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miércoles, 21 de diciembre de 2016

Cómo serán los cambios en Ganancias


Tras el entendimiento entre el Gobierno, los gobernadores y el aval de la CGT, el oficialismo y la oposición acordaron tardar en el Congreso el proyecto de reforma del impuesto a las Ganancias.
Con esta reforma que podría ser aprobada miércoles en el Senado y jueves en Diputados. El Mínimo no Imponible para el trabajador casado con dos hijos quedaría en 37.000 pesos de salario bruto. Mientras que para el trabajador soltero sin hijos a cargo quedaría en 27.941 pesos de salario bruto.
En tanto, el aumento en las escalas dependiendo el tramo de ingresos va desde un 167% hasta un 300%
Por otra parte, en las alícuotas para los trabajadores alcanzados por Ganancias se acordó una reducción de la alícuota en el primer tramo que pasará a pagar del 9% al 5% sobre el excedente del Mínimo no Imponible.
En el proyecto se contempla que el Mínimo no Imponible y las escalas se actualicen anualmente por medio del índice de variación salarial Ripte (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables). Que es el mismo coeficiente por medio del cual se actualizan todos los años las jubilaciones y la Asignación Universal por Hijo (AUH).
El plus por las horas extras trabajadas en días feriados y no laborables estaría exento de tributar Ganancias. Mientras que el plus por las horas extras trabajadas en días laborales no modificará la escala sobre la cual el trabajador tributa. La idea es que sin importar cuántas horas extra se trabaje el trabajador se mantenga en la escala prevista de acuerdo a su salario básico.
En tanto, los viáticos estarían exentos de tributar por un tope de hasta el 40% del Mínimo no Imponible. Mientras que el aguinaldo no estaría exento. La intención sería definir una forma de liquidar el impuesto a las Ganancias de manera tal que al trabajador se le retenga siempre un mismo importe de modo que en los meses en que se cobra el aguinaldo la erogación no sea mayor. Por lo que se prorratearía el pago de Ganancias vinculado al aguinaldo en los 12 meses del año.
En el caso de los jubilados, comenzarían a pagar Ganancias a partir de un ingreso cinco veces superior al haber mínimo. En la actualidad, la jubilación mínima es de 5.661 pesos, por lo que un jubilado tributaría a partir de los 28.300 pesos.
En el caso de los Monotributistas, aumentarían todas las categorías un 70%. Así, el tope de facturación del monotributo subiría desde los actuales 400.000 pesos a 680.000 pesos.
http://www.foetra.org.ar/sitio/actualidad/item/3469-como-seran-los-cambios-en-ganancias.html

miércoles, 24 de febrero de 2016

GANANCIAS: quiénes empezarán a pagar y cuál será el IMPACTO según el salario


El Gobierno formalizó ayer los cambios; se confirma que un grupo de asalariados y jubilados comenzará a tributar; los ya alcanzados tendrán un alivio que se reducirá con las paritarias

Gobierno formalizó, con el decreto 394 publicado ayer en el Boletín Oficial, los cambios en el impuesto a las ganancias. Tal como se preveía, la normativa trae buenas noticias para algunos asalariados y jubilados y malas para otros. A la vez que algunos verán aliviada la carga tributaria, otros comenzarán a pagar por efecto de la derogación de una norma de 2013. Sobre este último punto, si bien anteayer el jefe de Gabinete, Marcos Peña, dijo que se analizaría el caso de los jubilados (según la Defensoría de la Tercera Edad, tributarán ahora 110.000 que antes no lo hacían, aunque según la Anses serán menos de 50.000), fuentes del Gobierno prácticamente descartaron ayer que haya cambios a lo ya establecido.

Entre los funcionarios se admite que habrá quienes empezarán a pagar, pero se afirma que no es posible saber cuántos trabajadores se verán afectados. Es, por ejemplo, lo que señaló Alberto Abad, jefe de la AFIP.

El decreto modifica los parámetros del tributo para que el ingreso más bajo alcanzado (el mínimo no imponible) sea de $ 245.444 anuales para asalariados sin carga de familia (un promedio de $ 18.880 mensuales) y de $ 325.000 para quien tiene cónyuge y dos hijos a su cargo ($ 25.000 promedio mensuales). En términos de sueldos brutos (antes de descontar aportes) los montos son de $ 22.747 y $ 30.120 mensuales respectivamente. 

Los autónomos pagarán a partir de los $ 7073 mensuales (persona sin cargas de familia) o de los $ 13.682 (si se deduce cónyuge y dos hijos). En este caso se permite una mayor cantidad de deducciones por gastos.
Los cambios estarán vigentes por todo 2016. Esto implica que se compensará a quienes ya se les haya descontado de más, y también que se les retendrán, a quienes ahora quedarán gravados, los montos que aún no se les cobró por lo que va del año. 

¿Quiénes serán los nuevos alcanzados? Los asalariados y jubilados sin cargas de familia que entre enero y agosto de 2013 cobraban menos de $ 15.000 brutos ($ 12.450 netos) y que ahora perciben a partir de $ 245.444 netos anuales (un promedio mensual de $ 22.747 brutos o $ 18.880 netos), y casados que deducen a su cónyuge y dos hijos que, habiendo tenidos los citados ingresos en 2013, ahora perciben a partir de $ 325.000 netos anuales o $ 25.000 mensuales. Estas personas estaban al margen del impuesto por el decreto 1242, que ancló en los ingresos de 2013 la definición de quién tributaba y quién no, sin importar lo ocurrido después (lo cual fue una fuente de inequidades). Como los sueldos se actualizaron debido a la alta inflación, hay muchas personas que están en esta situación.

Suponiendo el caso de quien en 2013 tuvo un sueldo de $ 14.796 brutos y que ahora tiene un ingreso de $ 25.745, un estudio del Ieral, de Fundación Mediterránea, estima que la carga (antes inexistente) significará un 1,5% del sueldo bruto, un porcentaje que treparía a 4,7% si desde abril se aplicara una mejora salarial de 25%. En el primer caso, el impuesto anual sería de $ 5020, y con la suba salarial hipotética se iría a $ 17.693. Eso da descuentos promedio mensuales de $ 418 y de $ 1474, en cada caso.

Falta de actualización


Como ocurrirá también para quienes ya estaban y siguen alcanzados por el impuesto, se estima que una recomposición salarial tendrá un impacto significativo, y esto se debe a la falta de actualización de la tabla da alícuotas que define, según rangos del ingreso imponible, con qué tasa se calcula el impuesto. Al no haber actualización (desde hace más de 15 años) de los valores que ubican a cada contribuyente en un escalón o en otro, se producen saltos de alícuotas aun cuando no hay subas del poder de compra.

Al retrasar el cambio en la escala para 2017, el Gobierno decide mantener este año una fuerte inequidad porque la desactualización hace que se paguen iguales alícuotas con ingresos muy diferentes.

En el caso de los asalariados y jubilados que ya pagaban Ganancias, hay un grupo que dejará de pagar, pero como la situación es dinámica, podrían volver a quedar alcanzado con una mejora nominal de los ingresos. El Ieral ejemplifica con un caso: quien tiene un salario neto mensual de $ 17.094, si recibe un 25% a partir de abril y llega a un promedio para todo el año de $ 20.299, entonces tributará un 0,7% de su remuneración anual (un impuesto de $ 2226 al año), con lo que perderá parte de lo que consiga por su paritaria.


Quienes seguirán pagando también tendrán un alivio respecto de lo que se les iba a descontar de no mediar el decreto, cualquiera sea el nivel salarial. Esto es así porque suben los montos que se restan del salario neto para determinar (como resultado de esa resta) cuál es la cifra sobre la que se calcula el impuesto. Sin embargo, con las subas nominales de ingresos (que en algunos casos ni siquiera cubrirían la inflación), las mejoras se reducirán. Por ejemplo: para un casado y con dos hijos y un salario bruto actual de $ 40.000, el decreto permitirá que la carga baje, según el Ieral, de 17,2 a 5,4%, pero pasaría a 9,4% si se obtiene una mejora salarial de 25%. En montos, eso significaría que el decreto reduciría la cifra anual, en principio, de alrededor de $ 89.000 a unos $ 28.000, aunque tras un ajuste salarial podría ubicarse en más de $ 59.000.


http://www.lanacion.com.ar/1873797-ganancias-quienes-empezaran-a-pagar-y-cual-sera-el-impacto-segun-el-salario


lunes, 4 de mayo de 2015

Kicillof anunció una reducción del impuesto a las Ganancias para los que ganan entre $15.000 a $25.000 en bruto



El ministro lo anunció, acompañado del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.
Axel Kicillof realizó anuncios este mediodía sobre el impuesto a las Ganancias. El ministro de Economía habló desde el micro cine junto al titular de la AFIP, Ricardo Echegaray.

El funcionario K dijo que habrá una reducción para los que pagan ganancias para la franja de $15000 a $25000 en bruto.
El ministro hizo una larga explicación sobre la llamada “tablita” y aseguró que este impuesto es pagado por una minoría de trabajadores, que evaluó en un 11,3% de los trabajadores en blanco.

"Es falso que todos los trabajadores argentinos pagan impuesto a las Ganancias", indicó Kicillof. Y dijo que lo recaudado por ese impuesto “sirve para la obra pública, para el PROCREAR, para la asignación universal por hijo”, entre otros programas oficiales.

Negó además que Ganancias se lleve el 30% del sueldo: “Están quienes, y oíamos a un candidato, hablan de eliminar Ganancias. Eso es falta de seriedad absoluta. Es mentira que sea Argentina que paga más impuestos a las Ganancias”.

Cómo puede ser que prometan que no van a bajar programas del Gobierno y que al mismo tiempo, van a bajar impuestos”, criticó Kicillof a quienes venden “espejitos de colores” según el ministro.



sábado, 4 de abril de 2015

Impuesto a las GANANCIAS: revelan que N.Kirchner se AUTOEXIMIÓ de pagar en Santa Cruz







Mientras el Gobierno sigue justificando el sostenimiento del actual Mínimo no Imponible del impuesto a las Ganancias, el diputado Gerardo Milman denunció que, en 1997, como gobernador de Santa Cruz, el fallecido ex presidente de Néstor Kirchner se había eximido, a él y a sus funcionarios, de ese gravamen.

Milman consideró “ilegal” la exención impositiva establecida en su momento por el gobernador santacruceño. “Un decreto provincial no puede modificar una ley nacional y las únicas exenciones a Ganancias que establece la ley son a la renta financiera, al juego, a la minería y a los jueces”, sostuvo. Y dándole un contexto de actualidad a la denuncia, indicó que la contradicción es que el Gobierno “obliga a pagar Ganancias a colectiveros, bancarios y metalúrgicos, cuando el jefe de ese proyecto, que se dice nacional y popular, se autoexcluyó del pago de ese impuesto”.
La eximición, según apuntó el titular del partido GEN en la provincia de Buenos Aires, fue a través de un decreto que consideraba que una serie de adicionales que cobraban él como gobernador y los miembros de su gabinete como ítems "no integrantes de la base imponible" de Ganancias.  Las remuneraciones adicionales excluidas de Ganancias por el decreto 934/97 incluían las de "dedicación especial, responsabilidad jerárquica, viáticos, movilidad, gastos funcionales de autoridad superior, dedicación horaria o exclusiva, desarraigo, indemnización por traslado y otros conceptos de similar naturaleza y significado".


El titular del GEN bonaerense, Gerardo Milman, denunció que Néstor Kirchner firmó en 1997, cuando era gobernador de Santa Cruz, un decreto que lo eximía de pagar el impuesto a las ganancias. El beneficio se extendía a todo su gabinete, al considerar "no integrantes de la base imponible" remuneraciones adicionales que percibían los agentes de la administración central, mediante el decreto 934/97. "EL KIRCHNERISMO ES EL PROYECTO MÁS TRUCHO Y DESHONESTO QUE HA GOBERNADO EL PAÍS DESDE EL ADVENIMIENTO DE LA DEMOCRACIA", dijo Milman



Gerardo Milman, se hizo eco ayer del tema para marcar las contradicciones en el discurso kirchnerista. Tras difundir públicamente el texto firmado por Kirchner el 10 de julio de 1997, sostuvo que “el kirchnerismo es el proyecto más trucho y deshonesto que haya existido en el país. Este documento prueba la hipocresía del kirchnerismo que utiliza el lema ‘haz lo que yo digo y no lo que yo hago’”. Y completó su comunicado señalando: “El menemismo era trucho, pero lo decía”.









miércoles, 28 de agosto de 2013

Remuneración y/o Haber no sujeto al Impuesto a las Ganancias - Beneficio Decreto PEN xxxx /2013



En los recibos se deberá resaltar la deducción especial es un beneficio del Ejecutivo. Habrá una leyenda obligatoria en todos los recibos con sueldo bruto de hasta $15.000


El decreto 1242/2013 publicado este miércoles que fija cambios en el impuesto a las Ganancias para asalariados ordena que se resalte que la exención del impuesto en sueldos de hasta $15.000 brutos deben figurar como un "beneficio" otorgado por el Poder Ejecutivo Nacional.

El artículo 3 de la norma dice: "Los sujetos que tengan a su cargo el pago de la remuneración y/o liquidación del haber identificarán el beneficio con el concepto ' Remuneración y/o Haber no sujeto al Impuesto a las Ganancias - Beneficio Decreto PEN xxxx/2013 '".
Con esta leyenda deberá figurar el monto de dinero que irá al bolsillo del asalariado en vez de a la AFIP en concepto de deducción especial para salarios de menos de $15.000.

lunes, 29 de julio de 2013

9 de cada 10 Trabajadores no están alcanzados por el Impuesto a las Ganancias



Entre un cuarto y un tercio de los asalariados formales pagan impuesto a las ganancias. Pero si se considera a los trabajadores informales, que mayoritariamente son de bajos salarios, el impacto se reduce a sólo el 10% del total de trabajadores. En este marco, reducir la incidencia del impuesto a las ganancias sin previamente disminuir gastos improductivos del Estado –como se acaba de disponer con el medio aguinaldo y propone gran parte de la oposición– es un cambio regresivo porque necesariamente lleva a aumentar la carga de otros tributos, como el impuesto inflacionario, que recaen sobre la gran mayoría que tiene bajos ingresos.


La no actualización de los parámetros del impuesto a las ganancias ha llevado a que crezca la cantidad de trabajadores alcanzados por el impuesto y el monto que pagan. Como reacción a este fenómeno pululan las iniciativas tendientes a reducir la incidencia del impuesto a las ganancias a los trabajadores. Para compensar la pérdida fiscal, se propone en paralelo eliminar la exención que gozan las rentas financieras.

La propuesta suena políticamente atractiva, pero carece de consistencia financiera. Las exenciones a la renta financiera alcanzan a los intereses de caja de ahorro y plazo fijo, las rentas de títulos públicos y la compraventa de acciones y valores que cotizan en bolsa y el mercado de valores, las cuales implican, según estimaciones del Ministerio de Economía, una recaudación no efectuada del orden de los $ 5.270 millones. Es decir, apenas el 4% de la recaudación total del impuesto a las ganancias. Si bien por consideraciones de equidad tributaria sería pertinente revisar estas, y otras, exenciones en ningún caso tienen volumen suficiente para compensar la reducción del impuesto a las ganancias sobre los trabajadores.

El planteo de reducir el impuesto a las ganancias de los trabajadores también debe ser evaluado desde el punto de vista de la equidad. En este sentido, los datos de la encuesta de hogares del INDEC para el 1° trimestre del 2013 muestran que:

• La remuneración promedio considerando a todos los ocupados (asalariados registrados y no registrados, y cuentapropistas) es de $ 4.232 mensuales.

• El 90% obtiene una remuneración mensual por debajo de $ 8.000 mensuales.

• El 10% restante tiene remuneraciones superiores a los $ 8.000.

Dado que aproximadamente $ 8.000 mensuales es el umbral a partir del cual se empieza a pagar el impuesto a las ganancias, estos datos muestran que el impuesto afecta a apenas el 10% de los trabajadores. En contrapartida, 9 de cada 10 trabajadores tiene ingresos por debajo del umbral a partir del cual se empieza a aplicar el impuesto. Esto implica que disminuir la incidencia del impuesto a las ganancias de los trabajadores aumenta la regresividad en la distribución personal del ingreso. La conclusión es aún más contundente si se incluyen a los jubilados ya que tres cuarta partes cobran el haber mínimo ($ 2.165).

Ciertamente que una remuneración de $ 8.000 no es alta sino que apenas permite alcanzar un nivel de vida razonable. El punto es que el nivel de deterioro que prevalece en el mercado de trabajo es tan grande que alcanza con superar esa modesta remuneración para ubicarse entre el 10% de los trabajadores con más altos ingresos. La explicación es que la pirámide salarial se compone de una muy alta proporción de trabajadores informales (prácticamente la mitad) los cuales reciben remuneraciones muy bajas.

El inédito aumento de la presión tributaria de la última década reposa sobre impuestos que inciden sobre las familias de más bajos ingresos. Entre los más importantes está el IVA, ingresos brutos, cargas sociales y el impuesto inflacionario. Estos impuestos tienen la particularidad, a diferencia de ganancias, de no ser explícitos. Por eso reducir la incidencia del impuesto a las ganancias, cuyo cobro se percibe de manera directa en el recibo de sueldo del trabajador, resulta políticamente muy atractiva. Pero si se lo hace sin previamente disminuir gasto público improductivo –como se anunció con el medio aguinaldo y propone gran parte de la oposición– conduce necesariamente a aumentar la incidencia de los otros impuestos. De esta forma, se sustituye un impuesto progresivo (impuesto a las ganancias) por otros mucho más regresivos (por ejemplo, el impuesto inflacionario). Desde el punto de vista de la equidad distributiva es difícil imaginar una alternativa más regresiva.

En lugar de alimentar el debate inconducente y cargado de hipocresía sobre el impuesto a las ganancias, la prioridad debería ser mejorar la organización del Estado. Con gasto público y regulaciones de mejor calidad se podría inducir un proceso sostenido de inversiones que permitirían elevar los paupérrimos niveles de remuneraciones que sufre gran parte de la población. Así, se podría reducir la presión tributaria, priorizando la eliminación de aquellos impuestos que recaen sobre las familias más pobres. (IDESA)

martes, 29 de enero de 2013

Al no actualizar las Escalas de Ganancia Neta imponible, muchos pagarán más…

Es porque el porcentaje de descuento del impuesto, según el monto del sueldo, no se actualizó con la inflación. Y muchos pasan a tributar las tasas más altas con el mismo poder adquisitivo.

Tanto o más preocupante que el ajuste del 20% en el mínimo no imponible desde 2011, muy por debajo de la inflación acumulada en 2 años del 55%, es que la Presidenta no anunció la modificación de las escalas sobre las que se aplican las alícuotas o tasas del impuesto.

Eso llevará a que, con los aumentos de sueldos que se acuerden en las paritarias, los trabajadores pasen a tributar mucho más que ahora sin tener un mayor poder adquisitivo. Esas escalas de "ganancia neta imponible" se mantienen en los mismos valores del año 2000, cuando era Ministro de Economía José Luis Machinea, en el Gobierno de la Alianza. ¡Están congeladas en los valores de 13 años atrás! Son siete escalas, con tasas de 9%, 14%, 19%, 23%, 27%, 31% y 35%.

La no actualización de esos parámetros para aplicar cada tasa lleva a que los trabajadores paguen tasas elevadas apenas superan en $ 833 mensuales el bajo minino no imponible anunciado ayer. Por ese motivo, hoy asalariados con sueldos medios tributan tasas del 19% o más, cuando deberían estar pagando la tasa mínima del 9%. Si cuando arrancó el impuesto con la Alianza la mayoría de los trabajadores alcanzados por Ganancias tributaba la tasa menor, ahora son muchísimos menos los que tienen esa presión mínima.

Esa primer escala del 9% es para los que tienen una ganancia neta de hasta $ 10.000 anuales, cuando si se hubiese ajustado por inflación debería alcanzar los $ 50.000.

Por ejemplo, un trabajador sin cargas de familia que en 2011 cobraba $ 8.000 mensuales, le descontaron por Ganancias el 3,83% del sueldo: en total $ 3.979 en el año. En 2013, si mantiene el mismo poder adquisitivo, por los aumentos en paritarias para acompañar la inflación, debería cobrar $ 12.500 mensuales. Pero ahora, en ese caso, tendrá una deducción de Ganancias de $ 15.268 anuales, lo que equivale al 9,4% del sueldo. En dos años, el peso de Ganancias en el sueldo de ese trabajador aumentó casi 2,5 veces.
Eso pasa porque el mínimo no imponible aumentó solo el 20% y, al no modificarse las escalas, ese trabajador, de estar alcanzado con una tasa del 19% subió a la del 27%.

Por ISMAEL BERMÚDEZ