Los cambios alcanzan a un universo de 14 millones de trabajadores. El objetivo es dar libertad de elección a los beneficiarios e impulsar la libre competencia entre obras sociales y prepagas.
“El presente decreto comenzará a regir el primer
día del mes siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial”, indica el texto de
la norma, esto implica que la desregulación comenzará a regir el primer
día de marzo.
De esta manera, a través del decreto 170/2024, el
Ejecutivo oficializó esta modificación al establecer: “El derecho a la libre
elección podrá ser ejercido por los afiliados titulares de los Agentes del
Seguro de Salud comprendidos en el artículo 1° de la Ley N° 23.660, entre
cualesquiera de las entidades incluidas en dicha norma, con la excepción
prevista en el artículo 9°”.
CUÁLES SON LOS PRINCIPALES CAMBIOS
que introduce esta decisión
Fuentes oficiales
explicaron que la desregulación de las obras sociales introduce los siguientes CINCO
CAMBIOS SUSTANCIALES para el sector de la Salud:
Los beneficiarios podrán elegir libremente entre obras sociales y
prepagas.
Los beneficiarios ya no deberán permanecer obligatoriamente un año
en la obra social de su actividad al ingresar a un nuevo empleo.
Los beneficiarios podrán elegir una obra social o
prepaga -que se registre para tal fin- al comenzar un nuevo
empleo, sin ningún tipo de intermediación.
Los beneficiarios podrán ejercer el derecho de
libre elección una vez al año, en cualquier momento desde el inicio de
la relación laboral.
Las empresas de medicina prepaga se encuentran obligadas
a aportar al Fondo Solidario de Redistribución por el total de
la cuota que reciben (aproximadamente un 20%)
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302864/20240221
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