ACTA de declaración de la Independencia:
Se la redactó el 8 de julio de 1816, y se la votó al día siguiente a las dos de la tarde. ¿Quiénes participaron de la redacción? Posiblemente los diputados Juan José Paso y José Serrano, secretarios del Congreso. Aunque resulta lógico pensar que hayan sido más los autores intelectuales de tan importante documento.
El acta dice:
"En la benemérita y muy digna ciudad de San Miguel de Tucumán, a nueve días del mes de julio de mil ochocientos diez y seis: terminada la sesión ordinaria, el Congreso de las Provincias Unidas continuó sus anteriores discusiones sobre el grande, augusto y sagrado objeto de la independencia de los pueblos que lo forman. Era universal, constante y decidido el clamor del territorio por su emancipación solemne del poder despótico de los reyes de España; los representantes sin embargo consagraron a tan arduo asunto toda la profundidad de sus talentos, la rectitud de sus intenciones e interés que demanda la sanción de la suerte suya, pueblos representados y posteridad. A su término fueron preguntados si quieren que las provincias de la Unión fuese una nación libre e independiente de los reyes de España y su metrópoli. Aclamaron primeramente llenos de santo ardor de la justicia, y uno a uno reiteraron sucesivamente su unánime y espontáneo decidido voto por la independencia del país, fijando en su virtud la determinación siguiente:
Declaración
Nos, los representantes de las Provincias Unidas en Sud América, reunidos en Congreso General, invocando al Eterno que preside al universo, en el nombre y por la autoridad de los pueblos que representamos, protestando al Cielo, a las naciones y hombres todos del globo la justicia que regla nuestros votos; declaramos solemnemente a la faz de la tierra, que es voluntad unánime e indubitable de estas provincias romper los violentos vínculos que las ligaban a los reyes de España, recuperar los derechos de que fueron despojadas, e investirse del alto carácter de una nación libre e independiente del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli; quedar en consecuencia de hecho y de derecho con amplio y pleno poder para darse las formas que exija la justicia, e impere el cúmulo de sus actuales circunstancias. Todas y cada una de ellas así lo publican, declaran y ratifican, comprometiéndose por nuestro medio al cumplimiento y sostén de esta su voluntad, bajo del seguro y garantía de sus vidas, haberes y fama. Comuníquese a quienes corresponda para su publicación, y en obsequio del respeto que se debe a las naciones, detállense en un manifiesto los gravísimos fundamentos impulsivos de esta solemne declaración. Dada en la Sala de sesiones, firmada de nuestra mano, sellada con el sello del Congreso y refrendada por nuestros diputados secretarios.
En la sesión secreta del 19 de julio, a pedido del diputado por Buenos Aires Pedro Medrano, se agregó "Y DE TODA DOMINACIÓN EXTRANJERA" a la frase "del rey Fernando VII, sus sucesores y metrópoli". El 21 de julio, los congresales juraron la independencia y en Buenos Aires se haría el 13 de septiembre, en medio de sendos homenajes y festejos.
Fuente: ultimahoradiario