El 20 de agosto de 1991, la por entonces única Federación de los telefónicos de Base, FOETRA (luego mutaría previa actualización estatutaria a FOEESITRA y desde 1999 convivirían además con la FATEL) remitió## sendas notas a las empresas Telecom y Telefónica y asimismo al MTEySS, mediante las cuales se mencionaba la obligación de estos empleadores a sufragar el Bono de participación en las ganancias a los trabajadores telefónicos, de conformidad al art.29 de la ley 23696.
También se solicitaba la
intervención de Ministerio de Trabajo, como autoridad de aplicación, para tales
fines.
Lamentablemente el P.E., dicto
en 1992 el Decreto 395/92 (declarado inconstitucional por la Corte Suprema de
Justicia en 2008) eximiendo a las empresas (art.1, inciso c) de la obligación
de emitir los mencionados Bonos de Participación…
##Adjunto copia de las notas de
referencia













