viernes, 18 de diciembre de 2015

Oficializan la DEVOLUCIÓN DE GANANCIAS del MEDIO AGUINALDO


El Gobierno nacional eximió del pago del impuesto a las Ganancias al medio aguinaldo de aquellos trabajadores que no hayan tenido un sueldo bruto superior a los 30 mil pesos en los últimos seis meses.

La norma publicada hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del presidente , del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Hacienda, Alfonso Prat Gay, establece además que para aquellos empleados que ya hayan cobrado el medio aguinaldo, el monto retenido por el gravamen les será devuelto en enero.

“Increméntase… la deducción especial establecida en el inciso c) del Artículo 23 de dicha ley, hasta un monto equivalente al importe neto de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario correspondiente al año 2015”, estipula el artículo 1 del decreto, en referencia a la Ley de impuesto a las Ganancias.  Asimismo, señala en su artículo 3 que “en los casos en que la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario a que se refiere el Artículo 1° de la presente medida, correspondiente a jubilados y pensionados, hubiera sido abonada a la fecha de publicación del presente decreto, el impuesto que los agentes de retención hayan retenido por dicho concepto deberá ser devuelto al beneficiario de las rentas, durante el mes de enero de 2016“.

Entre los considerandos del decreto se determina que “la política asumida por parte del Poder Ejecutivo Nacional consiste en dictar medidas tendientes a dotar de progresividad” al gravamen y que, como primer impulso, buscan “aliviar la carga tributaria de aquellos trabajadores en relación de dependencia y jubilados con menor nivel de ingresos”.

La resolución también informa que “se ha instruido a la Administración Federal de Ingreso Públicos (AFIP), para que proceda a la adecuación del régimen de retención del gravamen habilitando un procedimiento especial para el cálculo de las retenciones, que implique la reducción progresiva del Impuesto a las Ganancias para los asalariados y jubilados”.
En tal sentido, establece para el período fiscal 2015 el incremento de las deducciones permitidas en concepto de ganancias no imponibles, cargas de familia y beneficios recibidos por las empresas. De todas formas, los nuevos montos de esas reducciones, que hoy es de 15.552 pesos para cada una de las categorías, serán establecidos en los próximos días por la propia AFIP.



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