lunes, 14 de septiembre de 2020
El dirigente sindical Marcelo Peretta pide la renuncia de Ginés
Un peronista pide la
renuncia de Ginés
La Corte Suprema convalidó la extinción de un Contrato de Trabajo mediante escribano
La
Corte Suprema convalidó la extinción de
un Contrato de Trabajo mediante
escribano
En un fallo que
tiene implicancias importantes en materia de laboral, la Corte Suprema de Justicia convalidó la legalidad de la extinción de
un contrato de trabajo de mutuo acuerdo ante escribano y sin intervención
de las autoridades administrativas o judiciales
Así
dejó sin efecto una sentencia de la Cámara del Trabajo, que había ordenado
indemnizar a un trabajador que demando a la empresa tras firmar un acuerdo de
extinción de la relación laboral ante un escribano público. En esa ocasión, el
empleado suscribió el acuerdo sin un abogado.
La
causa llegó al Máximo Tribunal luego de que la Sala VII de la Cámara Nacional
de Apelaciones del Trabajo confirmara el fallo que hizo lugar al reclamo de
indemnizaciones por despido. Había sido iniciado por el trabajador con
posterioridad a la extinción de su contrato por "mutuo acuerdo" en
los términos del artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT).
El
pronunciamiento, dividido, se dictó en el marco del expediente “Ocampo, Alessio
Matías Yair c/ BGH S.A. s/ despido”, donde triunfó la postura mayoritaria de
los supremos Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Ricardo
Lorenzetti, y las disidencias de Carlos
Rosenkrantz y Horacio Rosatti, quienes propiciaron que se rechace la queja de
la demandada
La Corte consideró
que no constituye derivación razonada del derecho vigente la exigencia de la
homologación administrativa o judicial de lo convenido toda vez que ese
requisito no se encuentra contemplado en la norma
La Alzada entendió
que, más allá de que no se había probado la existencia de los vicios de la
voluntad denunciados por el actor, debía de todos modos restarse valor al
aludido acuerdo porque no había contado con intervención de autoridad judicial
o administrativa, ni mediado una resolución fundada que demostrase la
"justa composición de los derechos e intereses de las partes" que
exige el artículo 15 de la LCT
La
Corte ordenó el dictado de un nuevo fallo: “Se declara procedente la queja y el
recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Vuelvan los
autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un
nuevo pronunciamiento”.
El
artículo 241 establece que "las
partes, por mutuo acuerdo, podrán extinguir el contrato de trabajo. El acto
deberá formalizarse mediante escritura pública o ante la autoridad judicial o
administrativa del trabajo. Será nulo y sin valor el acto que se celebre sin la
presencia personal del trabajador y los requisitos consignados
precedentemente".
viernes, 11 de septiembre de 2020
jueves, 10 de septiembre de 2020
Revolución tecnológica e inclusión social: reflexiones sobre desafíos y oportunidades para la política social en América Latina
Revolución tecnológica e
inclusión social: reflexiones sobre desafíos y oportunidades para la política
social en América Latina / Martínez
Rodrigo, Palma Amalia, Velásquez Adriana. CEPAL, 2020
La cuarta revolución tecnológica
está en curso desde hace un tiempo. Más allá de Internet y el uso generalizado
de las tecnologías de información, se avanza en nuevas tecnologías como la inteligencia
artificial, la impresión en tres dimensiones, la robótica y la automatización
de vehículos, entre otras, que modifican actividades y procesos. Los cambios en
los sistemas de producción, consumo, gestión y gobernanta tendrán efectos en la
salud, la educación, la vivienda o el transporte, entre otros, que abren un
espacio de desafíos y oportunidades para las políticas públicas. Este documento
busca abrir un espacio de discusión sobre estos cambios y el impacto que
tendrán a nivel social en la región. Se discuten las características de la
actual revolución tecnológica y de la transformación digital, con el fin de
vislumbrar las oportunidades y desafíos para la política pública de manera de
avanzar en un desarrollo social inclusivo en la región que no deje a nadie
atrás.
Disponible
miércoles, 9 de septiembre de 2020
lunes, 7 de septiembre de 2020
TARJETA ALIMENTAR: el gobierno invertirá $30.000 millones más hasta fin de 2020.
La tarjeta tiene un
millón y medio de titulares y beneficia a casi 3 millones de niños y niñas de 0 a 6 años, embarazadas y
discapacitados que reciben la Asignación Universal por Hijo (AUH).
Gobierno invertirá $ 30.000 millones en el mercado interno
en los últimos cuatro meses del año, a través de la Tarjeta Alimentar (TA), una
herramienta que busca garantizar alimentos para la población vulnerable, y
que con este nuevo aporte sumará, durante todo el 2020, una inyección total por
parte del Estado de $ 90.000 millones.
Fuentes del Ministerio de Desarrollo Social detallaron
que, desde enero hasta agosto pasado, la Tarjeta Alimentar "volcó
60.074 millones de pesos al mercado interno", que fueron utilizados
mayormente para la compra de alimentos frescos en los 24 distritos del país.
Con una inversión mensual de 7.700 millones de pesos, la
Tarjeta tiene un millón y medio de titulares y beneficia a casi 3 millones de
niños y niñas de 0 a
6 años, embarazadas y discapacitados que reciben la Asignación Universal por
Hijo (AUH).
El Plan Argentina contra el Hambre, puesto en marcha en
diciembre del 2019, poco después de que Alberto Fernández asumiera la
Presidencia, tiene como uno de sus pilares fundamentales a la Tarjeta, que
terminó de distribuirse en marzo último.
Desde enero hasta
agosto, y de acuerdo a los datos de Desarrollo Social las familias
destinaron el 62 por ciento del dinero que reciben mensualmente en la TA a la
compra de los alimentos cono carne, leche, frutas y verduras.
Un informe de la Secretaría de Inclusión Social el
Gobierno indicó que cuadruplicó en los primeros seis meses del año los 15.000
millones de pesos asignados durante todo el 2019 a los sectores más
vulnerables
Los
números de la Tarjeta Alimentar muestran cómo se ha distribuido el
instrumento en cada provincia, y la cantidad de beneficiarios que tiene en cada
caso, a saber:
sábado, 5 de septiembre de 2020
viernes, 4 de septiembre de 2020
jueves, 3 de septiembre de 2020
La Corte Suprema ratificó que solo los sindicatos con personería gremial pueden negociar convenios colectivos de trabajo
Con la firma de Carlos
Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti
y la disidencia de Horacio Rosatti, la Corte Suprema revocó un fallo de la
Cámara Federal de Salta que había declarado la inconstitucionalidad de la ley 23.551
de asociaciones sindicales en cuanto solo permite celebrar convenios colectivos
de trabajo a los sindicatos con personería gremial.
La Corte Suprema sostuvo que,
según la doctrina que ha venido asentando desde hace varios años en materia de
libertad sindical, es incuestionable la validez constitucional del art. 31, inc. c, de la
ley de asociaciones gremiales que reconoce a los sindicatos más representativos
-esto es, en nuestro sistema legal, los que cuentan con personería gremial- una
prioridad en la negociación colectiva. Y que, por esa razón, no merece
reproche alguno la resolución que homologó el convenio colectivo del ámbito
municipal de Salta celebrado solamente con el sindicato con personería gremial,
es decir, sin la participación de otro sindicato que estaba simplemente
inscripto.
La Corte recordó que en los
casos anteriores que le tocó resolver (“ATE”, de 2008; “Rossi”, de 2009; “ATE”,
de 2013 y “Nueva Organización de Trabajadores Estatales”; de 2015) jamás se
había cuestionado la potestad exclusiva conferida a los sindicatos con
personería gremial para negociar colectivamente. Lo que estaba en juego era el
reconocimiento, en un pie de igualdad, de otros derechos a los sindicatos que
no cuentan con dicha personería (en concreto, los derechos de convocar
elecciones de delegados de personal, de que se otorgue una especial protección
contra el despido a sus delegados y demás dirigentes, y que se les
concedan franquicias y licencias
especiales para el ejercicio de sus funciones gremiales).
También destacó que, en todos esos casos
anteriores, la declaración de inconstitucionalidad de las normas que
consagraban potestades exclusivas a los sindicatos con personería gremial,
privando de tales derechos a los demás, hizo pie fundamentalmente en las observaciones
formuladas por los organismos consultivos de la OIT. Esos organismos recordaron
en diversas ocasiones al Estado argentino, justamente, que el otorgamiento de
personería gremial –o sea el reconocimiento de que un sindicato es el más
representativo dentro de su ámbito de actuación- puede implicar para el
sindicato que la obtiene una prioridad en las negociaciones colectivas, en la
consulta con las autoridades gubernamentales y en la designación de delegados
ante los organismos internacionales; pero no puede privar a los demás
sindicatos que no gozan de personería (simplemente inscriptos) de los demás
derechos que la Constitución Nacional, los tratados internacionales y las leyes
reconocen a las asociaciones gremiales.
Por tal motivo, la Corte consideró que el
fallo de la cámara federal salteña había distorsionado su doctrina
constitucional en materia de libertad sindical, ya que dicha doctrina nunca
puso en tela de juicio la preferencia para negociar los convenios colectivos de
trabajo otorgada por la ley a los sindicatos más representativos.
Por su parte el Juez Rosatti
puntualizó que la cuestión federal en juego refería a dos cláusulas de la
Constitución Nacional: la que consagra el derecho de toda persona a crear o
participar en una “organización sindical libre y democrática, reconocida por la
simple inscripción en un registro especial” (art. 14 bis, primer párrafo) y la
que garantiza a los gremios “concertar convenios colectivos de trabajo” (ídem).
En relación con la primera cláusula recordó que en diversos precedentes había
expresado que “la Constitución Nacional estableció para nuestro país, de manera
concluyente, un modelo sindical libre, democrático y desburocratizado” por lo
que «“el régimen legal infraconstitucional no puede retacear tales derechos
justificándolo “en la mayor representatividad del sindicato con personería
gremial”». Asimismo destacó que “En el ámbito de la negociación para celebrar
convenios colectivos, la “mayor representatividad” de un sindicato debe
expresarse en la composición cuantitativa de la mesa paritaria, sin que ello
autorice a excluir a los sindicatos menos representativos. De lo contrario se
estaría desvirtuando…el perfil democrático que la Constitución explicita en el
art. 14 bis no sólo en referencia a la organización interna de los gremios sino
también a la relación intergremial”. Explicó que tal tesis no encuentra tensión
alguna con los precedentes del Tribunal sobre materia (ATE, Rossi, ATE, Nueva
Organización y Orellano, caso, este último, en el cual la Corte estableció que
el “gremio” al que el art. 14 bis le otorga la titularidad del derecho de
huelga “era, precisamente la organización sindical, libre y democrática
reconocida por la simple inscripción en un registro especial”) y que tampoco se
opone a la circunstancia de que en el ámbito internacional la doctrina
desarrollada por los órganos llamados a interpretar sus disposiciones «toleren
una “prioridad” en favor de un tipo de sindicato…que apareje, en la práctica,
la exclusión de otros…La propia constitución de la Organización Internacional
del Trabajo estipula que “[e]n ningún caso podrá considerarse que la adopción
de un convenio por cualquier miembro, menoscabará cualquier ley, sentencia,
costumbre o acuerdo que garantice a los trabajadores condiciones más favorables
que las que figuren en el convenio o la recomendación”». Finalmente sostuvo que
“en el sistema constitucional argentino las cláusulas de la normativa
internacional (y lógicamente sus correlativas interpretaciones) no pueden ser
entendidas como una modificación o restricción de derechos y garantías
establecidos en la Constitución Nacional” (art. 75, inc. 22).
El ENACOM se reunió con representantes de las Telcos (AMX .Claro - Telefónica-Telecom)
El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) mantuvo un
encuentro con las tres empresas de telefonía móvil del país para trabajar una
agenda en común de cara a la reglamentación del Decreto 690/2020.
Como continuidad de las distintas mesas de trabajo que
ENACOM mantiene abiertas con todos los actores del sector TIC, autoridades del
organismo se reunieron con representantes Telefónica S.A.; Telecom Argentina
S.A.; y AMX (Claro); donde acordaron la continuidad del dialogo entre el Estado
y el sector privado para establecer una reglamentación que atienda las
necesidades de todos los integrantes del sector de las telecomunicaciones y que
tengan en cuenta los intereses de los Usuarios y Consumidores.
En ese sentido, las Telcos se comprometieron a
participar de una nueva reunión junto a la totalidad del ecosistema de la
industria (PyMes, Cooperativas, Federaciones y Usuarios) para establecer una
visión integral de cara al futuro y desarrollo del sector TIC durante los
próximos años.
En
relación a ellos, las empresas manifestaron la necesidad de contar con un
horizonte de previsibilidad respecto del mercado y que permita garantizar la
sustentabilidad de la industria.
Finalmente, en base a lo conversado, las Telcos se
comprometieron a comunicar en forma clara a sus clientes lo informado por
ENACOM en relación de lo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia
(DNU) 690/20 que suspende cualquier aumento o modificación de precios de
telefonía móvil y fija, Internet y TV paga, desde el 31 de julio y hasta el 31
de diciembre de 2020. En caso que los usuarios y clientes reciban una factura
con aumento aplicado, las empresas procederán a emitir una nota de crédito en la
próxima facturación.
Participaron de la reunión el presidente de ENACOM,
Claudio Ambrosini; el vicepresidente, Gustavo López; los directores Gonzalo
Quilodrán, María Florencia Pacheco, Alejandro Gigena; el jefe de Gabinete,
Ariel Martínez; el director de Asuntos Jurídicos y Regulatorios, Diego Leiva, y
el coordinador general de Asuntos Técnicos, Sergio D'Uva. También asistió
Micaela Sánchez Malcolm, secretaria de Innovación Pública.
Por parte de las Telcos formaron parte Alejandro Lastra
y Juan Manuel Hadad (Telefónica S.A.); Hernán Verdaguer y Hernán Colombo
(Telecom Argentina S.A.); Alejandro Quiroga López y Juan Pablo Tognetti
(AMX– Claro).
03-sept-1971: El día en que Perón se reencontró con el cuerpo de Evita **
En 1957, el
cadáver había sido trasladado en secreto a un cementerio de Milán. El 3 de
septiembre de 1971, hace hoy 49 años, el general Lanusse hizo reintegrar los
restos como gesto de “buena voluntad”.
-Sí –dijo Perón conmovido– es
Eva.
El general, con su corazón,
ya ajado, sacudido por la emoción, firmó con ímpetu las actas que daban fe de
ese acto casi íntimo y ante pocos testigos: el cuerpo de Eva Perón, la mujer
que había acompañado con fervor y fanatismo su aventura política entre 1945 y
1952, el año de su joven muerte a los 33 años, volvía a sus manos, embalsamada
por el talento del médico español Pedro
Ara y ultrajado por los militares que lo robaron el 22 de noviembre de 1955,
dos meses después del derrocamiento de Perón.
Todo ocurrió hace cuarenta y
nueve años, el 3 de septiembre de 1971,
en la residencia “17 de Octubre”, en el 5 de la calle Navalmanzanos, del barrio
madrileño de Puerta de Hierro, sede del exilio español de Perón. Y todo estuvo
a punto de fracasar por el idiotismo inclaudicable de José López Rega, que
entonces ejercía con talento su oficio de alcahuete y no se había convertido en
el criminal superministro que, tres años después, aspiraría a heredar a Perón junto
a su viuda, María Estela Martínez.
Primero, teatral y vacuo,
López Rega gritó: “¡Jefe, no es Eva!”. Luego, rechazado por Perón, se acercó al
ataúd con un soplete para abrir la carcasa de aluminio que lo protegía.
Tuvieron que avisarle que una leve llama podía hacer arder al cadáver, dado los
químicos usados por Ara para embalsamarlo. Hubo que recurrir a un par de
caseros abre latas para dejar el cuerpo al descubierto.
Minutos después, el sacerdote
italiano Giulio Madurini, superior
general de la Compañía de San Pablo en Italia, puso en manos de Perón el gran
rosario de oro que el papa Pío XII había regalado a Eva Perón en 1947, en
ocasión de su visita al Vaticano. “Yo lo
veía a Perón muy emocionado –dijo Madurini a este diario en 1997-. Se mostró
sorprendido y contento cuando le di el gran rosario. Me lo agradeció. Hablamos
en italiano”.
El padre Madurini tenía
aquella reliquia en su poder porque horas antes la había puesto en sus manos el
coronel Héctor Cabanillas, que había
sido responsable de la operación secreta que llevó el cadáver de Eva Perón al
Cementerio Maggiore de Milán, donde fue enterrada con el nombre falso de María Maggi de Magistris, después de
haberlo sacado del país con esa identidad falsa en el buque Conte Biancamano en
abril de 1957.
Cabanillas, que guardó el
secreto durante catorce años y no lo confió siquiera a su familia, fue el
encargado en 1971 de desandar el camino trazado en 1957 para restituir el
cadáver a Perón, por pedido del entonces presidente de facto, general Alejandro
Lanusse, involucrado directamente en la operación de ocultamiento del cuerpo y
de su devolución.
¿Cómo estaba Lanusse en el secreto y qué tenía que
hacer en la entrega del cuerpo de Eva Perón el superior de la Compañía de San
Pablo en Italia?
Un mes después del
derrocamiento de Perón, el 15 de octubre de 1955, Juana Ibarguren, madre de Eva
Perón, asilada en la embajada de Ecuador, autorizó por escrito al gobierno de
Eduardo Lonardi a dar sepultura a su hija, por entonces en un salón del segundo
piso de la CGT.
En noviembre, y en un golpe
palaciego, Lonardi fue derrocado por el general Pedro Eugenio Aramburu que
mantuvo el compromiso firmado con Juana Ibarguren. Aramburu y su ministro de
guerra, Arturo Ossorio Arana, pidieron al coronel Cabanillas que se hiciera cargo
del traslado del cuerpo, como aseguró a este diario en 1997 su hijo, el
entonces general de brigada Eduardo Cabanillas. El cadáver fue a parar a manos
del jefe de la SIDE, coronel Carlos Moori Koenig, un desquiciado que ultrajó el
cuerpo y lo convirtió en objeto de exhibición para sus amistades.
En 1957, por fin, Cabanillas
organizó la operación de traslado del cadáver de Eva Perón a Milán. Artífice
del andamiaje secreto fue un cura paulista, el padre Francisco “Paco” Rotger, que había casado a Lanusse con Ileana
Bell, y que era su confesor cuando Lanusse era jefe del regimiento de
Granaderos a Caballo General San Martín, custodia del presidente Aramburu. Una
trama perfecta.
Rotger habló con su amigo,
Eugenio Pacelli, que en 1957 era el Papa Pío XII. Y la Iglesia se encargó de
todo. Envió a Buenos Aires al sacerdote Giovanni Penco, superior de la Compañía
de San Pablo, que se entrevistó con Cabanillas y se encargó de arreglar el
entierro de Eva Perón bajo una falsa identidad. “A Penco lo envió el Papa”, dijo
Cabanillas hijo en 1997. El sacerdote italiano guardó el secreto y lo confió
luego a su sucesor, el padre Madurini.
Aquellos años turbulentos y
los hechos que rodearon la salida de Buenos Aires y el entierro clandestino de
Eva Perón en Milán, están relatados en “Secreto de Confesión”, del periodista
Sergio Rubin, un libro imprescindible para comprender, o al menos para
intentarlo, aquel país de delirios.
En 1971 Lanusse decidió
devolver a Perón el cadáver de su segunda esposa por varias razones. Lo hizo,
reveló hace más de dos décadas su viuda, con la total anuencia del entonces
Papa Paulo VI, Giovanni Battista Montini, que era el arzobispo de Milán en 1957
cuando Eva Perón fue enterrada como María Maggi de Magistris en el Cementerio
Maggiore.
La primera razón por la que
Lanusse decidió restituir el cuerpo de Eva Perón a su esposo fue para mostrar
un gesto de buena voluntad hacia Perón, con quien se iba a medir en los años
por venir, de camino a la normalización institucional del país quebrada en 1966
por la “Revolución Argentina”.
Segunda razón, Aramburu había
sido secuestrado y asesinado por la guerrilla peronista “Montoneros” entre mayo
y junio de1970, luego de haber sido sometido a un “juicio revolucionario”,
según sus captores.
Aramburu fue acusado por
Montoneros de la desaparición del cadáver de Eva Perón y, en el comunicado
número 5 que dieron a conocer ya con Aramburu asesinado, expresaron: “El cuerpo
de Pedro Eugenio Aramburu sólo será devuelto luego de que sean restituidos al
pueblo los restos de nuestra querida compañera Evita”.
Luego de conocido el
asesinato de Aramburu, el coronel Cabanillas, uno de los dueños del secreto,
empezó a recibir entonces “presiones” de Montoneros. ¿Confió Aramburu a sus
captores el nombre de Cabanillas? Aramburu sabía dónde estaba enterrada Eva
Perón. Lo confió a este diario en 1997 la viuda de Lanusse, Ileana Bell: “Mi
marido, Aramburu y el padre Rotger eran los únicos que sabían dónde estaba. Yo
tampoco lo sabía”.
Dos personas más conocían el
secreto: el coronel Cabanillas, que guardaba en una caja de seguridad toda la
documentación del caso y el sitio de la tumba en el Cementerio Maggiore, campo
86, tombino 41, y el suboficial del Ejército Manuel Sorolla, que en 1957 había tomado parte de la operación de
ocultamiento del cadáver.
Si Aramburu conocía el
destino de los restos de Eva Perón, no lo dijo a sus captores en el simulacro
de “juicio” al que lo sometieron antes de asesinarlo. Según las diferentes
versiones que dio Montoneros, y según quién la cuente, Aramburu dijo: “Evita
está en Italia. Pero yo no sé dónde. Y si supiera, no se los diría”, relató en
su momento Roberto Perdía. Mario Firmenich dijo que Aramburu sólo reveló que el
cuerpo estaba enterrado “en un cementerio de Roma”.
Si algo de todo eso es
cierto, en el umbral de su muerte Aramburu mantuvo ante sus verdugos el
secreto, un secreto militar, sobre el destino del cuerpo de Eva Perón.
El tercero de los motivos que
apresuraron la entrega del cuerpo a Perón por parte de Lanusse fue la certeza
de que Montoneros y la CGT estaban sobre la pista del cadáver.
Hay registros de dos viajes a
Milán de José Ignacio Rucci,
secretario general de la CGT, y el padre Madurini, heredero del secreto de su
antecesor, el padre Giovanni Penco, recordaba que en junio de 1971 entraron
ladrones a su oficina de la Compañía de San Pablo; ladrones que no robaron
nada, pero que sí revolvieron toda la documentación. Lo que casi con seguridad
buscaban, no estaba en esas oficinas: Madurini había guardado todo en una
carpeta sellada que había entregado en custodia a una enfermera de apellido
Orlandini.
El padre Madurini fue una de
las personas ante quien se exhumó el cuerpo de Eva Perón en el cementerio
Maggiore de Milán el 1 de septiembre de 1971 en el primero de los pasos para
cumplir con la entrega del cuerpo a Perón. Junto al sacerdote estaban
Cabanillas y Sorolla.
El ataúd fue abierto en un
carrito de transporte. Al ver la figura de Eva Perón embalsamada, los
sepultureros gritaron “¡Milagro, milagro!” ante la inquietud de Cabanillas y la
explicación que dio Madurini: les dijo a los sepultureros que el
embalsamamiento era una costumbre muy extendida en América del Sur.
El ataúd fue cargado en un
furgón Citroen de la funeraria milanesa Fuseti, con el chofer Roberto Germani
al volante y Sorolla como custodio, dispuestos ambos a hacer el largo viaje
Milán-Madrid. Mientras, Cabanillas y Madurini corrían al aeropuerto de Linate
para viajar en avión a Barajas.
El furgón recorrió casi mil
quinientos ochenta kilómetros y atravesó Génova, Savona, Mónaco, Montpellier,
Perpiñán hasta La Junquera, un municipio español de la provincia de Gerona,
fronterizo con Francia.
Allí, y pese a sus protestas,
el chofer Germani fue relevado de su misión: la Guardia Civil se hizo cargo del
transporte de los restos de Eva Perón en un operativo coordinado por las
autoridades del gobierno de Francisco Franco y el embajador argentino en
Madrid, brigadier general Jorge Rojas
Silveyra.
Rojas Silveyra había sido
nombrado por Lanusse especialmente para vérselas con Perón. En 1997 se definió
ante Clarín: “Odio tanto a los peronistas como a los radicales. Soy conservador
orejudo, partidario del fraude, la violencia y el entreguismo, que era cuando
el país mejor andaba”.
Cuando Lanusse le anunció su
destino de diplomático, Rojas Silveyra le dijo entristecido: “No, Cano… No
podes hacerme esto…”.
“Sí, puedo –le dijo Lanusse–
porque sos el único tipo que conozco que es más gorila que yo”.
En la tarde del 3 de
septiembre de 1971 y ya en tierra española, el cortejo con el cuerpo de Eva
Perón cubrió el trayecto entre Barcelona y Madrid, custodiado con discreción,
aunque la operación ya no era un secreto: ante el furgón se cuadraban todos los
miembros de la Guardia Civil que le veían pasar.
Por fin, entró a la capital
española poco antes de las ocho de la noche del 3 de setiembre. Poco antes de
enfilar hacia Puerta de Hierro, Sorolla quitó del féretro la chapa de bronce
con el nombre “María Maggi de Magistris” y colocó otra que decía: “María Eva
Duarte de Perón”.
Hubo una última espera decretada
sólo por el rigor histórico de los militares argentinos al frente de la
operación: el ataúd estuvo a punto de llegar a Puerta de Hierro a las ocho y
veinticinco de la noche, las 20.25 que la historia oficial fijó como la de la
muerte de Eva Perón el 26 de julio de 1952. Para evitar coincidencias azarosas
e inquietantes, el furgón entró a la residencia de Perón después de esa hora.
Cabanillas entregó los restos
a Perón. El ataúd fue abierto ante los testigos: Perón, su entonces delegado
personal, Jorge Daniel Paladino, María Estela Martínez de Perón, “una persona
que dijo llamarse López Rega”, dice el acta, Rojas Silveyra, dos sacerdotes
mercedarios amigos de Perón y el sacerdote Alessandro Angeli, que no era otro
que el padre Madurini que actuó durante toda la ceremonia con ese nombre falso:
“Usé Alessandro, que es mi segundo nombre, y Angeli porque mi padre se llamaba
Angelo”, dijo a Clarín en 1997.
Sin embargo, el largo
peregrinaje del cuerpo de Eva Perón no había terminado. Todavía iba a estar
atado a los vaivenes y delirios de la vida política argentina.
El 15 de octubre de 1974,
tres meses y medio después de la muerte de Perón y con su viuda en la
presidencia, Montoneros secuestró del cementerio de la Recoleta el ataúd con
los restos de Aramburu y exigió a cambio la restitución del cuerpo de Eva
Perón.
Dos días después, el cuerpo
viajó de Madrid a la Argentina, donde fue recibido por Isabel Perón y López
Rega y una banda de civiles que hicieron ostentación de su armamento pesado y
pasó a reposar en una cripta en la Quinta presidencial de Olivos, junto al
féretro de Perón.
Tras el golpe militar del 24
de marzo de 1976, el cadáver de Eva Perón fue depositado en la bóveda de la
familia Duarte, en Recoleta, a seis metros de profundidad y bajo una gruesa plancha
de acero.
Cuando casi todos los
protagonistas de esta historia, y muchos de sus testigos, han muerto ya, el eco
del pasado trae una última, pequeña anécdota; un diálogo entre Perón y Rojas
Silveyra en cálida noche madrileña: una extraña comunión entre enemigos.
Perón tomó del brazo al
brigadier y le dijo: “Venga Rojitas”. Salieron al jardín de la residencia y
caminaron juntos un trecho.
-Señor –le dijo Rojas
Silveyra, que no quería adjudicarle a Perón grado militar alguno, usted está
llorando…
-Mire –contestó Perón, yo he sido con
esta mujer mucho más feliz de lo que todo el mundo cree.
** © Alberto Amato
miércoles, 2 de septiembre de 2020
Justicia por Facundo Castro
Justicia
por Facundo Castro
Hoy
miércoles 2 de septiembre, el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF)
informó los resultados del análisis de ADN realizado al cuerpo hallado el
sábado 15 de agosto confirmando que se trata de Facundo Castro.
Cristina Castro, su mama, mostrando una increíble
fuerza de lucha y la movilización independiente de los organismos de derechos
humanos y organizaciones políticas y sindicales, fueron claves para llegar al
punto en el que estamos hoy donde finalmente se confirmó que el cuerpo es el de
Facundo. Por el contrario en estos meses los poderes del estado operaron,
escondieron, maniobraron y encubrieron el accionar de la Policía Bonaerense que por múltiples hechos aparece como la
principal sospechosa.
Pero todavía no hay justicia, y no hay castigo a los
responsables. Y el tiempo juega a favor de los encubridores. Tenemos que decir
basta. Las y los telefónicos no podemos permitir que haya un pibe más
desaparecido por las fuerzas represivas, no podemos permitir un desaparecido/a
más en democracia. ¡Es lo que debemos hacer en honor a nuestros
desaparecidos/as y a la lucha de las madres y abuelas!
Mañana tenemos que movilizarnos para exigir justicia
por Facundo. Las agrupaciones de la lista Granate Blanca, quienes nos hemos
venido movilizando por Facundo, creemos que la conducción de FOETRA Bs. As. Debería adherir y
convocar a la movilización convocada por el Encuentro Memoria Verdad Justicia y por la Multisectorial de La Plata, Berisso y Ensenada, para poner la fuerza del
sindicato en la lucha concreta contra el encubrimiento. Las declaraciones por
redes sociales en estos momentos, no alcanzan. Tenemos que hacer escuchar el
grito de Justicia por Facundo en las calles.
Justicia por Facundo Castro
Juicio y castigo a los responsables políticos y materiales de su desaparición. El estado es responsable!
Juicio y castigo a los responsables políticos y materiales de su desaparición. El estado es responsable!
Fuera Berni! - Basta de impunidad!
LISTA
GRANATE BLANCA
Agrupación Violeta – Agrupación Clasista Naranja Telefónica- Lista Roja – Agrupación Verde Negra – Telefónicos de Pie – Alternativa Telefónica – Naranja Telecomunicaciones Mayoría. 02-09-2020
Agrupación Violeta – Agrupación Clasista Naranja Telefónica- Lista Roja – Agrupación Verde Negra – Telefónicos de Pie – Alternativa Telefónica – Naranja Telecomunicaciones Mayoría. 02-09-2020
Suscribirse a:
Entradas (Atom)