos eléctricos. El invento, denominado teléfono, fue inscrito en el registro de patentes estadounidense en 1876.

Muchos otros inventos ocuparon gran parte de la vida de Bell, entre ellos, la construcción del hidroala y los estudios de aeronáutica. En 1888, Alexander Graham Bell fue uno de los fundadores de la National Geographic Society y el 7 de enero de 1898, asumió la presidencia de dicha institución.
En 1880, recibió el premio Volta. El dinero obtenido con este premio lo invirtió en el desarrollo de un nuevo proyecto, el grafófono, en colaboración con Charles Sumner Tainter, uno de los primeros sistemas de grabación de sonidos conocido. Tras su muerte, acaecida en 1922, dejó como herencia dieciocho patentes a su nombre y doce más con sus colaboradores.

Sin embargo, Graham Bell no inventó el telefóno. En 1860 el inventor italiano Antonio Meucci (Florencia, 13 de abril de 1808 – Nueva York, 18 de octubre de 1889)   saca a la luz su invento, el “teletrófono”. En una demostración pública, la voz de un cantante se trasmitió a una considerable distancia. La prensa italiana de Nueva York publica una descripción del invento y un tal Sr. Bendelari se lleva a Italia un prototipo y documentación para producirlo allí, pero no se vuelve a saber de él, como tampoco se materializa ninguna de las ofertas que surgen tras la demostración. Consciente de que alguien puede robarle la patente, pero incapaz de reunir los 250$ que cuesta la patente definitiva, tiene que conformarse con un trámite preliminar de presentación de documentación que registra el 28 de diciembre de 1871 y que puede permitirse renovar sólo en 1872 y 1873.

En cuanto tiene el acuse de recibo de Patentes, vuelve a empeñarse en demostrar el potencial de su invento. Para ello, ofrece una demostración del telégrafo parlante a un empresario llamado Edward B. Grant, vicepresidente de una filial de la Western Unión Telegraph Company. Cada vez que Meucci trataba de avanzar, se le decía que no había hueco para su demostración, así que a los dos años, Meucci pidió que le devolvieran su material, a lo que le contestaron que se había perdido.

En 1876, Alexander Graham Bell registró una patente que realmente no describe el teléfono pero lo refiere como tal. Cuando Meucci se enteró, pidió a su abogado que reclamara ante la oficina de patentes de los Estados Unidos en Washington, algo que nunca sucedió. Sin embargo, un amigo que tenía contactos en Washington, se enteró de que toda la documentación referente al telégrafo parlante registrada por Meucci se había perdido. Una investigación posterior puso en evidencia un delito de prevaricación por parte de algunos empleados de la oficina de patentes con la compañía de Bell. En un litigio posterior entre Bell y Western Unión, afloró que existía un acuerdo por el cual Bell pagaría a la Western Union un 20% de los beneficios derivados de la comercialización de su invento durante 17 años.

En el proceso legal de 1886, Meucci tuvo que lidiar, incluso contra sus propios abogados, presionados por el poderoso Bell, pero Meucci supo hacer entender al juez que no cabía duda en cuanto a la autoría del invento registrado. A pesar de la declaración pública del entonces Secretario de Estado: “existen suficientes pruebas para dar prioridad a Meucci en la invención del teléfono”. A pesar de que el gobierno de Estados Unidos inició acciones legales por fraude contra la patente de Bell, el proceso embarrancó en el arenal de los recursos por los abogados de Bell, hasta cerrarse a la muerte de Meucci en 1889.

Meucci falleció pobre y amargado y jamás vio la gloria y el reconocimiento de su talento, el cual chocó con su escaso conocimiento del inglés y su poca desenvoltura ante las artimañas legales y los ingentes intereses económicos de las grandes corporaciones de Estados Unidos.


El 11 de junio de 2002, el Boletín Oficial de la Cámara de Representantes de los EE.UU. publica la Resolución Nº269 por la que se honra la vida y el trabajo de inventor italoamericano. En la misma se reconoce que fue más bien Meucci antes que Graham Bell quien puede haber sido el inventor del teléfono. Reconoce además que demostró y publicó su invento en 1860 y concluye con un reconocimiento a su autoría en dicha invención.

https://ahombrosdegigantescienciaytecnologia.wordpress.com/2015/08/02/el-hombre-que-no-invento-el-telefono-graham-bell/

lunes, 3 de agosto de 2015

RADIOAFICIONADOS: la primera red social que aún sobrevive a Internet y los celulares






Un hobby que no pierde vigencia. En Argentina todavía hay 16 mil radioaficionados que tienen la licencia al día. Como si fuera Facebook y Twitter, se conectan con gente de todo el mundo. Son clave para asistir en tragedias y desastres naturales.

El término "redes sociales" se usa casi exclusivamente para definir los nuevos vínculos que surgieron con Internet, como Facebook, Twitter y las mil variantes que se ponen de moda. Son la "nueva gran cosa" del mundo moderno. Pero hay redes sociales que llevan un largo camino promoviendo vínculos entre personas de todo el mundo. Los radioaficionados son una de estas redes sociales que perduran en el tiempo, una suerte de club entre fanáticos de la radiofonía, un hobby particular, lleno de historias emotivas y de rituales propios. En Argentina, hay más de 16 mil radioaficionados con la licencia al día y 135 radioclubes en todo el país. Es una actividad que los acompaña durante buena parte del día –sí, como si fuera Facebook– pero que también tiene un perfil solidario. En las inundaciones de La Plata y de Santa Fe, por ejemplo, cuando no había comunicaciones, los radioaficionados estaban ahí para dar ayuda y asistir a las autoridades en la coordinación de los operativos de rescate.

Para este mundo con reglas propias, ser radioaficionado supone una carta de presentación, un valor agregado que implica camaradería, solidaridad y hospitalidad. En una tarde en el Radio Club Argentino, las historias de encuentros con otros radioaficionados se multiplican por cada socio. Este es el objetivo primario de la actividad. Navegar por el dial en busca de una respuesta, empezar a hablar e intercambiar información. Tan sencillo como eso. Una suerte de paradoja, porque es una actividad solitaria que busca un contacto del otro lado. Y el certificado oficial de cada vínculo que hace un radioaficionado es una "tarjeta QSL", una especie de tarjeta postal que se intercambia con cada uno de los radioaficionados que se hizo vínculo.
Es una actividad regulada por el Estado. Para tener la licencia hay que hacer un curso y hay diferentes categorías (inicial, novicio, intermedio, general y superior). El curso inicial requiere unos tres meses y, entre otras destrezas, los aspirantes deben aprender telegrafía.


Pero también se aprenden reglas no escritas. Por ejemplo, que en las comunicaciones hay tres temas que no se pueden tocar: "no se puede hablar de política, de religión y no se pueden hacer comunicaciones para sacar un provecho económico", explica Lucas Maiorov (ver Testimonio).


"Es un hobby caro. Bueno, todos los hobbies son caros, implican un gasto", dice Carlos Linares (58), radioaficionado desde los 15 y socio del Radio Club Argentino. Un equipo usado básico, como para empezar a transmitir puede costar entre 3 y 5 mil pesos. Hay otros más evolucionados, nuevos, por 1.500 dólares. Pero también muchos de los clubes tienen equipos que se pueden prestar a los aficionados para que den sus primeros pasos. En general siempre fue una actividad más de hombres, pero en los últimos tiempos se han sumado muchas mujeres. De todas maneras, hay cierto declive. En 2008 había más de 23 mil radioaficionados.
"La actividad siempre sigue vigente. Ha disminuido porque había mucha gente que era radioaficionada por necesidad, porque no tenía otro método para comunicarse", dice Gonzalo Fernández, del Buenos Aires Radio Club. "Inicialmente es un hobby como cualquier otro. Lo haces sin poder explicarlo. Después te vas dando cuenta que es mucho más que eso", dice Fernández. Es uno de los organizadores del HamFest, una feria en donde se presentan equipos, innovaciones, encuentros con otros clubes. Un lugar en donde muchas voces y muchos vínculos se vuelven reales.
"Esto es para curiosos, inquietos. Te permite hacer amigos, conocer lugares, geografía. Hay islas muy pequeñas, desconocidas para la mayoría de la gente, pero estoy seguro que todos los radioaficionados sabemos en donde están, porque seguro que algún 'loco' amigo nuestro llevó equipos para transmitir", dice Fernando, otro de los socios.


Como cada viernes, hay actividad en la sede del Radio Club Argentino. Los socios van llegando. Algunos hablan de equipos, otros organizan las tarjetas que llegaron desde todas partes del mundo. Uno de los socios sube a un altillo, en donde está una de las transmisoras, y difunde un boletín con los datos y las actividades del club. Afuera, miles de otros aficionados escuchan. Una red social que sigue vigente.


http://www.lasintesis.com.ar/nota-radioaficionados-la-primera-red-social-que-aun-sobrevive-a-internet-y-los-celulares-72805.html

viernes, 31 de julio de 2015

La pólvora venció a la política


Rupturas. “La lealtad” es un libro que relata los años de la Resistencia y las fracturas que se dieron en el peronismo cuando Montoneros asesina a Rucci y pasa a la clandestinidad.

Las voces de unos cincuenta ex-guerrilleros y militantes de los 70 estructuran la investigación periodística La Lealtad. Los Montoneros que se quedaron con Perón de Aldo Duzdevich, Norberto Raffoul y Rodolfo Beltramini. “El eje fundamental es el cuestionamiento crítico a los paradigmas establecidos sobre los 70”, explica Duzdevich. El libro arranca con la caída de Perón en 1955 y explora la Resistencia Peronista. “La lucha por el retorno de Perón no empezó en 1970 con la muerte de Aramburu: ya había 15 largos años de lucha de diversos actores del peronismo, por el retorno de su líder”, agrega el autor.
– ¿Qué significó el asesinato de Rucci para la historia del peronismo?
–A dos días de la elección que Perón gana con el 62%, cuando la inmensa mayoría del pueblo creía que saldríamos de la espiral de violencia y se encauzaría la democracia, Montoneros “ejecuta” a Rucci para forzar a Perón a negociar espacios de poder. Contra lo que se pregona, Perón no reacciona con violencia contra Montoneros, sino que mantiene una política de persuasión y de intentar integrarlos hasta el día de su muerte.
– ¿Qué implicaba la lealtad en los años 70?
–El asesinato de Rucci, la progresiva militarización y la política de enfrentamiento con Perón, llevó a una importante cantidad de cuadros montoneros y de militantes de JP a romper con la conducción de Firmenich. Esa fractura se identificó como “la lealtad”. Pero no se pudo estructurar como alternativa real; la muerte de Perón y la progresiva polarización los dejó sin espacio. Fue el intento de priorizar la política por encima de la pólvora. Ganaron los de la pólvora de un lado y el otro.
– ¿Perón creó o no la Triple A?
–No. Esa es una teoría muy difundida por los mismos que en el año 1945 endilgaron a Perón el mote de nazifascista y se unieron bajo el paraguas del embajador Spruille Braden.

La Lealtad. Los Montoneros que se quedaron con Perón

Aldo Duzdevich; Norberto Raffoul, Rodolfo Beltramini
Editorial Sudamericana.  260 págs.

miércoles, 29 de julio de 2015

La TRATA de personas mueve al año 35.000 millones de euros


Lo afirma un informe del Servicio Jesuita a Migrantes. La cifra se acerca cada vez más al de drogas y armas.
La trata de seres humanos y el tráfico de migrantes mueven al año hasta 35.000 millones de euros, “casi tanto dinero como el comercio de drogas y armas”, según revela el último informe del Servicio Jesuita a Migrantes (SJM) “La trata de seres humanos. El negocio del comercio con personas”, publicado con motivo del Día Mundial contra la Trata, que se celebra el 30 de julio. El estudio, escrito por la investigadora de la Universidad Pontificia de Comillas María José Castaño Reyero, subraya que, solo el comercio de personas mueve entre 6.000 y 9.000 millones de euros y si se suman los beneficios obtenidos del tráfico de migrantes, la cantidad asciende, según la INTERPOL a 39.000 millones de dólares (más de 35.000 millones de euros) al año, “cada vez más cerca del tráfico de drogas y el de armas”.
Según indica el informe citando datos de la ONU, combinando el tráfico a larga distancia con el contrabando transfronterizo, emerge un panorama global de “comercio de seres humanos” que afecta al menos a 4 millones de personas cada año. Aunque la forma de trata detectada con más frecuencia es la explotación sexual (un 79%), existen otras dos formas de explotación de personas: la que tiene como fin la explotación laboral y la trata para el tráfico de órganos.
La autora del documento también diferencia entre esclavitud y trata y explica que una de las peculiaridades de la trata es la ausencia de un hecho violento en el momento de reclutamiento, puesto que suele realizarse con el engaño de obtener un empleo. Además, revela que las mujeres y los niños son las principales víctimas de la trata de personas y apunta datos de la Organización Internacional de las Migraciones que cifran en 500.000 el número de mujeres que entran todos los años en Europa Occidental para ser explotadas sexualmente. Los encargados de reclutarlas, según señala el informe, pueden llegar a cobrar hasta 450 euros por cada mujer. Mientras, ellas aceptan porque piensan que van a ir a trabajar como modelos, secretarias o dependientas en un país rico.
El documento cita algunas de las numerosas rutas de esclavitud sexual como la que va de Myanmar, China, y Camboya hasta Tailandia; la que va de Rusia a los Emiratos del Golfo; la que recorre desde Filipinas y Colombia a Japón; o la que se mueve desde Brasil, Paraguay, Colombia y Nigeria hacia España. Asimismo, apunta que, desde la desaparición del Cortina de Hierro, decenas de miles de mujeres y niñas han sido trasladadas desde Rusia, Ucrania, Moldavia y Rumanía para ser explotadas en las ciudades de Europa Occidental y Japón.
En cuanto a los menores, el estudio cita a UNICEF para indicar que hasta dos millones de niños están sujetos a la prostitución en el comercio sexual alrededor del mundo. Además, avisa de que la trata de menores presenta otras manifestaciones: la adopción ilegal de niños extranjeros; el tráfico de órganos; el secuestro de menores para ser utilizados en los conflictos armados o el ejercicio de la mendicidad.

Fuente: La Vanguardia

lunes, 27 de julio de 2015

La CLASE MEDIA ya lleva tres años de RETROCESO



Inflación y recesión explican la caída, que desmiente afirmaciones de la Presidenta

Las últimas semanas, la Presidenta dijo más de una vez que la Argentina era "el país de América latina que más clase media había generado" en la década. Sin embargo, la pirámide social que usan las empresas y los especialistas de marketing para definir sus estrategias comerciales y sus planes de inversión da cuenta de un estancamiento en el proceso de ascenso social y recuperación de la clase media.

Según un estudio privado, en los últimos tres años la clase media se redujo casi dos puntos a manos del crecimiento de la clase baja, que ya reúne a casi la mitad de los hogares argentinos. Los datos, que se explican por la inflación y la recesión, corresponden a la pirámide social que elabora la consultora CCR sobre la base de los aportes de la Asociación Argentina de Marketing (AAM), la Sociedad Argentina de Investigadores de Marketing y Opinión (Saimo) y la Encuesta Permanente de Hogares del Indec (EPH).

Para hacer su medición la consultora usa datos oficiales de ingresos por hogar e indicadores cualitativos, como tipo de empleo, cobertura médica, nivel de educación y cantidad de aportantes por familia.

Según los datos de CCR, la barrera que separa la clase media de la baja es un ingreso mensual superior a los 11.700 pesos por hogar. Este límite no lo cruza el 47,5% de las familias argentinas, que integran la clase baja. Dentro de este universo, en CCR a su vez distinguen entre la clase baja superior -conocida como el segmento D1 en la jerga de los marketineros- y la clase baja lisa y llana (los segmentos D2 y E). Esta última representa al 17,2% de los hogares, cuenta con un ingreso promedio de 4600 pesos y tuvo un crecimiento de 0,5 puntos en el último año.

En la otra punta de la escala se encuentra el 5,5 por ciento de la población que integra el segmento ABC1, que en promedio tiene un ingreso familiar que supera los 106.000 pesos mensuales.

Puertas adentro, este segmento también muestra fuertes disparidades, ya que el quintil más alto del ABC1 -es decir, apenas un poco más del 1 por ciento de los hogares argentinos- tiene un ingreso de 187.000 pesos por mes, contra los 65.000 pesos del nicho más "pobre" de la misma clase social.

En los últimos años, la clase media había sido la gran beneficiada del modelo económico y, de hecho, entre 2004 y 2012 este segmento había ganado más de nueve puntos de participación hasta alcanzar a casi la mitad de la población argentina.

El crecimiento de la clase media se había logrado a costa de la baja, que en el mismo período había perdido diez puntos de participación, lo que también es otra muestra del proceso de recuperación que vivió la economía argentina.

"Más allá de que se trata de fluctuaciones muy pequeñas, lo importante es que desde 2012 se revirtió la tendencia de expansión de la clase media", precisó Patricia Sosa, directora de Negocios de CCR.

El cambio en la tendencia en la movilidad social no casualmente coincide con una aceleración de la inflación, que empezó a sufrir la economía a partir de 2012.

"Está claro que el primer factor que explica este estancamiento es la inflación, en especial durante 2014, donde a partir de la fuerte devaluación del peso se produjo una caída en el poder adquisitivo de los salarios. Pero la inflación no es la única razón y también influye que durante los últimos cuatro años prácticamente no hubo crecimiento de la economía ni creación de empleo en el sector privado", explica el economista Camilo Tiscornia.

En principio se podría pensar que los datos de CCR contradicen los estudios sobre el crecimiento de la clase media a los que apela el Gobierno a la hora de defender su gestión social, como el informe que se conoció en los últimos días del Pew Research Center, un "think tank" con base en Washington que trabaja sobre la base de datos del Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional.

Según este estudio, la clase media se duplicó, al pasar del 15 al 32,5 por ciento de la población, lo que volvió a poner a la Argentina en el podio de países con más clase media de la región, detrás de Chile y Uruguay.

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