lunes, 9 de mayo de 2016

Cambios en el reglamento de operadores móviles

El Ministerio de Comunicaciones modificó el reglamento sobre las regulaciones para los Operadores Móviles Virtuales y a través de la Resolución 38/2016, le permitirá a las compañías que no posean estructura propia dar servicios de comunicaciones.

El nuevo reglamento prevé la obligatoriedad del acceso o interconexión entre los Operadores Móviles de Red (OMRs) y los Operadores Móviles Virtuales (OMV). Por lo que aquellas compañías que no poseen espectro, podrán ofrecer servicios de telefonía móvil sobre la red de otras que sí lo tienen.

Por lo tanto, las empresas de telefonía IP y las cooperativas podrán subirse a la red de Telefónica y Telecom. Mientras que grandes operadores de televisión por cable, como Cablevisión, que días atrás fue autorizado a brindar el servicio de telefonía fija, podrán comenzar a ofrecer el denominado cuádruple play bajo el régimen de OMV. También podrá hacerlo Telecentro.

En tanto, todos aquellos que se interesen en esta modalidad deberían invertir al menos en la plataforma tecnológica para dar el servicio, así como en equipos de datos y de conmutación que son aquellos con los que se cursan las llamadas.

Uno de los incisos del reglamento, aclara que los operadores de red, en este caso Movistar, Personal y Claro: "deben asegurar a los usuarios del Servicio de Comunicaciones Móviles (SCM) prestado por el Operador Móvil Virtual (OMV), un nivel de calidad de servicio equivalente al del Servicio de Comunicaciones Móviles (SCM) prestado por el Operador Móvil de Red (OMR) a sus usuarios". Por lo que los OMVs, podrán dar la misma calidad del servicio que dan las operadoras tradicionales, voz, datos e Internet.

http://www.foetra.org.ar/sitio/actualidad/noticias-foetra/item/2340-cambios-en-el-reglamento-de-operadores-moviles.html

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