La Comisión Nacional de Comunicaciones impuso
una sanción a la empresa de telefonía celular debido a que incurrió en una
modificación irregular de las condiciones de contratación del servicio, así
como la obligación de retrotraer los planes a la situación anterior y efectuar
el reintegro correspondiente a sus usuarios.
La dependencia oficial dio a conocer la sanción
esta tarde en la reunión de rutina que el organismo mantiene cada dos semanas
con asociaciones de usuarios de todo el país, que fue encabezada por el
subiterventor de la CNC, Nicolás Karavaski. Junto con la multa, la CNC
determinó la obligación de “retrotraer la situación de los planes modificados a
las condiciones anteriores y efectuar el reintegro correspondiente”.
Si bien el monto de
la multa no fue dado a conocer, la cifra rondaría los 600.000 pesos en la base
a lo estipulado por las normas que regulan el funcionamiento del sector.
La decisión se
concretó en el marco de los lineamientos establecidos por la Secretaría de
Comunicaciones para proceder ante los inconvenientes sufridos por usuarios del
servicio de comunicaciones móviles de la empresa Movistar en relación al
consumo de sus planes de datos.
La CNC notificó a
la empresa Movistar el acto administrativo en el que dispuso la sanción, la que
podrá ser recurrida por la compañía. En la causa la CNC actuó de oficio y
exigió a la empresa toda la información correspondiente.
“Del análisis de
dicha información, el organismo concluyó que Movistar incurrió en una
modificación irregular de las condiciones de contratación del servicio, al no
haber comunicado dicho cambio a sus usuarios de manera fehaciente, clara y
transparente”, se informó esta tarde en un comunicado.
La empresa
incumplió el artículo 10.3 b del Decreto 764/2000, que establece que las
empresas tienen que garantizar el acceso a la información sobre las condiciones
de contratación que hacen los usuarios del servicio, así como también debe ser
clara la publicidad de los precios de los servicios que prestan. En base a lo
establecido por la CNC, la empresa será la encargada de comunicar a sus
usuarios de qué manera implementará el reintegro de los fondos cobrados de más.
En ese sentido, las
asociaciones de consumidores afirmaron que las sanciones impuestas por la
Comisión nacional de Comunicaciones (CNC) a la empresa Movistar son “ejemplificadora”
y cumple con el objetivo de hacer valor los derechos de usuarios del servicio
de telefonía móvil.
La conformidad por
el tenor de las sanciones fue expresada por el titular del Movimiento en
Defensa de los Derechos de los Consumidores, Usuarios y del Medio Ambiente
(MODECUMA) y coordinador de las asociaciones de usuarios en la CNC, Miguel
Fortuna, y la titular de la Asociación de Defensa de los Derechos de Usuarios y
Consumidores (ADDUC), Cristina Vicente.“Estamos satisfechos porque las
asociaciones de consumidores habíamos pedido una medida ejemplificadora y la
CNC ha cumplido en hacer valor los derechos de los usuarios y los consumidores”,
afirmó Fortuna tras su encuentro con Karavaski, en la sede del organismo.
Al destacar el
tenor de la sanción, Fortuna entendió que “es algo inédito en esta instancia
administrativa”, al tiempo que manifestó su expectativa de que “la empresa alguna
vez reconozca cuando se equivoca, porque generalmente se apela y se busca la
argucia de los tribunales”. Por su parte, Cristina Vicente también consideró
que “la multa que se aplicó es ejemplificadora porque es la máxima que puede
imponer la CNC” al cuestionar la política de “Movistar de cambiar los planes
unilateralmente sin el aviso de 60 días que establece la legislación vigente”.
La titular de ADDUC
también dijo que situaciones similares a la de Movistar “se han notado en las
empresas Claro y Personal, las que han enviado mensajes de texto diciendo que
iban a cambiar el plan o que iba a haber un aumento pero no con los requisitos
prefijados como son los 60 días de información al usuario”.
No obstante, aclaró
que en el caso de Claro y Personal “no se registró un accionar tan compulsivo
como lo ha hecho Movistar en perjuicio del usuario y del consumidor”.
Por el lado de la empresa, se limitaron a señalar que están “analizando los alcances de la resolución” para definir los pasos a dar.
Por el lado de la empresa, se limitaron a señalar que están “analizando los alcances de la resolución” para definir los pasos a dar.
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