Duro golpe al modelo sindical del Gobierno
La declaración de
inconstitucionalidad hecha por la Corte Suprema a la ley sindical pone fin
al debate sobre el sistema de personería gremial y del denominado modelo de
“unicidad promocionada por ley”.
El primer fallo de la Corte en materia de libertad sindical en el 2008
(ATE c/ Gobierno Nacional) rompió con el derecho exclusivo del sindicato con
personería a convocar elecciones de delegados, facultando también al
sindicato con simple inscripción y omitiendo el requisito de estar afiliado al
sindicato con personería gremial para ser candidato.
En el fallo “Rossi” en el 2009, la Corte derribó el monopolio
de la tutela sindical como derecho exclusivo de los representantes de
sindicatos con personería gremial, ampliándola a los representantes de todos
los sindicatos.
La ley sindical
otorga al sindicato con personería gremial la representación exclusiva en todo
su ámbito personal y territorial. Es el único con capacidad de representar
colectivamente (afiliados y no afiliados).
A partir de este fallo no existe duda alguna sobre la
capacidad de acción colectiva de los sindicatos que cuentan con simple
inscripción, incluyendo aquí el ejercicio del derecho de huelga.
La sentencia se remite a la interpretación de la Comisión de expertos de la OIT. Entiende que el
convenio 87 de la OIT
limita la prioridad de la representación del sindicato “más representativo” a
la negociación colectiva, a la representación internacional y los mecanismos de
consulta.
Basado en estos antecedentes, la Corte afirma que se
“privilegia a las asociaciones sindicales con personería gremial frente a las
demás asociaciones en materia de representación de intereses colectivos
diferentes de la negociación colectiva”.
Este fallo legitima todas las medidas de acción (incluida la
huelga) adoptadas por sindicatos simplemente inscriptos en la representación del ámbito
personal y territorial de su inscripción.
Queda claro entonces que el llamado “modelo sindical
argentino” está en terapia intensiva. Si aún sobrevive es por los “cuidados
especiales” del Gobierno Nacional, que
pretende seguir siendo el que en definitiva digite quiénes son los que
representan a los trabajadores.
Ratificamos una vez más la necesidad imperiosa de una reforma de la ley
sindical adecuada al convenio 87 de la
OIT y que
priorice la voluntad libre y democrática de los trabajadores y la autonomía de
sus organizaciones.
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