miércoles, 6 de octubre de 2010
Néstor Kirchner en la Biblioteca Nacional -Videos
"Es triste ver a una oposición dependiente, de empelados sin ideas de estos grupos corporativos que tanto daño le hacen al país".
"No se puede dejar en manos de la oposición el manejo del Estado porque estaríamos al borde del abismo nuevamente; se producirá una nueva crisis y lo advertimos"
"El pueblo, sin embargo, es sabio. Estamos fuertemente consolidados y nos va a ir muy bien, excelentemente, en el 2011"
Fuente:http://yobancoanestor.blogspot.com/2010/10/nestor-en-la-biblioteca-nacional.html
martes, 5 de octubre de 2010
Sala IX, "Asociación Gremial de Trabajadores de Subterráneo y Premetro.” Sentencia
Ministerio Público de la Nación "ASOCIACIÓN GREMIAL DE TRABAJADORES DE SUBTERRÁNEO Y PREMETRO C/ MINISTERIO DE TRABAJOS/ LEY DE ASOC. SINDICALES" EXPTE. N° 46.714/2009 - SALA IX EXCMA. CÁMARA: La Asociación Gremial de Trabajadores de Subterráneos y Premetro interpuso una acción, fundada en el art. 62 inciso d) de la Ley 23.551, tendiente a obtener su simple inscripción gremial, ante una suerte de denegatoria tácita en que habría incurrido el Ministerio de Trabajo de la Nación, pese al vencimiento de los plazos previstos por el art. 22 de la citada norma y la falta de respuesta al amparo por mora, resuelto por el Señor Juez Nacional de Primera Instancia del Trabajo a cargo del Juzgado Nro. 79, en una sentencia que fuera confirmada por la Alzada (ver fs. 2/5 y fs. 1 y sgtes. del Expediente Nro. 26954/2009, agregado por cuerda). Luego de tramitada la pretensión, de acuerdo con las disposiciones del procedimiento ordinario de la Ley 18345 (ver fs. 9, fs. 10 y sgtes.) y de agotado el proceso de conocimiento (ver fs. 303 y sgtes.), V.E. solicita mi opinión acerca de la viabilidad de la demanda (ver fs. 324). La lectura atenta del Expediente Nro. 13447191/09, al que se encuentra agregado la actuación Nro. 1290101, pone de relieve que el 05/09/08 la Asociación Gremial de Trabajadores de Subterráneo y Premetro solicitó su simple inscripción gremial, como ente de primer grado, en los términos del Título VI de la Ley 23551. El 03/11/08, la Señora Jefa del Departamento de Estructura Sindical consideró que estaba acreditada la representatividad del ente y que no surgían observaciones legales, por lo que correspondía, de conformidad con lo previsto por el art. 21 de la Ley 23551 y por el art. 19 del Decreto reglamentario Nro. 467/88, dictar una resolución expresa otorgando la inscripción gremial correspondiente y la aprobación del estatuto social (ver fs. 109/110 del expediente administrativo agregado por cuerda). La Señora Subdirectora Nacional de Asociaciones Sindicales, el 18/11/08, remitió a consideración de la Secretaría de Trabajo, el proyecto por el cual se aprobaba el pedido de inscripción gremial formulado por la demandante y el 28 de noviembre del mencionado año, la Señora Secretaria de Trabajo, Dra. Noemí Rial, elevó al Señor Ministro el proyecto de resolución mediante el cual se inscribía en el Registro de Asociaciones Sindicales, a la Asociación Gremial de Trabajadores de Subterráneo y Premetro, con carácter de "primer grado" y para agrupar a los trabajadores que presten servicios en relación de dependencia en el transporte público al que alude la nominación y a los jubilados que, al momento de obtener el beneficio previsional, se encontraran afiliados (verfs. 112). He descripto estas circunstancias, a las que ya hiciera mención en el Dictamen Nro. 49.232 recaído el 26/10/09 en autos "Asociación Gremial de Trabajadores de Subterráneo y Premetro el Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación s/ Amparo por mora", para destacar con especial énfasis que no existe objeción alguna en el ámbito administrativo a la configuración de los requisitos previstos por los arts. 21 y 22 de la Ley 23551 y 19 del Decreto Nro. 467/88 y que, por ende, correspondía que la Autoridad Administrativa del Trabajo dispusiera la inscripción en el plazo de 90 días que, en el mejor de los supuestos para el Poder Público, debería haberse computado desde el 28/11/08. Al respecto, creo necesario recordar que no es facultativo para el Ministerio de Trabajo de la Nación conceder o denegar una inscripción, cuando el mismo Poder Público admite la configuración de los razonables requisitos legales y que la demora compromete los derechos emergentes de la libertad sindical. No se discute el carácter supralegal del Convenio Nro. 87 de la Organización Internacional del Trabajo, que establece que los trabajadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes y que las autoridades públicas deben abstenerse de toda intervención que tienda a evitar o entorpecer su ejercicio legal (arts. 2 y 3). Tal como lo destacara la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la Sentencia dictada el 11/11/2008 en autos "Asociación de Trabajadores del Estado c/Ministerio de Trabajo s/ Ley de Asoc. Sindicales", el derecho de asociación como pauta básica y elemental de la libertad sindical, ha sido consagrado en una sucesiónininterrumpida de instrumentos internacionales que desde 1994 tienen jerarquía constitucional y, tanto la Declaración Americana de los Derechos del Hombre, en su artículo 23, como la Declaración Universal de Derechos Humanos y los dos Pactos Internacionales de 1966, afirmaron el derecho de toda persona a fundar sindicatos sin limitaciones y a afiliarse al de su elección, con sujeción únicamente a los estatutos, para promover y proteger sus intereses. El artículo 8 del Pacto Internacional de Derechos Económicos sociales y culturales vedó a los Estados obstaculizar el derecho a la creación y funcionamiento de los sindicatos, y aun sin recurrir a dichas normas de cúpula en la pirámide jurídica, es insoslayable lo previsto en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional en cuanto garantiza la organización sindical libre y democrática sin condicionamientos para su registración. Sentado lo expuesto, surge muy claro que asiste razón a la demandante y no se advierte ninguna razonabilidad en una demora que conspira contra la libertad sindical y que no ha podido ser remediada, pese a los reiterados pedidos de pronto despacho y al ya citado amparo por mora, que fuera admitido por el órgano jurisdiccional. Creo necesario poner de relieve que la intervención del Poder Judicial para conjurar la omisión no significa una injerencia en las potestades de la autoridad administrativa, porque, como ya lo he advertido, ésta afirmó, en dos oportunidades, que la Asociación Gremial de Trabajadores de Subterráneo y Premetro había cumplido con todos los requisitos previstos por el ordenamiento legal. Sólo se trata de reparar la grave lesión a las garantías constitucionales que implica una omisión condicionante de la existencia misma del derecho a fundar con libertad la organización sindical que los trabajadores elijan con la tipología que éstos consideren eficaz para la defensa de los derechos. Advierto, asimismo, que nada de lo acontecido con posterioridad a la providencia del 28/1 1/08, suscripta por la Señora Secretaria de Trabajo, justifica la omisión de una inscripción que, reitero, tiene un plazo legal determinado que surge del propio art. 22 de la Ley 23.551 y no se expone ninguna explicación idónea en el responde, ya que el Ministerio de Trabajo de la Nación se limita a reseñar lo acontecido y a sostener, de manera dogmática, que la petición "continúa en trámite'. Es indispensable aclarar que la demandante sólo pretende su inscripción y que no subyace una controversia de personería gremial, ni una disputa de mayor representación que justifique citar a la Unión Tranviaria Automotor, que carece de todo interés legítimo para un trámite que no se proyecta sobre sus derechos exclusivos emergentes del artículo 31 de la Ley 23551 y que nadie discute. Como es sabido, las simples inscripciones de las entidades sindicales no son trámites bilaterales contenciosos y éste ha sido el criterio vertido por esta Fiscalía General en el dictamen obrante a fs. 298, al que esa Sala IX adhirió expresamente en la Sentencia Interlocutoria dictada el 20/04/2010 que obra a fs. 299 y que el Ministerio de Trabajo de la Nación ha consentido (ver fs. 301 y sgtes.). La claridad de lo acontecido exime de mayores fundamentos y, por lo tanto, considero que asiste razón a la actora y que V.E. debería dictar una sentencia definitiva ordenando la simple inscripción gremial de la Asociación Gremial de Trabajadores de Subterráneo y Premetro en los términos de los reiteradamente citados arts. 21, 22 y 23 de la Ley 23551. Tenga V.E. por evacuada la vista. Buenos Aires, 7 de septiembre de 2010. Eduardo O. Alvarez Fiscal General SENTENCIA DEFINITIVA N 11.737/10 EXPEDIENTE N°: 46.714/09 SALA IX En la ciudad de Buenos Aires, 14 de septiembre de 2010 para dictar sentencia en los autos: "ASOCIACIÓN GREMIAL DE TRABAJADORES DE SUBTERRÁNEO Y PREMETRO C/ MINISTERIO DE TRABAJO S/ LEY DE ASOCIACIONES SINDICALES", se procede a votar en el siguiente orden: El Dr. Alvaro E. Balestrini dijo: I- La parte actora interpuso una acción en los Términos del art. 62 inciso d) de la Ley 23.551, tendiente a obtener la simple inscripción gremial, ante la denegatoria tácita en que habría incurrido el Ministerio de Trabajo de la Nación, frente al vencimiento de los plazos previstos en el art. 22 de la ley citada y ante la falta de respuesta al amparo por mora que fuera resuelto por el Sr. Juez Titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n°79, resolución confirmada por la Sala X de esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo obrante a fs. 67/68 del expediente n° 26.954/2009 que obra por cuerda. La accionada a f s. 282/289 contesta la acción invocando Inexistencia de denegatoria tácita, relatando las particularidades de la causa en sede administrativa, y solicitando la citación de tercero en los términos del art. 94 del CPCCN de la Unión Tranviarios Automotor(U.T.A.),con expresa oposición de la accionante, petición que fuera rechazada con adhesión al dictamen Fiscal de fs. 298, por sentencia interlocutoria n° 11.737 dictada por esta Sala con fecha 20/4/2010 (ver fs. 299). Cumplido el trámite previsto en la Ley 18.345, agotado el proceso de conocimiento, y requerida la opinión del Ministerio Público Fiscal, se expidió a tenor del dictamen obrante a fs. 326/327. II.- Que, conforme los términos del dictamen N°51.135 de fecha 7 de septiembre de 2010, a cuyos fundamentos adhiero, comparto y me remito en razón de brevedad, resultando estos integrantes del presente pronunciamiento, considero que en los términos previstos en los arts 21, 22 y 23 de la ley 23.551 corresponde ordenar la simple inscripción gremial de la Asociación Gremial de Trabajadores de Subterráneos y Premetro. Cabe memorar, tal como ha sostenido el-Sr. Fiscal, que no existe, en atención a las constancias de la causa, justificación alguna para impedir la inscripción que se peticiona toda vez que de las actuaciones administrativas obrantes en autos y anexadas por cuerda a estos (actuados Expte administrativo n° 134471791/09 del Ministerio de Trabajo en el que se encuentra agregada la actuación n° 1290101 mediante la cual el 5/9/2008 la actora solicitó su simple inscripción gremial, como ente de primer grado en los términos del Titulo VI de la ley 23.551), emerge el cumplimiento de todos los requisitos previstos en el ordenamiento legal, procurándose con la resolución que adelantara, reparar la lesión de las garantías constitucionales que derivan de una omisión condicionante de la existencia del derecho a la libertad de organización sindical de los trabajadores que con la tipología que consideran eficaz, elijen para la defensa de sus derechos. Sólo a los fines de abundar, y teniendo en cuenta que en la pretensión no subyace una controversia tendiente a obtener la personería gremial de la entidad peticionante ni una eventual disputa por la mayor representatividad, resultando éste un trámite que no se proyecta sobre los derechos exclusivos derivados del art. 31 de la Ley 23.551 que detenta la Unión Tranviaria Automotor, corresponde finalmente y en virtud de lo dictaminado por el Sr. Fiscal General ante esta Cámara, ordenar la simple inscripción gremial de la Asociación Gremial de Trabajadores de Subterráneo y Premetro en los términos de los arts. 21, 22 y 23 de la Ley 23.551. Asi lo voto. III-En virtud del modo de resolverse la cuestión, corresponde imponer las costas del proceso a cargo de la parte demandada (art. 68 1° párrafo del CPCCN) y regular los honorarios por las labores llevadas a cabo por las partes actora y demandada en las sumas de $ 5.000 y $ 4.500.- expresadas éstas a valores de la fecha de la presente resolución confirmación (arts. 6, 7, 8 y concs de la ley 21.839, modificada por la ley 24.432, y en especial, lo dispuesto por el art 38 de la L.O.). El Dr. Mario S. Fera dijo: Por compartir los fundamentos expuestos precedentemente, adhiero al voto que antecede. El Dr. Daniel E. Stortini: no vota (art. 125 L.O.). Por todo ello, conforme el acuerdo que antecede, y lo dictaminado por el Sr. Fiscal General ante esta Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, el Tribunal Resuelve: 1 Hacer lugar a la acción entablada y ordenar al Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social la simple inscripción gremial de la Asociación de Trabajadores de Subterráneo y Premetro. 2) Imponer las costas a cargo de la parte demandada. 3) Regular los honorarios a favor de 1a representación y patrocinio letrado de las partes actora y demandada en las sumas de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) y PESOS CUATRO MÍL QUINIENTOS ($ 4,500), respectivamente y expresadas a valores de la fecha de la presente resolución. Gremial Cópiese, regístrese, ofíciese, notifíquese. Alvaro E. Balestrini - Mario Silvio Fera Publicado en http://ar.groups.yahoo.com/group/uniontelefonica/ |
CTA o CTK . La sombra de la división incentivada...
A lo largo de el último quinqenio el gobierno se ha ocupado de coptar con la magia de su abultada billetera voluntades a su proyecto de poder, en el cual hay evidentemente hijos y enteneados.No políticas de estado porque desde la jibarizacion de la misma no se puede sino tener ciudadanos y grupos de voluntades disciplinadas a los humores y otras prácticas gubernamentales sectarias.
No hay políticas de estado para planificar el futuro del pais; sino lo inmediatez de tener el poder como una entelequia interminable para mantenerse aferrados a la voracidad irracional de sus poseedores.
No hay politicas de estado en lineamientos no inclusivos, sino una clake estable que solo para el aplusometro de lo que sea... Y en este contexto la CTA de Yasky y cia. atada a los designios del Kirchnerismo va camino a un cisma ....se podrá evitar...a ver hagamos un memoria :
La UCR dividada entre los autenticos e históricos y los Radicales K; El ari lo mismo paso con Ocaña ...Los socialistas tambien divididos los unos y los K, El peronismo transversal pseudo -progre mutó al clientelismo de los caciques de gran buenos aires; ante el fracaso de su encriptada destrucción.
La CTA hasta el 23 oficialista... tras Micheli recuperó su identidad; pero entregará YASKY el poder así nomas…en todo este basuraje sobrevuela el estigma de Borocoto...
La maquiavélica e inmoral costumbre de dividir , romper, para someter pasará su prueba en el laberinto de la CTA...??
lunes, 4 de octubre de 2010
Operación Primicia :5-oct-1975 Ataque Montonero al RIM 29 Formosa
De los suburbios de Formosa a la costanera porteña, el bautismo de fuego del Ejército Montonero sigue haciendo ruido 35 años después. La mayoría de los guerrilleros muertos en el ataque al Regimiento de Infantería de Monte 29 el 5 de octubre de 1975, durante el gobierno constitucional de Isabel Perón, ya figura en el Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado; además, por orden de Néstor Kirchner, esos nombres fueron agregados a los listados de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep) y sus parientes cobraron la indemnización prevista por una ley sancionada durante el menemismo, que en marzo de este año ascendía a 620.919 pesos.
El día que la guerrilla peronista utilizó por primera vez su uniforme azul hubo un violento combate que duró media hora, en el cual murieron doce jóvenes argentinos de cada lado, entre ellos diez soldados que a los 21 años cumplían con el servicio militar obligatorio y que para el kirchnerismo parecen haber fallecido en el bando equivocado. Lógicamente, en una provincia donde el oficialismo había ganado la gobernación con el 70 por ciento de los votos, también ellos pertenecían al vasto y heterogéneo movimiento fundado por Juan Perón.
Hoy esos soldados sólo son recordados en Formosa (sus homenajes no cruzan el río Bermejo) y sus padres tienen que arreglárselas con una pensión que en marzo era de 842 pesos. Por ejemplo, los padres de Marcelino Torales, un albañil que quería ser cantante profesional, admiraba a Sandro y murió acribillado en el dormitorio de la Guardia, deberían cobrar ese dinero todos los meses durante 61 años y medio de sus vidas para igualar la cifra que ya recibieron los herederos de cada guerrillero.
En mi nuevo libro, Operación Primicia (Sudamericana), cuento en detalle el audaz ataque de Montoneros; explico los motivos de la guerrilla peronista para deteriorar a la viuda del General; analizo su impacto en la democracia peronista; describo las reuniones entre militares y políticos que fijaron la fecha del golpe del 24 de marzo de 1976, menos de seis meses después, y revelo cómo fue que el kirchnerismo elevó a la categoría de víctimas del terrorismo de Estado a los guerrilleros que murieron durante el intento de copamiento.
Manejos políticos
Obviamente, ni los guerrilleros caídos en Formosa ni sus parientes son responsables de los manejos políticos de los Kirchner, para quienes la historia no son libros viejos: ellos han estirado y modificado el sentido de decretos y leyes de gobiernos anteriores para construir un relato histórico determinado, para fabricar una memoria colectiva sobre nuestro pasado favorable a aquella "juventud maravillosa" de los setenta, de la cual el matrimonio gobernante, sus funcionarios y sus simpatizantes se consideran los legítimos herederos.
Ese relato histórico artificial, esa épica que no existió, permite a los Kirchner soldar sus alianzas con movimientos sociales y organizaciones de los derechos humanos, provee a sus funcionarios de un escudo ético contra las acusaciones sobre supuestos casos de corrupción y les brinda una poderosa herramienta para mantener una presión constante sobre sus adversarios políticos y contra el periodismo que no es oficialista.
También mi libro anterior, Operación Traviata , rescataba un hecho dramático de los setenta que estaba ausente del discurso kirchnerista: el asesinato de José Ignacio Rucci, el secretario general de la CGT, en 1973. Operación Primicia va a contramano de los deseos del oficialismo y de la mayoría de los libros sobre nuestro pasado reciente, que, por distintas razones, siguen evitando una mirada crítica sobre la actividad de los grupos guerrilleros entre 1973 y 1976.
Montoneros acostumbraba a elegir un nombre para sus principales acciones. Así, el secuestro y asesinato del general Pedro Aramburu, que marcó su nacimiento, se llamó Operación Pindapoy, y el asesinato de Rucci, Operación Traviata. El ataque al cuartel de Formosa fue conocido como Operación Primicia debido a que fue el primer ataque de la guerrilla peronista a un cuartel militar, el inicio de la lucha directa contra las Fuerzas Armadas.
"Primicia" es una palabra utilizada por los periodistas para referirse a un hecho valioso que se revela por primera vez. "Queríamos que la prensa y el pueblo se dieran cuenta rápidamente de la importancia de este copamiento a un cuartel, que era el primero por parte de Montoneros e indicaba un salto militar nuestro: la decisión de luchar contra el Ejército, al que veíamos definitivamente tomado por la oligarquía y el imperialismo", me confió un periodista que militó activamente en Montoneros.
El abogado Pedro Velázquez Ibarra, uno de los impulsores en Formosa de los juicios a militares por la violación de derechos humanos, me contó que fue similar la explicación que le dio el ahora diputado ultrakirchnerista Carlos Kunkel cuando en la cárcel, en Resistencia, durante la dictadura, él, que no era montonero, criticó con dureza el ataque al cuartel. Según Velázquez Ibarra, Kunkel le contestó: "La gente tenía que entender que había dos ejércitos: uno, el ejército represor, y otro, el ejército montonero". Kunkel no quiso ser entrevistado para dar a conocer su opinión ni para aclarar algunas cuestiones sobre el tema que circulan en Internet.
Operación Primicia fue una acción que parece salida de un guión cinematográfico. Casi setenta combatientes participaron en forma directa en este operativo, que tuvo cinco fases, algunas de ellas simultáneas: 1) secuestro del Vuelo 706 de Aerolíneas Argentinas, con 102 pasajeros y seis tripulantes, que a la altura de Monte Caseros, Corrientes, fue desviado a la ciudad de Formosa; 2) copamiento del aeropuerto internacional "El Pucú", en la entrada de la capital formoseña, donde los montoneros mataron un agente de policía y tomaron más de doscientos rehenes; 3) asalto al regimiento, el segundo de todo el país de acuerdo con Montoneros. Los guerrilleros imaginaban que los soldados conscriptos no ofrecerían resistencia, pero calcularon mal, ya que en media hora de combate hubo veinticuatro muertos; 4) los guerrilleros que sobrevivieron al ataque se replegaron hacia el aeropuerto y fugaron en el Boeing 737-200 de Aerolíneas, el avión más moderno de la empresa estatal, y en un Cessna 182 de cuatro plazas que sirvió para confundir en el aire a los perseguidores; 5) aterrizaje del avión de Aerolíneas a 700 kilómetros de Formosa, en una pista preparada por otro pelotón en una estancia en Santa Fe, cerca de Rafaela (el Cessna bajó en las afueras de la ciudad de Corrientes, en un arrozal).
El diseño de la operación fue complicado porque Montoneros no tenía un buen desarrollo en Formosa y tuvo que traer todos los combatientes de cinco provincias: Buenos Aires, Santa Fe, Chaco, Corrientes y Misiones, en un total de nueve vehículos, aparte del pelotón formado por siete "cuadros" que secuestró el Boeing 737-200 y del "oficial" que trajo el Cessna 182 desde Resistencia.
Roberto Perdía me contó que la operación fue planificada por el "oficial superior" Raúl Yaguer, más conocido como "El Gringo", "Roque" o "Mario", un ingeniero químico santafesino metódico y cáustico que era el número cuatro de la cúpula de Montoneros. Los tres primeros en la jerarquía, Mario Firmenich, Perdía y Roberto Quieto, aprobaron el ataque.
El asalto al cuartel comenzó aquel domingo a las 16.25, en plena siesta formoseña. La guardia estaba a cargo de un grupo de soldados conscriptos formado por los más pobres, los que no tenían dinero para visitar a sus familias en el interior de Formosa, como Hermindo Luna, que había cambiado su franco por unos pocos pesos con un colega de la capital provincial, y los más generosos, como Edmundo Sosa, un muchacho sin padre que reemplazaba a un camarada que había viajado a Clorinda a ganarse unos pesos cargando bolsas de harina de contrabando a Paraguay; dos semanas antes, Sosa había postergado su baja para que se fuera en su lugar un compañero que ya tenía dos hijos que alimentar. La mayoría de los suboficiales y oficiales estaba de franco y muchos dormían en el barrio militar, frente al cuartel. El jefe, el coronel Dardo Argentino Oliva, había viajado a Resistencia para jugar al polo con sus amigos artilleros.
Los soldados Luna y Sosa fueron dos de los diez conscriptos muertos en el cuartel, junto con un subteniente de 21 años, Ricardo Massaferro, hijo de un mayor retirado que era peronista, había participado en la Resistencia y hasta había brindado entrenamiento militar a grupos montoneros. También murió el sargento primero Víctor Sanabria, un formoseño de 32 años que dejó dos hijos: Carlitos, de 7 años, y Roxana Elizabeth, de once meses.
Persecución y venganza
Luego del ataque, cuando los guerrilleros sobrevivientes ya habían aterrizado en un campo en Santa Fe, patrullas militares salieron de recorrida por toda la ciudad y mataron a tres vecinos formoseños que no habían tenido nada que ver con el intento de copamiento.
Es decir que, en total, fueron veintiocho los muertos en Formosa aquel domingo trágico.
En aquel contexto, encontrar y castigar a quienes los habían desafiado con una operación militar a la que el propio Videla elogia hoy como un "planeamiento magistral poco común", fue una obsesión para muchos jefes militares que detuvieron, interrogaron e incluso mataron a muchos sospechosos sin intervención de la Justicia. Meses después, la dictadura que surgió tras el golpe de marzo de 1976 secuestró, torturó, hizo desaparecer y asesinó, bajo la forma de fugas y tiroteos inventados a muchos sospechosos de haber participado de aquel ataque. Durante años, lo que hoy se conoce como la masacre de Margarita Belén que investiga la Justicia, en la que fueron asesinados 22 presos que estaban siendo trasladados de Resistencia a Formosa, fue presentado por las autoridades militares como un tiroteo durante un intento de fuga. Pero la versión oficial fue desmentida en 2001 por el propio jefe del Ejército, el general Ricardo Brinzoni quien admitió que aquello había sido "Un fusilamiento encubierto de detenidos". Para muchos, una venganza por el ataque al cuartel de Formosa.
Operación Primicia conmovió a la opinión pública, al gobierno, al peronismo y a los militares. Cuando el cuartel de Formosa fue atacado, Isabel Perón estaba de licencia en Ascochinga y la Presidencia era ocupada en forma interina por el titular del Senado, el santafesino Italo Luder.
El gobierno peronista reaccionó al ataque con tres decretos que ordenaron a las Fuerzas Armadas la ejecución de "las operaciones militares y de seguridad que sean necesarias a efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el territorio del país". Todavía hoy, cuando intentan justificar las violaciones de los derechos humanos, los militares dicen que ellos sólo cumplieron con esta orden a pesar de que en 1985, en el juicio a las juntas militares, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal falló en contra de ese argumento.
Luder se basó en el decreto 261, secreto, del 5 de febrero de aquel año, firmado por Isabel y sus ministros, que había delegado en las Fuerzas Armadas la lucha contra la guerrilla en la provincia de Tucumán, donde el ERP, la guerrilla trotskista, buscaba crear una zona liberada.
Carlos Ruckauf era un joven ministro de Trabajo y es uno de los pocos sobrevivientes de aquel gabinete, junto con Antonio Cafiero. Ruckauf recordó que "Luder dijo que había que ampliar el área de influencia de las Fuerzas Armadas a todo el país y que iban a enviarse esos decretos de inmediato al Congreso, y que se iban a mandar, además, dos proyectos de ley que explicaban la forma de aplicar los decretos y el mecanismo de control que iba a haber por parte del poder político sobre las fuerzas militares, que obviamente nunca se ejecutó: los tipos hacían lo que querían e inclusive detenían a compañeros nuestros y no sabíamos qué pasaba".
Oro y bronce
La columna montonera contó con la ayuda de un soldado conscripto, el santafesino Roberto Mayol, que era "oficial segundo" de Montoneros en Santa Fe, donde había dirigido ataques contra la corresponsalía de la agencia estatal de noticias Telam y el Club del Orden, un reducto de la aristocracia local a la que pertenecía su propio padre, un prestigioso abogado.
Mayol había llegado castigado desde el batallón ubicado en Fray Luis Beltrán, cerca de Rosario. El también tenía 21 años y murió en el cuartel; su breve pero intensa juventud permite comprender qué les pasó a tantos como él en aquella época de utopía y violencia. Se había formado con los jesuitas en el Colegio de la Inmaculada Concepción, "La Inmaculada", donde se educa la elite santafesina; venía del progresismo católico, y se destacaba por su carisma.
Mientras los ex conscriptos formoseños lo recuerdan como "el soldado entregador", muchos de quienes fueron montoneros lo consideran un héroe, un mártir, un "cura laico" o por lo menos una víctima del terrorismo de Estado. Lo mismo ocurre con otros guerrilleros muertos en el cuartel, que han sido homenajeados en sus pueblos o ciudades y en los colegios y universidades que frecuentaron. Más relevante aún que eso: ocho de esos doce montoneros figuran en los nuevos listados del Nunca Más como víctimas de "ejecución sumaria", una categoría creada por la Secretaría de Derechos Humanos durante el kirchnerismo.
Dos precisiones: los testimonios recogidos indican que esos jóvenes no fueron fusilados por los militares sino que hasta sus propios compañeros admitieron que murieron durante el ataque al cuartel, y la Conadep fue creada por el presidente Raúl Alfonsín en 1983 para "esclarecer los hechos relacionados con la desaparición de personas" durante la última dictadura. En ese sentido, la periodista Magdalena Ruiz Guiñazú, una de las personalidades que formó parte de la Conadep, recuerda que recibieron denuncias "acerca de aproximadamente 600 secuestros que se habrían producido antes del golpe militar", de las cuales la Conadep no se pudo ocupar porque estaba fuera de su alcance.
Los nuevos listados de la Conadep fueron presentados en la Feria del Libro de 2006 y esos ocho guerrilleros constituyen apenas la punta del iceberg: en total, son 526 las personas que figuran como muertos por "ejecución sumaria" entre los golpes de 1966 y 1976. Allí hay de todo: víctimas de grupos paramilitares; atacantes de comisarías y cuarteles durante las cuatro presidencias constitucionales del peronismo, entre 1973 y 1976; militantes que estaban armando o colocando bombas y hasta un joven que fue fusilado por Montoneros acusado de traidor y delator, en Córdoba.
Por Ceferino Reato
Publicado en http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=1298901
sábado, 2 de octubre de 2010
ALPISTE..El antikirchnerista Micheli ganó las elecciones de la CTA
PERDISTES....El antiKirchnerista Micheli ganó las elecciones de la CTA
La Junta Electoral de la CTA dio a conocer ayer el escrutinio oficial con una ventaja de 18.249 votos a favor de la lista del antikirchnerista Pablo Micheli, aunque con carácter de "provisorio" por las impugnaciones que se resolverán la semana próxima y que hasta ese momento postergarán la asunción de las nuevas autoridades.El escrutinio mostró las mayores diferencias a favor de Micheli en Jujuy (22.322 a 9.210), Tucumán (9.910 a 2.372), Mendoza (6.094 a 1.300), Santiago del Estero (3.555 a 600), Salta (3.623 a 857), Córdoba (4.119 a 1.363), Entre Ríos (6.867 a 2.225), Neuquén (4.337 a 1.041) y una menor en Capital (10.855 a 8.272). Salvo en los últimos dos, la lista encabezada por Yasky presentó reclamos en todos los casos. El sector apoyado por el kirchnerismo ganó Buenos Aires (44.901 a 35.074) y cosechó una amplia ventaja en Santa Fe (22.817 a 4.784), impugnada por Micheli.
viernes, 1 de octubre de 2010
P.P.P. Asamblea Especial del 25/09/10. [Acta de la Asamblea]
Agradecemos desde aquí la concurrencia y el compromiso demostrado.
Se incluye seguidamente la parte pertinente del acta labrada por la Escribana que estuvo presente en el acto:
Los Turrones de la Corte: republicanos o cortesanos
"Nosotros no pusimos a esta Corte para esto…"
Estas expresiones digna de la historia de los desaguisados políticos de frases inolvidables, la dijo nada menos que el secretario legal y técnico del gobierno argentino; Dr. Zannini. El desconocimiento de un fallo de la corte suprema, en el caso de la provincia patagónica del ex. Mandatario es poco menos que un llamado a una desobediencia colectiva. De aquí a la anarquía institucionalizada hay un escaso margen de maniobras para salir indemnes…
Y esto es también un Golpe a la democracia y a la república.
El acto organizado por el Staff y seguidores del actual gobierno argentino, frente mismo al palacio de los tribunales de Justicia el pasado 28 septiembre, con el objeto de acelerar un dictamen favorable a la ley de medios, se constituyó en un ataque no improvisado a uno de los poderes de la Republica: Descalificaciones sistemáticas a quienes tienen una actitud de no genuflexión, distinta u honorable ante los dictados del poder ejecutivo. Recordemos que en argentina la constitución nacional en su artículo 1* establece que adopta para su sistema de gobierno el sistema republicano, representativo y federal….republicano, representativo, y federal;
Republicano... Representativo y .Federal….
En una republica (eso es lo que somos) la característica principal es la división de poderes. Si esto no ocurre la suma del poder público en manos de una persona o grupúsculo sectario, trasforma la republica en un instrumento manoseado por un autoritarismo ajenos al sentir de la voluntad popular expresado periódicamente en las urnas, eligiendo a sus representantes quienes al momento de asumir sus responsabilidades cívicas lo hacen Jurando lealtad y patriotismo: ante dios, los santos evangelios, y
La constitución de la nación argentina…?
Publicado en http://www.lafugazetadesalta.com.ar/noticias/politicas
miércoles, 29 de septiembre de 2010
David Graiver, el banquero de los Montoneros (Lo podes Bajar en PDF)
Se edita por tercera vez este libro, en medio del escándalo por Papel Prensa, uno de los temas ineludibles de la presente investigación periodística. La empresa constituía la "joya reina" del emporio conducido por David Graiver, liquidado en una catástrofe aérea en México, el 7 de agosto de 1976. Clave para la fabricación y el abastecimiento de la materia prima para medios gráficos, a instancias del régimen castrense y luego de aquel presunto homicidio, los diarios La Nación , Clarín y La Razón se adueñaron de la empresa y sus cuantiosos bienes, al cabo de una operación de traspaso puesta en marcha en noviembre de 1976. La denuncia del gobierno enviada a la Justicia debería instaurar si hubo expolio o se trató una transacción regular. Los tribunales son llamados a decidir si los herederos de David Graiver fueron desposeídos violentamente bajo amenazas antes de ser secuestrados, atroz prolegómeno de un cautiverio salvaje, al tiempo que los grandes diarios asumian el dominio de la compañía.
"La venta de Papel Prensa se realizó el 2 de noviembre de 1976, meses antes de que los hermanos Graiver estuvieran detenidos y de que se hubiera hecho pública su vinculación a Montoneros", ha dicho en defensa de los dos matutinos cuestionados, Héctor Magnetto, primus inter pares de Clarín. (Perfil, 15 de agosto de 2010).
Según el INDEC: Disminuyeròn la pobreza y la Indigencia…
.. r``Habría 4.256.000 pobres, de los cuales 1.253.000 serían indigentes. .Por Ismael Bermúdez habría 12.713.000 pobres, de los cuales 4.852.000 serían indigentes, según la consultora Ecolatina Para las mediciones alternativas los números son otros: Estas fuertes diferencias se arrastran desde 2007, cuando el Área de la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) fue intervenida. Y se explican porque los valores de la canasta que utiliza el INDEC para medir tanto la indigencia como la pobreza son sustancialmente más bajos que los de las mediciones de los Institutos Provinciales. Y eso se debe a que el INDEC valoriza esas canastas de acuerdo a la lista de precios oficiales, mientras las mediciones alternativas, como las de los Institutos Provinciales, toman los precios reales pagados por los consumidores. No obstante, por la manipulación de los datos de inflación, sumada a la asignación universal por hijo que se viene aplicando desde fines de 2009, a la reducción del desempleo y al aumento de los ingresos de los trabajadores en negro, se esperaba que la estadística oficial reflejara una caída mayor en ambos indicadores sociales, en especial en la indigencia. Esto no solo no se dio -la caída promedio fue de apenas 0,4 puntos- sino que la indigencia creció en 16 de los 31 distritos de la EPH. Entre ellos se destaca la Ciudad de Buenos Aires, Rosario y La Plata. Y la pobreza aumentó en 12 aglomerados, como en Rosario, La Plata y Neuquén. Así, de la información del INDEC, y contra lo que viene sosteniendo la propaganda oficial, se desprendería que la Asignación Universal por Hijo tuvo un impacto muy marginal en la reducción de la indigencia. Tan así que tras el pago de 3,8 millones de asignaciones, para el INDEC la indigencia se redujo en apenas 156.000 personas: de 1.409.000 a 1.253.000. En cambio, para las mediciones alternativas, la fuerte de suba de los precios de los alimentos neutralizó en gran parte el mayor ingreso que tuvieron las familias por el pago de la Asignación por hijo. La información oficial desagregada marca que el Noreste es la región más critica . Porque, con el 6,4%, tiene el mayor porcentaje de indigencia, aumentó respecto del 6% de la segunda mitad de 2009 y engloba a la ciudad de Resistencia que encabeza el ranking de indigencia con el 8,4%. A su vez, Neuquén registra el mayor crecimiento de indigencia al pasar del 3,5 al 7,4%. Y contra la tendencia de los últimos años, en la Ciudad de Buenos Aires, la indigencia subió del 1,6 al 2,6%. Algo similar pasó en Río Gallegos donde aumentó del 0,4 al 1%. En tanto, en las ciudades más pequeñas- de menos de medio millón de habitantes- la indigencia casi no disminuyó: pasó del 4 al 3,9%. Con relación a la pobreza, el Noreste también encabeza el listado con el 21,8%, con Corrientes en la punta con el 23,5 por ciento. En tanto, Neuquén tuvo un salto muy fuerte al pasar del 8,1 al 14,1% y lo mismo pasó en La Plata al crecer del 9,6 al 13% y en Río Gallegos al subir del 1,1 al 2,7%. En cambio, en la Ciudad de Buenos Aires la pobreza se redujo del 6,1 al 3,7%. Y al registrar una indigencia del 2,6%, se desprende que en la Capital Federal más del 70 por ciento de los pobres serían indigentes. Fuente: : por eso leemos cronica, popular, tiempo, la razon, el argentino y desde ya Pagina..... antes que se agoten..Clarin miente El INDEC informó ayer que en la primera mitad de este año la pobreza bajó de 13,2% a 12%, en tanto la indigencia se redujo del 3,5% a 3,1% . Esto significa que ahora en todo el país, según la estadística oficial, habría 4.256.000 pobres, de los cuales 1.253.000 serían indigentes. Y destaca que estos números "reflejan la continuidad de una pendiente descendente de las tasas que se inicia en el primer semestre de 2003". |
martes, 28 de septiembre de 2010
C. T.A.: La vuelta a las fuentes (Otra derrota K.)
Toda una importantísima bastedad de recursos puso el Gobierno para que el Docente Hugo Yasky ganara la elección de la central de trabajadores argentinos el jueves 24.
Artistas, escritores, correveidiles y lamenbotas de la billetera oficial apostaron a una victoria que por asociacion de rechazo fue una derrota.
Desde Alfredo Alcón, los intelectuales de Carta abierta, hasta N. Galasso, pasando por todos los que de alguna manera reciben las mieles del ejecutivo trabajaron obedeciendo a las directivas impartidas.
El triunfo de Micheli postergado por la negativa al reconocimento del docente K, es tambien una muestra de que la CTA no está exenta de los vicios del tradicional gremialismo argentino. Las denuncias de fraude y cruzadas acusaciones entre las dos listas principales en la contienda desnuda las vísceras ocultas de prácticas que supuestamente no identificaban a esa central de trabajadores.
Los años de oficialismo de Yasky no le produjeron beneficio de inventario a la CTA. ataron sus destino contrariando la prescindencia historia de la misma y además ni siquiera pudieron conseguir la tan ansiada personería gremial, pese a las recomendaciones formales de la O.I.T. Solo los fallos de la corte suprema pudieron abrir una brecha en el férreo y anquilosado sistema jurídico de la legislación sindical. (23.551)
Esperamos el dictamen final de la junta electoral para que Pablo Micheli asuma formalmente la conducción de la C.T.A de los trabajadores…
Posteado de http://eltrabajadortelefonico.blogspot.com/
lunes, 27 de septiembre de 2010
P.P.P.: Entre la Farruca y Don Perignon
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Ejemplo explicativo de la aplicación de los acuerdos. (P.P.P)
Teniendo en cuenta que en el Fondo de Garantía y Recompra existen en la actualidad 42.000.000 (cuarenta y dos millones) de acciones aproximadamente, la aplicación de los acuerdos para distribuir y liquidar dicho fondo, puede resultar de la siguiente forma: Publicado por http://ppptelecom.blogspot.com/ |
domingo, 26 de septiembre de 2010
Cesanteado por Telecom Argentina en terapia Intensiva.
sábado, 25 de septiembre de 2010
José Ignacio Rucci -Secretario General de la C.G.T.: PRESENTE..!!!!!!!!!
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