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miércoles, 27 de abril de 2016

Necesitas anteojos?….consulta los beneficios del Fondo Compensador Telefónico


SABIAS QUE PODES OBTENER TUS ANTEOJOS RECETADOS, Y DE PRIMERA CALIDAD, A UN PRECIO INCREÍBLE A TRAVÉS DEL FONDO COMPENSADOR???...

Quienes pueden obtenerlos?
Los jubilados y pensionados beneficiarios del fondo, los activos aportantes y los familiares directos.

Como es el trámite?
Tenes que concurrir con la receta de tu oftalmólogo a las ópticas indicadas en la cartilla, o podes informarte al:
0800-222-INFO (4636) de lunes a viernes de 11 a 16.

Cuánto cuestan?
Jubilados y Pensionado $ 5.-      ////      Activos $ 25.-
(Estos extraordinarios copagos se alcanzan con el fuerte aporte de nuestro fondo, pensado en todos nuestros beneficiarios).

Cuantos se pueden hacer?
- Con cambio de graduación: 1 por graduación por persona al año.
- Sin cambio de graduación: 1 por graduación por persona cada 2 años.
Solo cubre los anteojos con copago?
El servicio contempla precios preferenciales, a un valor menor de mercado, en una amplia gama de productos. Ej.: Lentes de contacto, cristales especiales, cristales bifocales, anti réflex, etc.

Para más información, o para conocer nuestros servicios, comunícate al 0800-444-0244 de Lunes a Viernes de 8.30 a 14


domingo, 25 de agosto de 2013

domingo, 20 de mayo de 2012

Comunicado del Fondo Compensador Telefónico



El consejo de Administración del Fondo Compensador Telefónico presidido por el Secretario General de Foetra Buenos Aires,  informo que no ha modificado el sistema de aportes y contribuciones al mismo. 

De impactar indebidamente se deberán efectuar los reclamos respectivos y el propio FCT accionara para que en caso de suceder,  se proceda a su inmediato reintegro. 

viernes, 28 de octubre de 2011

Autoridades electas del Fondo Compensador Telefónico (2011 - 2015)

Autoridades Electas en Asamblea Federal Extraordinaria del 23/09/11

Periodo: 01/10/11 al 01/10/15



Consejo de Administración


Presidente
Osvaldo Iadarola - F.O.E.T.R.A Buenos Aires


Vicepresidente
Darío Eduardo Quintanilla - SI.TRA.TEL. Rosario


Tesorero
Osvaldo Enrique Pagano - S.O.E.E.S.I.T. Lujan

Secretario de Actas
Sebastián Horacio Alba - F.O.E.T.R.A Buenos Aires

Secretario de Jubilados y Pensionados
Carlos Ernesto Sly - S.O.E.T. Tucumán

Secretario de Personal Jerarquico
Gustavo Lanza - U.P.J.E.T.

Secretario de Personal de Supervision
Norberto Anden - O.P.S.T.T.A. Buenos Aires

Secretario de Relaciones con el Interior
Rodolfo Ricardo Cerdan - S.O.E.T. Corrientes

Secretario de Asuntos Profesionales
Ricardo Daniel Bernardene - C.E.P.E.T.E.L.

Secretario de Relaciones Gremiales
Jorge Alberto Wozniczka - S.U.T.T.A.CH.

Secretario de Prensa
Carlos Cabral - S.O.E.E.S.I.T. Santa Fe

Vocal
Edgardo Guillermo García Tuñon - F.O.E.T.R.A Buenos Aires

Rep. de los Beneficiaros Jubilados y Pensionados con Voto
Carlos Cardigonde - F.O.E.T.R.A Buenos Aires

Rep. de los Beneficiairos Jubilados y Pensionados sin Voto
Roberto Gallo - SI.TRA.TEL. Rosario


1er Suplente
Reynaldo Antonio de la Iglesia - F.O.E.T.R.A Buenos Aires
2do Suplente
Oscar Fernando Rossi - SI.TRA.TEL. Rosario
3er Suplente
Daniel Perez - S.O.E.E.S.I.T. Lujan
4to Suplente
Alba Teglio - F.O.E.T.R.A Buenos Aires
5to Suplente
Marcelo de la Silva - S.O.E.T. Tucuman
6to Suplente
Osvaldo Serrano - U.P.J.E.T.
7mo Suplente
Oscar Gabriel Garcia - O.P.S.T.T.A.
8vo Suplente
Jose Alessio - S.O.E.E.S.I.T. Santa Fe
9vo Suplente
Ricardo Puertas - C.E.P.E.T.E.L.
10mo Suplente
Carlos Gonzalez - S.U.T.T.A.CH.
11ro Suplente
Carlos de Rosa - F.O.E.T.R.A Buenos Aires
12do Suplente
Oscar Fernando Barboza - S.O.E.E.S.I.T. Entre Rios

miércoles, 9 de marzo de 2011

Fondo Compensador Telefónico (Escrito al JUZGADO Civ. y Com. Nº 7 de San Isidro )







EL DINERO DEL FONDO COMPENSADOR TELEFONICO
ES DE LOS TRABAJADORES Y DE LOS JUBILADOS
COMUNICADO Nº  413            28 de Febrero de 2011
EL CONSEJO DIRECTIVO DE S.O.E.E.S.I.T.BS.AS. INFORMA A TODOS LOS SINDICATOS TELEFÓNICOS HERMANOS, A NUESTRA FEDERACIÓN NACIONAL, A LAS FEDERACIONES NACIONALES HERMANAS DE LAS TELECOMUNICACIONES, AL MOVIMIENTO OBRERO EN GENERAL Y A NUESTROS AFILIADOS EN PARTICULAR, QUE MOTIVADO POR UN PEDIDO EXPRESO DE LAS AUTORIDADES DEL CLUB TELÉFONOS DE BS. AS. Y ENTENDIENDO QUE LA SITUACIÓN QUE ATRAVIESA ESTA QUERIDA E HISTÓRICA ENTIDAD LO MERECÍA, SE TRATO EL TEMA EN REUNIÓN DE COMISIÓN RESOLVIENDO LO SIGUIENTE:
NOTIFICAR AL FONDO COMPENSADOR TELEFÓNICO DE LA SOLICITUD DE NUESTROS COMPAÑEROS AFILIADOS ACTIVOS Y JUBILADOS EXPRESADAS EN EL PETITORIO QUE SE ADJUNTA, EL CUAL FUE ACOMPAÑADO POR LAS FIRMAS DE LOS COMPAÑEROS, EN SU CALIDAD DE APORTANTES Y BENEFICIARIOS DEL FONDO COMPENSADOR TELEFÓNICO RESPECTIVAMENTE.
PRESENTARNOS AL JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7  INTERVINIENTE EN LA CAUSA "CLUB TELÉFONOS S/ QUIEBRA S/INCIDENTE"  EN REPRESENTACIÓN DE NUESTROS AFILIADOS QUE PRESENTARON SU DISCONFORMIDAD EN QUE EL FONDO COMPENSADOR TELEFÓNICO ASUMA MEDIANTE CUALQUIER ACTO JURÍDICO LA DEUDA QUE EL CLUB TELÉFONOS MANTIENE CON SUS ACREEDORES.
Adjuntamos
a) ESCRITO AL JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL Nº 7 DE SAN ISIDRO, PROVINCIA DE BUENOS AIRES
b) PLANILLA DE PETITORIOS ACTIVOS Y JUBILADOS PARA SU FIRMA Y SU POSTERIOR ENVIO POR CORREO A ESTE SINDICATO A LOS EFECTOS DE PRESENTARLOS A LAS AUTORIDADES DEL FONDO COMPENSADOR TELEFONICO Y POSTERIORMENTE AL JUZGADO INTERVINIENTE.
SINDICATO DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES - BUENOS AIRES

 Castro Barros 54 (1178) C.A.B.A. - Tel. Fax: 4958-6777
 Email: soeesitbsas@speedy.com.ar ---Inscripción Gremial Nº 2135 -
                   Adherido a FOEESITRA y CGT
Informacion complementaria Aqui

sábado, 5 de marzo de 2011

FONDO COMPENSADOR TELEFONICO (Echan a su presidente por desaprobar desvio de fondos)




El 10 de marzo se efectuarà una Asamblea federal para desplazar al
actual PRESIDENTE del Fondo Compensador Telefonico, quien en la
acordada del consejo directivo de esa entidad, VOTO EN CONTRA del
desvio de $ 3.700.000.- para afrontar la quiebra del Club Telefonos
de Buenos Aires habida cuenta que el Patrimonio de esta entidad no
contempla otras erogaciones que las que su propio estatuto establece;
es decir atender las necesidades mèdicas y conexas y las
suplementarias del haber jubilatorio, y NO hacerse cargo del pasivo de
un CLUB PRIVADO.

En este sentido Sectores de la Foeesitra, aconsejaron (Nota adjta) a
los sindicatos miembros,el envìo de cartas documentos a las
autoridades del Fondo Compensador Telefonico (se adjunta copia del
modelo sugerido), recomendando que la misma se haga extensiva a los
afiliados y a los centros de jubilados


lunes, 14 de febrero de 2011

Fondo Compensador Telefónico: (Función - Aclaraciones)

En función de las múltiples consultas que hemos recibido, respecto del tema en donde algunos miembros de este foro han vertido apreciaciones (por llamarlo de alguna manera), sobre potenciales manejos económicos del Fondo Compensador de los Telefónicos; es que me cabe brindar una ajustada síntesis, del funcionamiento básico de una institución sin fines de lucro como lo es esta, cuando se tienen en miras diversos proyectos, que deben ser asistidos financieramente por la misma.


En primer lugar, debo acotar que en todo proyecto que revista el carácter de social, como podrían ser planes odontológicos, oftalmológicos, de medicamentos, o cooperativos en general, teniendo incluidos en estos últimos, los comúnmente llamados planes cooperativos de vivienda; es lógico que dichos proyectos deban cumplir, con una cantidad preestablecida de requisitos, para que la financiación se apruebe y proyecte, de manera objetiva y responsable, teniendo como premisa el constante cuidado del capital social, componente fundamental de dicha institución, por cuanto el cumplimiento de sus fines, se encuentra atado a la existencia, y proliferación del mismo.


Cabe destacar que toda erogación de grandes sumas de dinero, para la proyección de cualesquiera de los proyectos que se intenten llevar adelante, con lo primero que se debe cumplir, es con las exigencias de viabilidad de la institución que posibilita su concreción, a través de la aprobación por parte de sus autoridades; por lo cual, y de manera indelegable, el control, y proyección de las bases - condiciones de estos asuntos, deberán ser encaminados por dichas autoridades, con el debido asesoramiento profesional en cada área de acción, como ser legal, administrativa, contable, financiera e inmobiliaria especializada en bienes raíces, si se tratare de propósitos cooperativos asistenciales, en planes de vivienda por citar un Ej. Todo lo dicho no podría ser concertado, sin que quienes tienen la máxima responsabilidad a la hora de rubricarlos, sean además quienes lo encaminen desde el punto de vista ejecutivo, por lo cual y a todo evento, descarto que los trazados estadísticos, el armado financiero, y la ejecución presupuestaria, ya vengan encriptados desde fuera de la institución, por cuanto las autoridades de esta, son quienes y como dije antes, deben de forma indelegable llevar adelante dichos procesos.

Es inobjetable, que la prioridad en la ejecución de los fondos existentes, la tienen los compañeros jubilados, mediante el otorgamiento de complementos al haber (siendo esta la función originaria del Fondo Compensador), pero es también muy aceptable, que se abra la puerta a diversas proyecciones accesorias a la principal, siempre y cuando, estas cumplan con un orden objetivo, en la toma de las decisiones necesarias para su implementación. No podemos darnos el lujo de mal politizar el funcionamiento institucional, poniendo en riesgo el cabal cumplimiento de las ya mencionadas obligaciones primigenias.


Lo hasta aquí expresado, descontando que si la propuesta inicial proviene de alguna de las instituciones mandantes del Fondo Compensador, es dable tener por descontado, que éstas, previamente hayan efectuado las consultas de rigor a sus máximos cuerpos orgánicos - deliberativos, y poder así aprobar dichas mandas, con la debida legitimidad, que solo puede otorgar la fuerza asamblearia, requisito indispensable siempre que se decidan cuestiones de importancia.


Finalmente, otra cuestión a tener presente, es que en proyectos de la envergadura de los que aquí se tratan, no pueden los mismos ser elaborados, y concedidos a ejecución tan ligeramente, su aprobación debe ser el resultado de una licitación pública, donde existan pautas específicas (pliegos de bases y condiciones), y pluralidad de oferentes, teniendo especialmente en cuenta, que todo el desarrollo de este proceso burocrático, lo promoverán quienes con posterioridad deberán rubricar la utilización de los fondos pertinentes, limitando solo a la presentación de ideas, a todo ente o persona Física ajena a la institución, puesto que no son ellas las que materialmente financian dichos proyectos.


Espero estén claros estos conceptos mas que básicos, como para que se manifieste indeleble, la idea que aquí no se trata de hablando mal y pronto, agarrar plata, y hacer esto o lo otro sin ningún control, por parte de quienes tienen la responsabilidad de conducir los destinos del organismo, porque para toda realización efectiva se deben cumplir reglas legales, administrativas y estatutarias. Entonces resumiendo digo; que para el estudio, y ejecución de una obra como la que se encuentra en análisis, se debe contar en tiempo oportuno, con la información necesaria de lo que se pretende proyectar, de manera de acudir a la elección de los profesionales que intervendrán, no solo en la asesoría sino también en la concreción del mismo, profesionales que serán elegidos mediante la implementación para dicha elección, de mecanismos incuestionables en su legitimidad, como lo son las ya mencionadas licitaciones.




Dr. Buda Antonio M.
Mesa de Agrupaciones en:


Unión Telefónica