viernes, 13 de junio de 2025
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miércoles, 11 de junio de 2025
La JUSTICIA del trabajo rechazó a TELEFÓNICA el pago de asignaciones "NO REMUNERATIVAS" a sus empleados
La Justicia del Trabajo ha fallado en contra de Telefónica, dictaminando que ciertos pagos deben ser considerados como parte de la remuneración
La Justicia del Trabajo ha fallado en contra de Telefónica, dictaminando que ciertos pagos que la empresa consideraba "no remunerativos" (es decir, que no contaban como parte del salario y, por lo tanto, no pagaban aportes y contribuciones a la seguridad social) en realidad sí deben ser considerados como parte de la remuneración de sus empleados.
¿QUÉ SUCEDIÓ?
Un grupo de 15 empleados de Telefónica demandó a la empresa porque creían que algunas compensaciones que recibían, como un pago de tarifa telefónica y viáticos, que no tenían que justificar con comprobantes, debían ser consideradas como parte de su sueldo. Esto era importante porque, al no contarse como salario, estos montos no se incluían en el cálculo de horas extras, guardias y otros pagos adicionales, lo que significaba que los empleados cobraban menos de lo que les correspondía.
Telefónica argumentó que estos pagos eran "no remunerativos" porque así se había acordado en el Convenio Colectivo de Trabajo. Sin embargo, tanto en la primera instancia judicial como en la instancia de apelación, los jueces le dieron la razón a los empleados.
¿POR QUÉ ES IMPORTANTE ESTA DECISIÓN?
La Justicia explicó que, por ley, todo lo que un empleado recibe por su trabajo es salario, a menos que la ley diga expresamente lo contrario. En este caso, el Convenio Colectivo de Trabajo perjudicaba a los trabajadores, al intentar quitarle el carácter de salario a esos pagos, por lo que la Justicia lo declaró inválido.
Un punto clave del fallo es que dejó claro que, aunque el Ministerio de Trabajo apruebe un convenio colectivo, esto no significa que no se puedan cuestionar sus cláusulas si van en contra de la Constitución o de las normas de orden público laboral.¿Por qué es importante esta decisión?
La Justicia explicó que, por ley, todo lo que un empleado recibe por su trabajo es salario, a menos que la ley diga expresamente lo contrario. En este caso, el Convenio Colectivo de Trabajo perjudicaba a los trabajadores, al intentar quitarle el carácter de salario a esos pagos, por lo que la Justicia lo declaró inválido.
Un punto clave del fallo es que dejó claro que, aunque el Ministerio de Trabajo apruebe un convenio colectivo, esto no significa que no se puedan cuestionar sus cláusulas si van en contra de la Constitución o de las normas de orden público laboral.
Finalmente, la Justicia dictaminó que tanto las compensaciones por tarifa telefónica y los viáticos sin justificar, como los pagos por "guardias pasivas" (estar disponible para trabajar fuera del horario habitual), sí deben ser considerados como parte del salario.
LA IMPORTANCIA DE ESTE FALLO RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Esta decisión marca un criterio muy claro: para que un pago periódico a un empleado no sea considerado salario, debe consistir en uno de los supuestos establecidos por la LCT como "beneficios sociales" (art. 103 bis) o ser un reintegro de gastos que esté debidamente documentado (con facturas o recibos).
Si no cumple con estas condiciones, el pago se considerará parte del salario y, por lo tanto, la empresa deberá ingresar al fisco los aportes y contribuciones a la seguridad social correspondientes (jubilación, obra social, etc.).
Este pronunciamiento se encuentra en línea con el Decreto 633/2018 (B.O. 10/07/2018) que prohibió al entonces Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (hoy Secretaría) homologar o registrar convenios colectivos de trabajo que contengan sumas o conceptos de naturaleza salarial sobre los que las partes acuerden otorgarle carácter no remunerativo.
Por Dr. Julián Ortiz Alonso, abogado gerente a cargo del Dpto. de Seguridad Social de Lisicki, Litvin & Abelovich.
https://www.iprofesional.com/impuestos/430380-la-justicia-del-trabajo-rechazo-a-telefonica-el-pago-de-asignaciones-no-remunerativas
CRONOLOGÍA de la Causa Vialidad: desde las primeras denuncias a la CONDENA firme de CFK
A continuación, una cronología detallada de la causa Vialidad, incluyendo denuncias, cargos, juicios, condenas y apelaciones:
2008
La Denuncia inicial: La causa se origina con una denuncia presentada por la oposición, liderada por Elisa Carrió, sobre presuntas irregularidades en la adjudicación de obras públicas en Santa Cruz a favor del empresario Lázaro Báez durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner (2003-2015).
2016
Reactivación de la causa: la denuncia se reactiva durante el gobierno de Mauricio Macri con una auditoría de Vialidad Nacional, liderada por Javier Iguacel, entonces titular de la institución. Iguacel presenta una nueva denuncia por presunto direccionamiento de 51 obras viales en Santa Cruz a empresas de Báez.
27 de diciembre de 2016: el juez federal Julián Ercolini procesa a Cristina Kirchner, Julio De Vido, José López, Lázaro Báez y otros exfuncionarios por los delitos de asociación ilícita y administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. Se traban embargos por 10.000 millones de pesos para Cristina y De Vido. La investigación estuvo a cargo de los fiscales Gerardo Pollicita e Ignacio Mahíques.
2017:
14 de septiembre: La Sala I de la Cámara Federal porteña, con los jueces Jorge Ballestero y Leopoldo Bruglia, confirma los procesamientos.
2 de noviembre: La Cámara de Casación Penal, con las firmas de Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, ratifica los procesamientos.
2018:
2 de marzo: El juez Ercolini cierra la instrucción y eleva la causa a juicio oral.
2019:
Mayo: Comienza el juicio oral y público en el Tribunal Oral Federal N° 2 (TOF 2), integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso. Se investigan irregularidades en la concesión de 51 obras viales en Santa Cruz, adjudicadas a empresas de Lázaro Báez, por un perjuicio al Estado estimado en más de 1.000 millones de dólares.
Diciembre: Cristina Kirchner declara como indagada, se niega a responder preguntas de la fiscalía y denuncia al tribunal como parte de un "lawfare" (persecución política, mediática y judicial).
2020:
Marzo a agosto: El juicio se interrumpe por la pandemia de COVID-19. Se reanuda en agosto de forma virtual.
2022:
Agosto: Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola concluyen sus alegatos tras nueve audiencias, solicitando 12 años de prisión para Cristina Kirchner por ser la presunta jefa de una asociación ilícita y por administración fraudulenta, además de inhabilitación perpetua para cargos públicos. También piden condenas para otros acusados, como 12 años para Báez, 10 para De Vido y López, y penas menores para otros exfuncionarios.
8 de agosto: La defensa de Cristina presenta una recusación contra el juez Giménez Uriburu y el fiscal Luciani, que es rechazada.
19-23 de septiembre: La defensa de Cristina, liderada por Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, presenta su alegato, cuestionando la falta de pruebas directas, la validez del informe de Vialidad Nacional y la acusación de asociación ilícita. Cristina alega en su defensa, denunciando un "pelotón de fusilamiento" y acusando a los fiscales de prevaricato.
29 de noviembre: Cristina pronuncia sus últimas palabras en el juicio, reiterando que el tribunal es un "pelotón de fusilamiento" y que la condena es parte de una persecución política.
6 de diciembre: El TOF 2 dicta el veredicto:
— CONDENAS: Cristina Kirchner, Lázaro Báez, José López y Nelson Periotti son condenados a 6 años de prisión por administración fraudulenta, con inhabilitación perpetua para cargos públicos. Otros exfuncionarios de Vialidad de Santa Cruz (Juan Carlos Villafañe, Raúl Pavesi, José Santibáñez, Mauricio Collareda y Raúl Daruich) reciben penas de entre 3 y 5 años.
— Absoluciones: Cristina y los demás acusados son absueltos del delito de asociación ilícita, al no probarse una finalidad delictiva exclusiva. Julio De Vido, Abel Fatala y Héctor Garro son absueltos. Carlos Kirchner es sobreseído por prescripción.
La sentencia no es firme y puede ser apelada.
Cristina Kirchner es la segunda mandataria en democracia en ser condenada después de Carlos Saúl Menem, quien recibió una pena de siete años de cárcel por venta de armas.
2023:
Marzo: Los fundamentos de la sentencia (1.600 páginas) son publicados. Las defensas y la fiscalía solicitan una prórroga para apelar, que es concedida por 30 días hábiles.
24 de abril: La defensa de Cristina, a cargo de Beraldi y Llernovoy, apela la condena ante la Cámara de Casación Penal, solicitando la absolución por falta de pruebas directas y argumentando que los actos imputados eran políticos no judiciables.
31 de mayo: La Cámara de Casación, con jueces Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, rechaza la recusación de la defensa contra ellos, confirmando que revisarán la condena.
2024:
29 de septiembre: Fuentes judiciales indican que la Cámara de Casación está próxima a confirmar la condena de Cristina a 6 años de prisión, con un voto en disidencia de Gustavo Hornos, quien aboga por sumar el delito de asociación ilícita (12 años).
13 de noviembre: La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal (jueces Mariano Borinsky, Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos) confirma la condena de Cristina Kirchner a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua por administración fraudulenta, con un perjuicio al Estado estimado en 85.000 millones de pesos. También se confirman las condenas de Báez, López, Periotti y otros exfuncionarios, así como las absoluciones de De Vido, Fatala y otros. Hornos, en minoría, insiste en el delito de asociación ilícita. La sentencia aún no es firme, y Cristina no irá presa ni estará inhabilitada para candidaturas hasta la resolución de la Corte Suprema.
2025:
Febrero: Las partes tienen hasta el viernes de la primera semana de febrero para presentar recursos ante la Corte Suprema. La defensa de Cristina pide la absolución, mientras que el fiscal Mario Villar solicita agravar la condena a 12 años por asociación ilícita.
24 de marzo: La Cámara de Casación rechaza el recurso extraordinario federal presentado por la defensa de Cristina para acudir a la Corte Suprema, argumentando que no refuta todos los fundamentos de la sentencia. La defensa presenta un recurso de queja ante la Corte Suprema.
1 de abril: La defensa de Cristina presenta un nuevo recurso ante la Corte Suprema, alegando irregularidades como la falta de imparcialidad de los jueces, la ausencia de pericias sobre las 51 obras y la inclusión de pruebas no tratadas en el juicio (como mensajes de WhatsApp de José López). También se recusa al juez Ricardo Lorenzetti por haber anticipado su intención de resolver rápidamente.
15 de mayo: El Procurador General Eduardo Casal presenta un dictamen solicitando a la Corte Suprema que condene a Cristina a 12 años por asociación ilícita, apoyando la postura del fiscal Mario Villar.
2 de junio: Cristina Kirchner anuncia que será candidata por la tercera sección electoral, que incluye 19 municipios del Área metropolitana de Buenos Aires, un bastión peronista que la líder política busca movilizar con vistas a las elecciones legislativas nacionales de medio término que tendrán lugar en octubre. Si es electa, obtendrá inmunidad parlamentaria, lo que podría protegerla de causas judiciales en curso.
4 de junio: La Corte Suprema rechaza la recusación contra Lorenzetti, permitiendo que los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Lorenzetti decidan sobre el recurso de queja. No hay plazos definidos para la resolución.
9 de junio: Cristina Kirchner a la sede del Partido Justicialista, que ella preside, para definir estrategias junto a su equipo ante un posible fallo del máximo tribunal de justicia. "Estar presa es un certificado de dignidad", afirmó ante partidarios.
10 de junio: La Corte Suprema dejó firme la condena a seis años de prisión para Cristina Kirchner, al rechazar por unanimidad los recursos presentados por la defensa.
El máximo tribunal, integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó cada uno de los argumentos del recurso de queja presentados por la ex mandataria y sostuvo que "el debido proceso ha sido salvaguardado" y que "la encausada obtuvo una sentencia fundada en ley".
Además, se ratificó su inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, por lo que la ex mandataria no podrá ser candidata a diputada bonaerense por la Tercera Sección electoral en las elecciones legislativas del 7 de septiembre.
La Corte también dejó firme la absolución por el delito de asociación ilícita, al desestimar el recurso del Ministerio Público por considerarlo "inadmisible" según el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial.
Según el fallo, "las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida", además de remarcar que Fernández Kirchner "relegó la ventaja económica para la administración pública por la ventaja económica para intereses particulares".
Fuente PERFIL.COM
https://www.youtube.com/watch?v=LXKnVC7opA8
domingo, 8 de junio de 2025
CUBA DOLARIZÓ parte de las TARIFAS DE CELULAR y provocó una ola de protestas y malestar
De ahora en más, se permitirá una sola carga mensual a un precio básico de 360 pesos (2,50 dólares). A partir de ahí, cada recarga subirá a valores superiores a cualquier jubilación mensual y cercana a un salario promedio. El objetivo obvio es impulsar las recargas en divisas desde el exterior.
"Esto es casi una política neoliberal, que significa un aumento de tarifas y precios y congelamiento de salarios y pensiones. El problema no es el valor de las tarifas, si no que no hay aumentos de salarios desde 2021 y la inflación ha sido de tres dígitos. La gente ya no tiene dinero", resumió a TN el economista Omar Everleny, profesor titular de la Universidad de La Habana y exdirector del Centro de Estudios de la Economía Cubana,
CÓMO SERÁN LAS NUEVAS TARIFAS DE TELEFONÍA MÓVIL EN CUBA
Cuba vive hoy una crisis peor a la sufrida tras el colapso de la Unión Soviética. Con apagones diarios, servicios obsoletos y escasez de transporte y alimentos, la migración ha marcado récords en los últimos años.Las nuevas tarifas, anunciadas por la empresa de telecomunicaciones ETECSA y en vigencia desde el viernes pasado, implican una fuerte alza para los usuarios que excedan un paquete básico, drásticamente limitado a 6GB por mes y que se paga en pesos.
El que quiera realizar recargas deberá abonar sumas que, en la mayoría de los casos, exceden el salario promedio de un cubano. El paquete más barato es uno de 3GB por 3360 pesos cubanos (equivalente a 28 dólares). El más caro, por 15 GB, asciende a 11.500 pesos (95 dólares).
El salario promedio ronda los 5700 pesos (unos 47 dólares), pero un jubilado puede ganar 1500 pesos (12,5 dólares) y el sueldo mínimo apenas sobrepasa los 2100 pesos (17,5 dólares).
"El problema es que usamos internet para todo, para hablar, negociar y estudiar. Todos estudian con manuales digitales. Hasta ahora podías recargar con tarjetas de 120, 250 y 500 pesos. Ahora quise recargar con los nuevos precios, pero no me deja. Te obligan a que un familiar lo haga desde el exterior para recaudar dólares", dijo a TN una habanera llamada Miriam y que pidió mantener su apellido anónimo.
Estas recargas internacionales se realizan a través de empresas como Cuballama, Cubatel o Katapulk, con sede en Estados Unidos y que tienen licencias de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC). Los envíos no violan el embargo estadounidense porque están destinados a financiar la comunicación del pueblo cubano, aunque la empresa es monopólica y estatal.
El paquete básico autorizado sirve para pocos días y mucho menos para los estudiantes o científicos.
En ese escenario, la Federación Estudiantil Universitaria (FEU, oficial) de la Facultad de Matemática y Computación advirtió que "las explicaciones ofrecidas en los espacios de debate entre órganos estudiantiles y directivos de ETECSA no han dado soluciones factibles a los reclamos del pueblo".
Por ello, "convocamos, a partir del miércoles 4 de junio, a los estudiantes a no asistir a las actividades docentes en forma de protesta", dijo la organización en un comunicado divulgado en su canal de Telegram. La nota posteriormente pasó a privado, pero fue vista por la agencia de noticias AFP.
Además, la FEU invitó "a la dirección de nuestra Universidad de La Habana a reconocer legítima esta protesta en función de (...) evitar la tergiversación en nuestras revolucionarias y honestas intenciones".
No fue la única en alzar la voz. En otro comunicado, la Facultad de Filosofía, Historia y Sociología se sumó "a la exigencia de la Facultad de Matemática y Computación de revocación total de las nuevas medidas impuestas por ETECSA".
La dirección de la Universidad de La Habana respondió a través de Facebook: "Que nada ni nadie interrumpirá nuestros procesos docentes con convocatorias totalmente alejadas del espíritu que ha animado los intercambios con las organizaciones estudiantiles y juveniles".
Pero también la Asociación Hermanos Saíz, que agrupa a jóvenes artistas e intelectuales, se sumó al descontento y dijo que las nuevas tarifas tornan el acceso frecuente a internet "insostenible para muchos creadores".
FUERTES PROTESTAS EN LAS REDES SOCIALES
Pero la medida no logró calmar el descontento de la población. Las redes sociales están que arden. "Usted no puede transmitir en vivo las protestas, se venció su paquetico de megas. Para una nueva compra elija un paquete extra. Ah no, verdad que no puede pagarlo", ironizó un cubano en la cuenta de Facebook de la plataforma opositora Archipiélago.
Otro escribió: "Es muy lindo y sorpresivo lo que está pasando con los universitarios en protesta. Aunque no llegue a mucho más y se quede en ese gesto, nos devuelve por un instante la esperanza".
"UNA MEDIDA DESESPERADA"
En su diálogo con TN, Everleny dijo que las nuevas tarifas "no tienen ninguna relación con los ingresos de la población. Lo que quieren es una política que, a costa de más sacrifico, logre mejorar la eficiencia de una empresa estatal".
"Es una medida desesperada y que afecta directamente al poder adquisitivo de la población que está en su peor momento. En medio de la escasez de petroleo, combustible doméstico, grandes apagones, falta de alimentos y transporte, ¿cómo van a tomar una medida que va a afectar el bolsillo de la gente", se preguntó.
Para el economista, más allá de los estudiantes y científicos para quienes internet es un servicio esencial, "una persona que esta con 22 horas de apagón, el único aliciente que tenía era estar comunicado con el mundo".
Compra de TELEFÓNICA por parte De TELECOM: la Justicia anuló la suspensión preventiva .
A fines de marzo el Gobierno había dispuesto que durante seis meses la empresa de telecomunicaciones se abstuviera de integrar a su estructura o tomar decisiones sobre los activos locales de Telefónica.
"Hoy, la Sociedad fue notificada de la resolución que resolvió: conceder con efecto suspensivo la apelación de Telecom Argentina y ordenar al Secretario de Industria y Comercio que se abstenga de disponer cualquier medida que sea contraria al efecto suspensivo", informó Telecom en una comunicación enviada este jueves a la Comisión Nacional de Valores (CNV).
La apelación había sido presentada luego de que el 21 de marzo el Ejecutivo suspendiera preventivamente la fusión entre ambas compañías. Esa resolución, justificada por "posibles efectos sobre la competencia", frenó en seco una operación anunciada apenas semanas antes, el 24 de febrero, por u$s1.250 millones.
El Gobierno había alertado que, de concretarse, la integración generaría una concentración del 61% en telefonía móvil, 69% en telefonía fija y hasta 80% en servicios de Internet residencial en algunas regiones del país
el propio presidente Javier Milei fue uno de los primeros en expresar su rechazo público a la fusión: "Podría dejar el 70% de los servicios de telecomunicaciones en manos de un solo grupo económico".
El anuncio del acuerdo por la compra se hizo tras un proceso exprés iniciado por Telefónica España con el banco JP Morgan como intermediario. También pujaron por los activos América Móvil (Claro), la francesa Iliad, la estadounidense Liberty Global y la operadora Tigo (Millicom). Sin embargo, fue Telecom la que logró cerrar el acuerdo. Para financiarlo, la empresa recurrió a préstamos por u$s1.170 millones otorgados por un consorcio liderado por BBVA, Deutsche Bank, Santander e ICBC.
La toma de control fue inmediata. Ese mismo día, Marcelo Tarakdjian -CEO de Telefónica Móviles Argentina- informó a los empleados que "el nuevo accionista se hará cargo de la operación a partir de mañana mismo" y presentó su renuncia. En su lugar fue designado Gabriel Speratti, ex directivo de Microsoft, Nokia y American Tower.
Desde la perspectiva empresarial, la adquisición representó un paso lógico en el camino de concentración del sector: ya en 2017, Telecom había absorbido Cablevisión, lo que marcó el inicio de su reconversión en un operador convergente de telecomunicaciones y contenidos.
La transacción también trajo implicancias estructurales: entre Personal y Movistar, el nuevo grupo pasaría a concentrar más de 41 millones de líneas móviles sobre un total estimado de 60 millones en todo el país. A eso se suman los vínculos históricos de ambas empresas con la antigua EnTel, cuya infraestructura volvería a estar bajo un mismo paraguas privado, aunque regulado.
LA POSTURA DE JAVIER MILEI SOBRE LA FUSIÓN DE TELECÓM CON TELEFÓNICA
En el plano político, la movida encendió las alarmas en la Casa Rosada. Según trascendió, incluso hubo intentos por convencer a Starlink -la firma satelital de Elon Musk- de intervenir en el proceso como posible comprador. Pero el anuncio se formalizó un lunes y, pocos minutos antes, Milei publicó en su cuenta de X una crítica directa: "Clarín: la gran estafa argentina".
El mandatario aseguró que "quieren quedarse con el 70% de las telecomunicaciones argentinas", y acusó al holding de presionar gobiernos para obtener beneficios. "Cuando Clarín nos ataca, sepan que la razón es esta. Quieren controlar las comunicaciones de todo el país. Pero en el fondo no me están atacando a mí. Te están atacando a vos", sentenció.
Desde el punto de vista regulatorio, el marco legal no prohíbe expresamente esta clase de concentraciones. El decreto 731/89, firmado durante el menemismo, solo establece una "preferencia" por operadores múltiples, pero permite la concesión total a un solo actor, siempre que obtenga aprobación del Poder Ejecutivo. Es decir, con un simple decreto presidencial, el Gobierno puede autorizar o frenar la operación.
De momento, la batalla está judicializada. El fallo que favorece a Telecom suspende la aplicación de las restricciones ordenadas por la Secretaría de Comercio, lo que podría allanar el camino para que el holding continúe con su estrategia de expansión, al menos hasta que haya una definición final del caso. /iProfesional
miércoles, 4 de junio de 2025
Estados Unidos CAMBIÓ LA JUBILACIÓN para siempre: esta es la nueva edad para cobrar el Seguro Social y el ingreso máximo
Planificar la jubilación nunca ha sido tarea sencilla, pero en 2025 el desafío es aún mayor.Con un sistema que premia la paciencia y castiga el apuro, la Administración del Seguro Social (SSA) establece diferencias notables en los pagos mensuales que reciben los ciudadanos estadounidenses según la edad en que decidan retirarse.
SEGURO SOCIAL: ¿A QUÉ EDAD CONVIENE JUBILARSE?
Retirarse a los 62 años puede parecer atractivo, pero conlleva un sacrificio económico considerable. En ese caso, el pago máximo mensual ronda los $2,831 dólares. En cambio, quienes logran aguantar hasta los 70 años pueden obtener hasta $5,108 dólares por mes, es decir, casi el doble.
Este salto en los ingresos no es casual. Se debe a los créditos por jubilación diferida, una política que recompensa a quienes postergan su retiro más allá de la edad plena, que para la mayoría de los trabajadores nacidos después de 1960 se ubica en los 67 años.
¿CÓMO CALCULA LA SSA TU CHEQUE MENSUAL?
El monto final que paga el Seguro Social no se determina al azar. Existen tres factores clave que inciden directamente en el beneficio:
Historial de ingresos: Se toman en cuenta los 35 años de mayores ganancias, ajustados por inflación.
Edad de jubilación: A mayor edad, mayor beneficio.
Créditos por demora: Cada año que se retrasa la jubilación después de los 67 años, se suma entre un 7% y un 8% extra al pago mensual.
Por eso, no se trata solo de cuándo quieres dejar de trabajar, sino también de cómo te has preparado financieramente para ese momento.
RETIRARSE ANTES O DESPUÉS: VENTAJAS Y DESVENTAJAS
Quienes deciden jubilarse temprano obtienen una ventaja clara: acceso inmediato a los beneficios. Pero eso tiene un precio. El monto mensual se reduce de forma permanente, y la pérdida puede superar el 30% respecto a quienes esperan hasta la edad plena.
En cambio, quienes postergan su retiro más allá de los 67 años reciben un aumento anual acumulativo. Este beneficio deja de crecer a los 70 años, momento en que conviene comenzar a cobrar sí o sí, ya que no habrá mejoras adicionales.
Fuente: Cronista.com