1. ¿Qué son las Elecciones Primarias?
Las elecciones primarias son un método de selección de candidaturas para cargos públicos electivos nacionales y de habilitación de partidos y alianzas para competir por tales cargos.
Es decir, una o más listas de precandidatos de un mismo partido o alianza compiten entre sí, para conformar la candidatura con la que una agrupación política determinada podrá presentarse en las elecciones nacionales, siempre que haya obtenido entre todas sus listas de precandidatos un umbral de apoyo mínimo equivalente al 1,5% de los votos válidos en el distrito y para la categoría de cargo en la que pretenda competir en los comicios nacionales.
Son OBLIGATORIAS para todos los ciudadanos que tengan 18 años o más a la fecha de la elección nacional y para todos los partidos alianzas que pretendan competir en las elecciones nacionales, aún para aquellos que presenten una única lista.
Son ABIERTAS, ya que todos los ciudadanos participan de la selección de candidatos, sean o no afiliados a un partido político.
Son SIMULTANEAS, ya que se celebran el 14 de agosto en todo el país en un mismo acto electoral, el voto de toda la ciudadanía determina todas las candidaturas a cargos electivos nacionales.
2. ¿Qué se decide en las elecciones primarias?
En las elecciones primarias se elige a quienes pretenden ser candidatos a cargos electivos en las elecciones nacionales.
Los partidos políticos deciden quiénes serán sus precandidatos, pero son los ciudadanos a través de su voto quiénes deciden entre los mismos.
Para participar de las elecciones nacionales, los candidatos deben haberse presentado en las elecciones primarias y obtenidas un umbral de respaldo mínimo equivalente al 1,5% de los votos emitidos en el distrito de que se trate.
De esta manera, se impide que los precandidatos que sean derrotados en una elección primaria, compitan en la elección general, y se evita la proliferación de listas electorales que se crean para cada comicio y que carecen de representación efectiva en la sociedad.
3. ¿Qué se vota en las elecciones primarias?
En las elecciones primarias, los ciudadanos votarán listas de precandidatos para los siguientes cargos electivos nacionales:
· Presidente y Vicepresidente de la Nación, en todo el país.
· 130 Diputados Nacionales, en todas las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
· 24 Senadores Nacionales, en las provincias de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz.
4. ¿Quiénes votan en las elecciones primarias?
Todos los ciudadanos argentinos – nativos, por opción o naturalizados – que tengan 18 años o más a la fecha de la elección nacional, tienen el derecho y el deber cívico de votar en las elecciones primarias.
Esto significa que quienes tengan 17 años, pero cumplan los 18 antes o el mismo 23 de octubre, también deberán votar en las primarias.
5. Las elecciones primarias ¿son obligatorias para quienes no están afiliados a ningún partido político?
Sí, las elecciones primarias son de carácter obligatorio para todos los ciudadanos que tengan 18 años o más al 23 de octubre, se encuentren o no afiliados a algún partido político.
En las primarias, la selección de candidatos no queda reservada exclusivamente a las preferencias de quienes estén afiliados a un partido político en particular, sino que se amplía a las de todos los ciudadanos inscriptos en el padrón electoral nacional.
La inasistencia al sufragio debe justificarse, en caso de enfermedad, causas de fuerza mayor o distancia geográfica, dentro de los 60 días de celebrarse la elección, presentando los correspondientes certificados ante la Justicia Electoral con competencia electoral de su distrito.
6. Si no estoy afiliado a ningún partido político, ¿puedo participar en las elecciones primarias?
Sí, todos los ciudadanos inscriptos en el padrón electoral tienen el derecho y el deber cívico de votar en las elecciones primarias.
No es requisito para participar en ellas la afiliación a un partido, ya que se trata de un nuevo sistema de selección de precandidaturas en el cuales la ciudadanía a través del voto quien define las listas de candidatos y las agrupaciones políticas que competirán en las elecciones nacionales.
Por eso, la participación no sólo de afiliados sino de la ciudadanía en general, generará que los candidatos seleccionados tengan mayor legitimidad social.
7. Si participé de la elección interna del partido político al que me encuentro afiliado, ¿debo votar también en las elecciones primarias?
Sí, las elecciones primarias son de carácter obligatorio para todos los ciudadanos que tengan 18 años o más al 23 de octubre, se encuentren o no afiliados a algún partido político.
El próximo 14 de agosto en todo el país y en un mismo acto electoral, todos los partidos políticos simultáneamente dirimirán sus precandidaturas, para todos los cargos electivos nacionales en disputa.
Las elecciones primarias son el único método habilitante para la selección de candidaturas y de agrupaciones que pretendan presentarse en las elecciones nacionales.
8. ¿Quiénes pueden presentar precandidaturas en las elecciones primarias?
Las agrupaciones políticas -esto es, partidos políticos, alianzas y confederaciones de partidos- son las únicas instituciones habilitadas para postular precandidaturas en las elecciones primarias.
Las precandidaturas deben contar con el aval de un número determinado de afilados a la agrupación política por la que pretendan presentarse.
Este número varía de acuerdo a la categoría de cargo a la que se pretenda presentar precandidatura y se determina en función de un porcentaje del padrón de afiliados o del padrón del distrito, aplicándose el que sea menor.
Así, para postular precandidatos a senadores y diputados nacionales en elecciones primarias, cada precandidatura deberá estar avalada por un número de afiliados no menor al 2‰ del total del padrón del distrito o del 2% del número de afiliados de la agrupación política, el que sea menor.
En tanto, en el caso de las precandidaturas a presidente y vicepresidente de la Nación, el aval mínimo de afiliados requerido es igual al 1‰ de los inscritos en el padrón general, domiciliados en al menos 5 distritos, o al 1% del padrón de afiliados a la agrupación política de 5 distritos a su elección, en los que tenga reconocimiento vigente, el que sea menor.
9. Las agrupaciones políticas que postulen una única lista, ¿también deben presentarse en las elecciones primarias?
Sí. Las elecciones primarias son obligatorias para todas las agrupaciones políticas que pretendan competir en las elecciones nacionales, aún para aquellas que postulen una única lista de precandidatos, dado que son el único método habilitante para la selección de candidaturas y de agrupaciones que se presentarán en las elecciones nacionales.
Las agrupaciones políticas deciden quiénes serán sus precandidatos, pero son los ciudadanos a través de su voto quienes deciden entre los mismos.
De esta manera se impide que los precandidatos que sean derrotados en una elección primaria, compitan en la elección nacional, y se evita la proliferación de listas electorales que carecen de representación efectiva en la sociedad.
Por eso, la participación no sólo de afiliados sino de la ciudadanía en general, generará que los candidatos seleccionados tengan mayor legitimidad social.
10. ¿Quiénes pueden ser precandidatos en las elecciones primarias?
La designación de los precandidatos es una atribución exclusiva de las agrupaciones políticas, a quienes en consecuencia les corresponde determinar los requisitos exigidos para ser precandidato por las mismas-pudiendo incluso postular a extrapartidarios-, debiendo respetar lo establecido en sus cartas orgánicas y en la normativa electoral vigente
No obstante la capacidad de las agrupaciones políticas para determinar requisitos a exigir a sus precandidatos, la normativa nacional prohíbe la postulación de precandidatos en las elecciones primarias a:
· Personas con auto de procesamiento o condena por delitos de lesa humanidad y violaciones a los derechos humanos.
· Personas que desempeñen cargos directivos o fuesen apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras públicas de la Nación, provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipalidades o entidades autárquicas o descentralizadas o de empresas que exploten juegos de azar.
Cabe aclarar que continúan vigentes las demás exclusiones enumeradas en el artículo 33 de la Ley Nº 23.298 Orgánica de los Partidos Políticos.
11. ¿Cuándo y dónde se vota en las elecciones primarias?
Las elecciones primarias se realizarán en todo el país el próximo 14 de agosto, entre las 8 a 18 horas.
En las primarias y en las nacionales se votará en el mismo lugar, pero Como las mesas electorales serán mixtas es muy probable que haya cambiado el lugar de votación respecto de la elección del 2009.
Por ello, se aconseja verificar el lugar de votación a partir del 30 de julio.
· Los padrones provisorios y los definitivos podrán consultarse:
· Telefónicamente, llamando al 0800-999 PADRON (7237)
· Enviando un mensaje de texto (SMS) al 64646, ingresando la palabra "voto" (espacio) y el número de DNI seguido de la letra "M" o "F", según el sexo del elector
12. ¿Cuándo y dónde puedo consultar si estoy inscripto correctamente en el padrón electoral nacional?
Los padrones provisorios podrán consultarse:
· Desde el teléfono celular, enviando un mensaje de texto al 64646, ingresando la palabra "voto" (espacio) y el número de DNI seguido de la letra "M" o "F" según el sexo del elector.
· Telefónicamente, llamando a las líneas gratuitas 0800-999 PADRON (7237)
13. ¿Dónde y cuándo puedo consultar el lugar de votación?
En las primarias y en las nacionales se votará en el mismo lugar, pero como las mesas electorales serán mixtas es muy probable que haya cambiado el lugar de votación respecto de la elección de 2009.
Por ello, se aconseja verificar el lugar de votación y las mesas electorales a partir del 30 de julio.
· Los padrones definitivos podrán consultarse:
o Telefónicamente, llamando al 0800-999 PADRON (7237)
o Enviando un mensaje de texto (SMS) al 64646, ingresando la palabra "voto" (espacio) y el número de DNI seguido de la letra "M" o "F", según el sexo del elector
14. ¿Con qué documento se vota en las elecciones primarias?
Los documentos cívicos habilitantes para votar son los siguientes:
· Documento Nacional de Identidad (tapa verde o celeste).
· Libreta Cívica.
· Liberta de Enrolamiento.
El Nuevo DNI en formato tarjeta NO es documento habilitante para votar.
PARA VOTAR, ES NECESARIO PRESENTAR EL DOCUMENTO CIVICO QUE FIGURA EN EL PADRON O UNA VERSION POSTERIOR. Por ejemplo:
· si en el padrón figura LE y el elector se presenta con su DNI.
· si figura con el DNI original y se presenta con el DNI duplicado.
· si se presenta con un DNI "ejemplar B" y figura con un DNI "ejemplar A".
Quienes se presenten a votar con un documento con una versión anterior al que figura en el padrón no podrán votar.
Por ejemplo:
· si en el padrón figura DNI y el elector se presenta con su LE.
· si figura con el DNI duplicado y se presenta con el DNI original.
· si se presenta con un DNI "ejemplar A" y figura con un DNI "ejemplar B".
15. ¿Cómo se vota en las Primarias?
Se vota como en las elecciones que ya conocemos, presentando el documento e ingresando al cuarto oscuro.
En el cuarto oscuro encontraremos las boletas de los partidos y alianzas, en distintos colores y con fotografías de los precandidatos, para que cada elector pueda identificar mejor la boleta de su preferencia.
En caso que una agrupación política presente varias precandidaturas, aunque las boletas sean del mismo color y denominación, se podrán distinguir por la letra que sigue al número de lista y por los nombres y las fotografías de los precandidatos.
En cada categoría, cada elector podrá votar por una sola precandidatura o lista de precandidatos de su preferencia.
Luego de votar, el presidente de mesa sellará y firmará el documento del elector y se lo devolverá.
16. ¿Cómo podré identificar las boletas de mi preferencia?
En el cuarto oscuro encontraremos las boletas de los partidos y alianzas, en distintos colores y con fotografías de los precandidatos, para que cada elector pueda identificar mejor la boleta de su preferencia.
En caso que una agrupación política presente varias precandidaturas, aunque las boletas sean del mismo color y denominación, se podrán distinguir por la letra que sigue al número de lista y por los nombres y las fotografías de los precandidatos.
17. Al emitir mi voto, ¿tengo que elegir obligatoriamente la misma boleta para toda las categorías de cargos?
No. En las elecciones primarias, cada elector podrá optar entre distintas listas de 1 misma agrupación política o de diferentes partidos políticos y alianzas, pero deberá emitir 1 sólo voto por cada categoría de cargos a elegir: Presidente y Vicepresidente de la Nación, Senadores y Diputados Nacionales.
Es decir, cada ciudadano puede elegir una boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos, tanto entre listas internas de un mismo partido como entre listas de partidos diferentes.
Lo que no debe, es elegir más de una opción para una misma categoría, pues su voto será computado nulo.
18. ¿Por qué es importante votar en las elecciones primarias?
La implementación de las primarias constituye una modificación fundamental en el modo en el que se seleccionan las candidaturas para los cargos públicos electivos.
El voto de todos los ciudadanos otorga una mayor democratización al interior de los partidos y eleva el nivel de legitimación de las candidaturas.
Además, se fortalece a los partidos políticos como herramientas de participación popular en los asuntos públicos, contribuyendo a una competencia política más estable.
Permite a los ciudadanos conocer sus programas de gobierno, emitir un voto informado y controlar más adecuadamente el desempeño de sus representantes.
Con las elecciones primarias, los partidos políticos y los ciudadanos vuelven a adquirir centralidad en la decisión de todas las etapas del proceso electoral.
19. ¿Dónde puedo informarme más sobre las elecciones primarias?
Para obtener más información o evacuar tus inquietudes sobre las elecciones primarias y las nacionales, podés consultar:
· Telefónicamente, llamando a:
(011) 4346-1841 -- (011) 4346-1842
· Enviando un correo electrónico a:
· Por correo postal a:
25 de Mayo 101, 3º Piso C1002ABC – Ciudad Autónoma de Buenos Aires