viernes, 15 de mayo de 2015
jueves, 14 de mayo de 2015
Referencia: DEROGACIÓN Decreto 395/92.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de septiembre de
2010.
A la Excelentísima Sra.
Presidenta de la Nación Argentina.
Dra. Cristina Fernández
de Kirchner.
Referencia: DEROGACIÓN decreto 395/92.
De mi mayor consideración.
El que suscribe Roberto Jorge Minvielle, Abogado
Apoderado de la Unión Personal Jerárquico de Empresas de Telecomunicaciones
–UPJET-, entidad sindical de primer grado, que representa al personal
jerárquico que agrupa a Directores, Gerentes, Jefes y Supervisores o cargos similares,
se dirige a Ud. muy
respetuosamente, a los efectos de solicitarle
tenga a bien derogar el decreto Nro. 395/92.
El decreto citado precedentemente, fue dictado bajo la órbita del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social de la Nación, eximiendo
a Telefónica de Argentina S.A y a Telecom Argentina S.A, de la obligación del pago de los “Bonos de
Participación en las Ganancias” a los trabajadores en relación de dependencia
de las citadas empresas.
Para vuestro gobierno el decreto 395/92 en su art. 4
dice: “La Sociedad Licenciataria Norte
S.A (hoy Telecom Argentina – Stet France Telecom S.A) y la Sociedad
Licenciataria Sur S.A (hoy Telefónica de Argentina S.A) no están obligadas a
emitir “Bonos de Participación en las Ganancias” para el personal”.
El derecho de los trabajadores a percibir los “Bonos
de Participación en las Ganancias”, que próximamente
comenzará a debatirse en el ámbito del Congreso de la Nación por iniciativa
del Sr. Diputado Nacional Dr. Héctor Recalde, con alcance a todas las empresas
que obtengan ganancias, surge en nuestro caso particular (empleados
telefónicos) del artículo 29 de la ley 23696 que expresamente dice: “En los
Programas de Propiedad Participada, el ente a privatizar deberá emitir Bonos de
Participación en las Ganancias para el personal, según lo previsto en el art.
230 de la ley 19.550. A tal efecto, el Poder Ejecutivo Nacional podrá hacer uso
de las facultades que le otorga esta ley. Cada empleado, por su mera relación
de dependencia recibirá una cantidad de Bonos de Participación en las Ganancias
determinadas en función de su remuneración, antigüedad y sus cargas de
familias.”
Importa poner de manifiesto que la Corte Suprema de Justicia de la Nación
en la en los autos caratulados “GENTINI,
Jorge Mario y Otros c/Estado Nacional Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
y Otro s/Part. Accionario Obrero” G. 1326. XXXIX con fecha 12/8/2008, declaro la inconstitucionalidad del art. 4
del decreto 395/92, sentando una doctrina importantísima en defensa de
los derechos de los trabajadores telefónicos amparados por el articulo 14 bis
de la Constitución Nacional.
Así también, es dable señalar que fueron las propias
empresas las que requirieron al Estado Nacional el dictado de un decreto para
que fueran eximidas de pagar a los trabajadores los “Bonos de Participación en
las Ganancias”, aprovechándose, según opinión del suscripto, del contexto
político que imperaba en ese momento en el país y teniendo en cuenta el poder
político y económico que ostentaban las mismas
Lo citado anteriormente fue reconocido por la Corte
Suprema de Justicia de la Nación en el Fallo “GENTINI” en los considerando 17)
y 24).
Sra. Presidenta, no cabe duda alguna que el decreto
395/92 debe ser derogado, debido que desatendió el mandato legal contenido en
el art. 29 de la ley 23.696, atento que no solo no respeto la voluntad del
legislador, sino también violo y obstaculizo los derechos reconocidos a los
trabajadores telefónicos por la Constitución Nacional (art. 14 bis y 17).
Por tal razón y apelando
a su elevado discernimiento como primera mandataria de los argentinos y a los
conocimientos jurídicos que Ud. posee, se estima que no escapa a su criterio
que el art.4 del decreto 395/92 está viciado de inconstitucionalidad.
Consecuentemente con todo lo explicitado
precedentemente y esperando obtener una decisión favorable de vuestra parte, en
beneficio de todos los trabajadores telefónicos, se solicita en el carácter invocado se digne
a sustanciar el dictado de un acto administrativo que derogue el decreto
395/92.
Agradeciendo desde ya la deferencia de su atención con
lo peticionado en este libelo, saluda a vuestra excelencia con la consideración
mas distinguida.
Dr. Roberto Jorge Minvielle
Abogado Apoderado de la U.P.J.E.T.
Castro Barros 87- C.A.B.A-.
Bonos de propiedad participada - VIDEO de la AUDIENCIA del 19/03/2015
Difusión
del video completo de la segunda Audiencia Pública que realizamos el 19/03/2015
en el Congreso Nacional.
martes, 12 de mayo de 2015
lunes, 11 de mayo de 2015
IV CONGRESO GENERAL Ordinario de DELEGADOS – Fatel
El Secretariado Nacional de la FEDERACIÓN ARGENTINA DE LAS
TELECOMUNICACIONES convoca a los Delegados Congresales al “IVº CONGRESO GENERAL
ORDINARIO DE DELEGADOS”, que se llevará a cabo el día 13 de Mayo de 2015, a las 10 hs, en el Salón Araucaria , sito en la
calle Av. Fernández Beschtedt Nº 2599 de la Ciudad de Lujan, Provincia de Buenos Aires, y “IIIº CONGRESO
GENERAL EXTRAORDINARIO DE DELEGADOS” que sesionará en el mismo lugar
inmediatamente después de finalizado el Congreso Ordinario, a los efectos de
considerar el siguiente:
ORDEN DEL DÍA DEL IVº CONGRESO
ORDINARIO:
a) Apertura del Congreso Ordinario de F.A.TEL., a cargo del Secretariado
Nacional.
b) Elección de la comisión de poderes
c) Consideración del despacho de la comisión de poderes
d) Constitución del Congreso. Elección autoridades del Congreso (Presidente , Vicepresidente , Secretario de Actas)
e) Elección de 2 (dos) delegados congresales para firmar el acta.
f) Consideración del Acta del Congreso anterior.
g) Tratamiento, consideración y resolución de la memoria, balance e inventario del período 1/01/2013 al 31/12/2013 inclusive. Informe de la Comisión Revisora de Cuentas.
h) Tratamiento, consideración y resolución de la memoria, balance e inventario del período 1/01/2014 al 31/12/2014 inclusive. Informe de la Comisión Revisora de Cuentas.
j) Informe, tratamiento y resolución sobre el Presupuesto de gastos elaborado por el Secretariado Nacional.
k) Informe de la labor desarrollada por el Secretariado Nacional y la Comisión Revisora de Cuentas, desde la finalización del ejercicio hasta la realización del Congreso.
l) Cierre del Congreso
b) Elección de la comisión de poderes
c) Consideración del despacho de la comisión de poderes
d) Constitución del Congreso. Elección autoridades del Congreso (Presidente , Vicepresidente , Secretario de Actas)
e) Elección de 2 (dos) delegados congresales para firmar el acta.
f) Consideración del Acta del Congreso anterior.
g) Tratamiento, consideración y resolución de la memoria, balance e inventario del período 1/01/2013 al 31/12/2013 inclusive. Informe de la Comisión Revisora de Cuentas.
h) Tratamiento, consideración y resolución de la memoria, balance e inventario del período 1/01/2014 al 31/12/2014 inclusive. Informe de la Comisión Revisora de Cuentas.
j) Informe, tratamiento y resolución sobre el Presupuesto de gastos elaborado por el Secretariado Nacional.
k) Informe de la labor desarrollada por el Secretariado Nacional y la Comisión Revisora de Cuentas, desde la finalización del ejercicio hasta la realización del Congreso.
l) Cierre del Congreso
ORDEN DEL DÍA DEL IIIº CONGRESO
EXTRAORDINARIO:
1º.- Apertura del Congreso Extraordinario.
2º.- Designación de la Comisión de Poderes (art.48E.S.). Acreditación de los Delegados Congresales.
3º.- Consideración del despacho de la Comisión de Poderes.
4º.- Constitución del Congreso.
5º.- Elección de autoridades del Congreso (Presidente, Vicepresidente, Secretario de Actas)
6º.- Elección de dos Delegados Congresales para suscribir el Acta.
7º.- Lectura del Acta Anterior.
8º.- Elección de la junta electoral compuesta de seis (6) miembros congresales pertenecientes a distintas organizaciones confederadas, quienes no podrán ser candidatos para ningún cargo en la elección.
9º.- Elección del secretariado nacional que estará compuesto, de acuerdo al art. 52, por: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Un Secretario de Prensa y Propaganda, Un Secretario de Cultura y Capacitación, Un Secretario de Hacienda, Un Secretario de Asuntos Profesionales, Un Secretario de Relaciones Internacionales y Gremiales, Un Secretario de Actas y Encuadramiento, Un Secretario de Derechos Humanos, De acuerdo al art. 54 se elegirán nueve (9) suplentes del Secretariado Nacional. Nota: De acuerdo al art. 84 se elegirá una Comisión Revisora de Cuentas compuesta por tres (3) Titulares y tres (3) Suplentes. El Secretariado Nacional y la Comisión Revisora de Cuentas durarán cuatro (4) años en sus funciones.
10º.- Políticas implementadas por F.A.TEL
11º.- Clausura del IIIº Congreso General Extraordinario de Delegados de la FATEL.
2º.- Designación de la Comisión de Poderes (art.48E.S.). Acreditación de los Delegados Congresales.
3º.- Consideración del despacho de la Comisión de Poderes.
4º.- Constitución del Congreso.
5º.- Elección de autoridades del Congreso (Presidente, Vicepresidente, Secretario de Actas)
6º.- Elección de dos Delegados Congresales para suscribir el Acta.
7º.- Lectura del Acta Anterior.
8º.- Elección de la junta electoral compuesta de seis (6) miembros congresales pertenecientes a distintas organizaciones confederadas, quienes no podrán ser candidatos para ningún cargo en la elección.
9º.- Elección del secretariado nacional que estará compuesto, de acuerdo al art. 52, por: Un Secretario General, Un Secretario Adjunto, Un Secretario de Prensa y Propaganda, Un Secretario de Cultura y Capacitación, Un Secretario de Hacienda, Un Secretario de Asuntos Profesionales, Un Secretario de Relaciones Internacionales y Gremiales, Un Secretario de Actas y Encuadramiento, Un Secretario de Derechos Humanos, De acuerdo al art. 54 se elegirán nueve (9) suplentes del Secretariado Nacional. Nota: De acuerdo al art. 84 se elegirá una Comisión Revisora de Cuentas compuesta por tres (3) Titulares y tres (3) Suplentes. El Secretariado Nacional y la Comisión Revisora de Cuentas durarán cuatro (4) años en sus funciones.
10º.- Políticas implementadas por F.A.TEL
11º.- Clausura del IIIº Congreso General Extraordinario de Delegados de la FATEL.
ARTICULO 40°: Los Congresos Ordinarios y Extraordinarios se constituirán en
una primera convocatoria como mínimo con las dos terceras partes de los
Delegados que representen a más de la mitad de los sindicatos que componen la
Federación. De no lograrse el quórum, podrá llevarse a cabo en una segunda
convocatoria, dos horas después de la fijada para la primera, con un mínimo de
la mitad mas uno del total de Delegados con derecho a participar y que
representen como mínimo a la mitad mas uno de los Sindicatos adheridos.
Asimismo, podrán sesionar siempre y cuando estén presentes más de 2/3 de los Delegados acreditados para sesionar. Sus resoluciones serán aprobadas por simple mayoría.
Asimismo, podrán sesionar siempre y cuando estén presentes más de 2/3 de los Delegados acreditados para sesionar. Sus resoluciones serán aprobadas por simple mayoría.
LILIAN LARRAIGNET Secretaria de Prensa y Propaganda
ERNESTO M. ARROUGE FIDALGO Secretario General
domingo, 10 de mayo de 2015
PSICOFÍSICO para todos (y todas)
Dicen los
científicos que a partir de los 14 años de edad las neuronas comienzan a
morirse a un ritmo de tres millones y medio por año, y no se reemplazan nunca
más.
.
Esta es la cuenta que debe haber hecho el Jefe de Gabinete y reconocido doctor en Neurología Aníbal Fernández, para afirmar que el Juez de la Corte Carlos Fayt, que ya cumplió 97 años, "podría estar incurriendo en mal desempeño como consecuencia de la posible disminución de su capacidad en virtud de su avanzada edad".Del mismo ateneo participaron la neuróbióloga y jefa del bloque de diputados Juliana Di Tullio y el neurocirujano Carlos Kunkel, famoso porque en sus años mozos, en lugar de usar el bisturí, te trepanaba el marulo con una 9 milímetros.
Para confirmar el diagnóstico, estas eminencias médicas reclamaron que el Juez Fayt salga a la calle y demuestre que está hecho un pibe.
La edad puede significar poco y nada a la hora de evaluar la integridad y capacidad de una persona. Con una mano en el corazón ¿Quién cree usted que tiene mejores neuronas, Fayt o Capitanich? Para tratar de humillar al juez, el gobierno ha pedido que le hagan un examen psicofísico. Caramba. Qué idea peligrosa. Esta gente siempre metiéndose en problemas. Pedir un psicofísico para ver si un funcionario está apto puede llegar a ser un gravísimo error. ¿Y si la idea prende? Cuánto tiempo tardaría en aparecer un pícaro que diga "vamos a hacerle el psicofísico a Timerman, a ver qué pasa". Una catástrofe.
¿Se imaginan la escena de un tordo interrogando al ministro de Economía? "Dígame Axel, cuántos pobres hay en el país?". Y el tipo contestando, como el mes pasado: "No sé, ni me interesa". Chau Kicillof. Lo declararían no apto ahí mismo. ¿Se imaginan a Moreno cara a cara con el psicólogo? "Discúlpeme Moreno, cuánto es la inflación?" Mucho antes de que el Guille saque el chumbo y conteste 9%, le pondrían un chaleco de fuerza y a otra cosa.
Los resultados podrían ser devastadores. Tal vez, descubriríamos que Boudou todavía tiene muchas neuronas, y en muy buen estado. ¡¡Pero todas a nombre de Vanderfrula!!
Por eso creo que el gobierno no debería fogonear semejante idea. A menos que quieran usar los psicofísicos para chequear reservadamente la estabilidad emocional de alguno de sus propios cuadros. Por ejemplo, el estado mental del tipo que dijo, "Che tengo una idea, ¿y si ponemos de compañero de fórmula de Recalde al militante radical Santoro?".
"Dale" dijo otro, y ahí pusieron de candidato a Vicejefe de la Ciudad de Buenos Aires por el kirchnerismo a un tipo que escribió los siguientes tweets (anoten que no es chiste):
"La diferencia que hay entre Néstor y Cristina es la diferencia que hay entre la bolsa de Miceli y los bolsos de Lázaro" (opus 65, el 31/7/2013)."Ahora entiendo para que querían avanzar con la justicia los K! Le querían manotear la balanza para pesar la guita q se chorean!!" (opus 48, 15/4/2013)."Cristina no tiene que morirse para ser billete, lo puede hacer ahora con Bolodou" (opus 26, el 26/7/2012).
Mejor no hagamos psicofísicos. No sea cosa que descubramos que Lilita, de loca, no tiene nada.
por Alejandro Borensztein
viernes, 8 de mayo de 2015
PADRÓN ELECTORAL 2015
La Justicia Electoral activó los
listados provisorios para
hacer consultas y reclamos. Las internas se realizarán el 9 de agosto y las
generales en octubre
La Justicia activó la base de datos provisoria para
que los electores chequeen si los datos que figuran en el padrón son correctos.
El sistema online estará vigente hasta el 23 de mayo y aún no incluye datos sobre los lugares de votación.
Durante este período se podrán realizar los
reclamos en el sitio padron.gob.ar, en caso de no encontrarse en el padrón o de
existir diferencias en los datos registrales. También personalmente en la
Cámara Nacional Electoral o en la secretaría electoral del distrito
correspondiente.
Es importante verificar la inclusión en el padrón
provisorio. Vencido dicho plazo ya no se podrán hacer modificaciones para el
padrón definitivo, según informó la Cámara Electoral.
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