lunes, 19 de mayo de 2014

ESTATUTO para los TELEOPERADORES de CENTROS de ATENCION de LLAMADAS (Call Centers)



Honorable Cámara de Diputados de la Nación


PROYECTO DE LEY

Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.

El Senado y Cámara de Diputados...

ESTATUTO PARA LOS TELEOPERADORES DE CENTROS DE ATENCIÓN DE LLAMADAS (CALL CENTERS)

DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1°.- OBJETO. El presente Estatuto regirá las relaciones laborales que se entablen en el sector privado entre los teleoperadores y sus empleadores por el trabajo que se preste en los centros de atención de llamadas, también denominados "call centers".

ARTÍCULO 2°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN PERSONAL. A los fines del presente, se considera teleoperador a toda persona que desempeñe tareas de atención, recepción o emisión de conexiones telefónicas o telemáticas para recepción de reclamos o denuncias; recepción de solicitudes de información o asesoramiento sobre aspectos técnicos, comerciales o administrativos; venta y promoción de productos o servicios; contactos de fidelizacion de clientes; realización de encuestas e investigaciones de mercadeo; o cualquier otro servicio que se proporcione a través de medios telefónicos o telemáticos.

ARTÍCULO 3°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN TERRITORIAL. Las disposiciones de esta ley serán aplicables en todos los centros de atención de llamadas que desempeñen su actividad en el territorio de la República Argentina, ya sea que actúen como entes especializados en el rubro o como unidades funcionales incorporadas dentro de una institución, organismo o empresa, incluidos también los que recepten o emitan llamadas desde o hacia el exterior del país.
Los teleoperadores que presten sus servicios en dichos centros de atención se regirán por el presente Estatuto, sea que el contrato de trabajo se haya celebrado en el país o fuera de él, en tanto se ejecute en su territorio.

ARTÍCULO 4°.- JORNADA DE TRABAJO. La jornada de trabajo diaria no podrá exceder de SEIS (6) horas, y será equivalente, en cuanto a condiciones, escala salarial y demás cláusulas que se pacten individualmente, a la jornada establecida en la ley 11.544 o a la establecida por convenio colectivo.
El trabajo prestado por el teleoperador no podrá exceder de CINCO (5) días por semana.

ARTÍCULO 5°.- HORAS NOCTURNAS. La jornada de trabajo íntegramente nocturna no podrá exceder de CINCO (5) horas y TREINTA (30) minutos, entendiéndose por tal la que se cumpla entre la hora VEINTIUNA (21) de un día y la hora SEIS (6) del siguiente. Cuando se alternen horas diurnas con nocturnas se reducirá proporcionalmente la jornada o se pagarán los minutos de exceso como tiempo suplementario según las pautas del artículo 201 de la ley 20.744 (T.O 1976)..

ARTÍCULO 6°.- DESCANSOS. El trabajo prestado por el teleoperador estará sometido a los siguientes descansos:
a) Descanso hebdomadario: el empleador deberá proceder de forma tal que a cada trabajador le corresponda el goce del descanso semanal, en al menos DOS (2) fines de semana por mes trabajado. Este precepto no se aplicará a aquellos trabajadores que desempeñen exclusivamente sus tareas los fines de semana.
b) Descanso durante la jornada diaria: el trabajador gozará de un descanso de QUINCE (15) minutos cada DOS (2) horas efectivamente trabajadas.
c) Descanso compensatorio: el trabajador que por razones de servicio deba trabajar en feriados nacionales, percibirá sus haberes con un incremento del CIEN POR CIENTO (100%).
d) Pausa entre llamadas: los sistemas de comunicaciones deberá garantizar una pausa mínima de QUINCE (15) segundos entre llamadas, a los efectos de permitir el descanso del teleoperador.
e) Descanso entre jornadas: el trabajador gozará entre jornada y jornada de un descanso mínimo de DOCE (12) horas.

ARTÍCULO 7°.- LICENCIA POR EXÁMENES. El teleoperador gozará de DOS (2) días corridos por examen, con un máximo de VEINTE (20) días por año calendario. El beneficio se otorgará a estudiantes de instituciones de nivel medio y superior públicos y/o privados reconocidos oficialmente.

ARTÍCULO 8°.- REMUNERACIÓN. El teleoperador percibirá una remuneración fija que no podrá ser en ningún caso inferior al salario mínimo vital y móvil o al salario básico establecido en el convenio colectivo, si éste fuere superior.

ARTÍCULO 9°.- INCENTIVOS Y COMISIONES. Para el caso de que se pacten incentivos o comisiones, los mismos deberán sumarse al salario y adicionales establecidos por la legislación y convenios colectivos, debiendo ser fijados por escrito y pudiendo ser modificados posteriormente siempre que otorguen condiciones más beneficiosas para el trabajador.

ARTÍCULO 10.- SALARIO POR DÍA DE DESCANSO NO GOZADO. Queda prohibida la ocupación del teleoperador desde las TRECE (13) horas del día sábado hasta las
VEINTICUATRO (24) horas del día domingo, salvo los casos de excepción que la reglamentación prevea, en cuyo caso el trabajador gozará de un descanso compensatorio en la semana siguiente, de goce íntegro y continuado entre las TRECE (13) horas y las VEINTICUATRO (24) horas del día siguiente.
Cuando el teleoperador prestare servicios entre las TRECE (13) horas del día sábado y las VEINTICUATRO (24) horas del día domingo, medie o no autorización, sea por las circunstancias previstas en el artículo 203 de la ley 20.744 o por estar comprendido en las excepciones que con carácter permanente o transitorio se dicten, el empleador estará obligado a abonar el salario habitual con el CIEN POR CIENTO (100%) de recargo, sin perjuicio de su obligación de otorgar franco compensatorio.

ARTÍCULO 11.- FRANCO COMPENSATORIO. En el caso en que el trabajador prestare servicio conforme el artículo anterior, el empleador estará obligado a otorgar el franco compensatorio en la semana siguiente, con las modalidades dispuestas en el artículo 204 de la ley 20.744. Su omisión será considerada infracción grave de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3° del anexo II de la ley 25.212 y sancionada conforme se establece en dicha normativa. El trabajador podrá disponer por sí el goce del franco compensatorio omitido a partir de la semana subsiguiente y hasta la extinción del vínculo laboral, previa comunicación formal de ello efectuada con anticipación no menor de VEINTICUATRO (24) horas a su efectivo goce y con indicación de su extensión en caso de acumulación de francos no gozados.
Si a la extinción del vínculo quedaran subsistentes francos compensatorios pendientes de goce, el trabajador tendrá derecho a percibir los salarios pertinentes con un incremento del CIEN POR CIENTO (100%).

ARTÍCULO 12.- CAPACITACIÓN. El empleador dispondrá la realización de programas de capacitación continua con la finalidad de atender las necesidades de preparación de su personal, los cambios tecnológicos, la reestructuración funcional o por servicios, exigidas para la evolución y el desarrollo de sus tareas. Asimismo, el empleador deberá proveer al trabajador con la información necesaria para atender las medidas de seguridad y la correcta utilización de los elementos de trabajo que le sean dados.
La concurrencia a las actividades de capacitación y entrenamiento correspondientes tendrá carácter obligatorio para los trabajadores designados.
El período mediante el cual el trabajador estuviere afectado a tareas de capacitación, aún cuando sea para comenzar a prestar el servicio designado, devengará derecho a percibir remuneración y se desarrollará respetando las horas máximas de jornada laboral y las condiciones establecidas en el presente estatuto.

ARTÍCULO 13.- INFRAESTRUCTURA Y CONDICIONES AMBIENTALES. Los establecimientos en los cuales se desarrolle la actividad del teleoperador deberán respetar condiciones de seguridad ambientales, como asimismo deberán proveer al empleado los elementos necesarios a los efectos de que éstos puedan desarrollar su tarea en condiciones seguras, salubres y que respetan la integridad del mismo.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social designará al organismo de contralor del presente Estatuto, el que deberá además establecer los parámetros mínimos de higiene y seguridad ambiental.

ARTÍCULO 14.- PROCESO Y CONTROL DE TRABAJO El empleador deberá comunicar al teleoperador, al inicio de la relación laboral, el tiempo máximo fijado por llamada. El mismo podrá ser modificado posteriormente, debiendo ser definido en función de la tarea asignada, la antigüedad y la experiencia del teleoperador. Dicha modificación deberá ser previamente notificada al trabajador. A los fines del establecimiento del límite de duración máxima de las llamadas, se garantiza la efectiva participación de la asociación profesional de trabajadores de la actividad.
La supervisión o control del trabajo mediante escuchas deberá ser comunicada previamente al trabajador y tendrá únicamente fines correctivos, no pudiendo en ningún caso aplicarse reducciones salariales.

ARTÍCULO 15.- EXÁMENES MÉDICOS. El teleoperador deberá someterse a los exámenes médicos que se detallan:
a) Examen preocupacional, tomando en cuenta las exigencias del puesto, el que deberá incluir como mínimo, la realización de estudios visuales y auditivos;
b) Exámenes médicos anuales, los cuales consistirán en examen clínico completo, audiometría, examen de la vista, examen neuropsiquiátrico y psicológico, electroencefalograma, análisis de orina, radiografía de tórax y columna, sin perjuicio de otros que el organismo de contralor determine..
Será obligatorio para el empleador entregar al trabajador copia de los exámenes citados sin requerimiento previo. Dicha información constituirá el legajo médico del trabajador.

ARTÍCULO 16.- RIESGOS DEL TRABAJO. Dentro de los NOVENTA (90) días a partir de la publicación de la presente, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo deberá establecer disposiciones relativas a los riesgos específicos del trabajo de los teleoperadores, sin perjuicio de las exigencias contenidas en la legislación vigente.

ARTÍCULO 17.- DISPOSICIONES APLICABLES. Salvo colisión con lo establecido por el presente, se declaran aplicables las disposiciones establecidas por ley 20.744 (T.O 1976) y convenios colectivos que regulen la actividad en cuanto importen conceder mayores beneficios al trabajador.

ARTÍCULO 18.- PERÍODO DE ADECUACIÓN. Los centros de atención de llamadas tendrán noventa (90) días para adecuar su situación a lo establecido por la presente ley.

ARTÍCULO 19.- Comuníquese al Poder Ejecutivo."


FUNDAMENTOS

Señor presidente:
Una de las tantas consecuencias negativas y de más difícil sustitución, de la imposición del neoliberalismo ha sido el desarrollo de modalidades de trabajo precarizadas, flexibles, que facilitaron a las empresas, políticas de tercerización y/o relocalización de actividades. Los llamados "call centers" o "centros de atención de llamadas" son una de esas modalidades.
En aquellos momentos, frente a la tendencia de creación de empleos en el sector servicios, tanto para el mercado interno como fundamentalmente para la relocalización de actividades de empresas internacionales, subsidiarias de firmas globales consideradas como proveedores de servicios empresariales a distancia y como una forma de inserción subordinada al mercado global, la Argentina llegó a ser polo de atracción global para ellos, junto a India y Malasia, movidos por las ventajas comparativas que el país ofrecía en el marco de la hegemonía neoliberal para los trabajos de baja calidad: disponer de mano de obra calificada y barata (especialmente jóvenes estudiantes bilingües), un amplio uso extendido de la tecnología de la información y de buenas comunicaciones, un huso horario favorable y bajos costos laborales, entre otras.
Dentro de los servicios, hay una distinción entre las prestaciones de mayor o menor rutina, como la recopilación y tratamiento de datos, la administración de reclamos y servicios básicos de atención de llamadas y otras con mayor contenido técnico y prestaciones más específicas como el telemarketing y la asistencia post venta (de complejidad mediana) y el diseño y administración de sitios web, contabilidad, de procesos empresariales de alta especialización y que requieren alta calificación.
De acuerdo a lo presentado en el estudio de Andrea Del Bono "Tercerización de servicios en la argentina: empleo y gestión de RRHH en los call centers" en nuestro país ... "Hoy en día es muy corriente que los servicios de atención al cliente se subcontraten a una empresa tercerizadora especializada en gestionar las operaciones de Call Centers y Contact Center (CC); en el caso argentino esa tendencia se reflejó en el crecimiento explosivo de la actividad de los CC tercerizados y en la conformación del sector de Empresas Tercerizadoras de Call Centers (ETCC). Asimismo, la importancia que tiene hoy para el sector de ETCC la exportación de servicios nos lleva a considerar que el así llamado boom de los Call Centers offshore (CC offshore) confirma la evolución de algunas ETCC, que comenzaron brindando servicios poco complejos y poco especializados y que ahora incursionan en el terreno de la exportación como proveedoras de SED de mayor valor agregado."

En principio trabajar en un "call center" se presenta como atractivo para jóvenes y particularmente para mujeres, por la flexibilidad horaria que facilita la continuidad de los estudios, por lo que no es casual que la mayoría de los empleados en este tipo de empresa estén comprendido en la franja etaria que va de los 18 a 29 años, siendo incluso para muchos de ellos, su primera experiencia en el mercado de trabajo y que la mayor parte de ellos posean estudios secundarios, terciarios y universitario. Ahora bien, no es fácil trabajar allí: hay alta rotación en los puestos y horarios de trabajo, no suelen ser buenas las condiciones ambientales y de salubridad del entorno laboral, hay problemas con los encuadres convencionales, despidos masivos, falta de regulación y hasta falta de representación gremial.

Asimismo, en dicho documento se aclara que ... "En muchos países, el nuestro es uno de ellos, las ETCC tienen problemas para reclutar agentes calificados y, sobre todo, para retenerlos en el tiempo. Mientras que el desgaste de los trabajadores de CC ha sido siempre una característica que atraviesa la actividad, en el caso de las empresas tercerizadoras de las que nos hemos ocupado, el problema se acentúa debido a la competencia "a la baja" de las empresas que aspiran a competir en el mercado de exportación de servicios. Asimismo, tampoco es auspicioso el hecho de que las ETCC se mueven atraídas sobre todo por los bajos costos más que por la expertise de los recursos humanos disponibles".
En el contexto de la desregulación, la actividad se desarrolló sin marcos legales que de cuenta de sus especificidades y menos aún, proteja a los trabajadores. Así puede entenderse que no legislar aún sobre este tema es una deuda pendiente que tiene el Congreso y que con este proyecto vamos a saldar.

Esa falta de regulación específica se tradujo en numerosas complicaciones para los trabajadores que terminaban desprotegidos. Una de ellas es que la actividad desarrollada se enmarcara en regulaciones no adaptadas. Así es común englobar la actividad del teleoperador en el convenio de los empleados de comercio.

Y esta cuestión es fundamental porque, entre otras cuestiones, la actividad requiere una mirada y comprensión especial debido a la particularidad de sus tareas cotidianas. Es un trabajo sedentario y repetitivo que presenta reconocidas características de insalubridad producto de su alta exigencia psíquica y mental que resulta en un desgaste muy alto en los trabajadores que suelen tener stress, irritabilidad, intolerancia y agresividad social, además de problemas visuales, dolores en la espalda y cuello propio de estar sentados frente a computadoras, así como disfonías crónicas y hasta nódulos en las cuerdas vocales y/o pérdida de la voz gracias a la sobre exigencia del uso de la voz y muchos otros trastornos respiratorios, digestivos, etc. Estas cuestiones tienden a agravarse porque generalmente la infraestructura y las condiciones ambientales son inadecuadas.
El proyecto que se presenta busca definir un marco regulatorio en cuanto a los derechos laborales y las obligaciones que deben ser respetadas por teleoperadores y empleadores, definiendo ciertas condiciones laborales para su actividad.

Este proyecto encuentra sus antecedentes en uno presentado en el año 2005 (4676-D-05) por los entonces diputados Miguel Bonasso, Julio Accavallo, Alberto Piccinini, José Roselli, Alejandro Filomeno, Francisco Gutiérrez, Claudio Lozano, Juliana Marino y Araceli Méndez de Ferreyra que contó, en su elaboración, con la colaboración de la Federación de Obreros y Empleados Telefónicos de la República Argentina (FOETRA) Sindicato Buenos Aires y en la media sanción del Senado (CD 91-S- 2011) del 27 de julio de 2011 que agrupó a los proyectos 3557/10 del senador Ramón Mestre y 4439/10 de las senadoras María de los Angeles Higonet, Blanca Osuna; Ana María Corradi de Beltrán, Roxana Latorre, Lucía Corpacci, Graciela Di Perna, Carlos Verna y que fuera sancionada por unanimidad.
En definitiva, este proyecto recoge los intentos de darle marco normativo al tema y tomó en cuenta los planteos elaborados por la Federación de Obreros y Empleados Telefónicos de la República Argentina, así como estudios que se realizaron sobre la actividad del teleoperador, entre ellos "Telegestión: su impacto en la salud de los trabajadores" de Julio César Neffa y otros investigadores (1998); "La tarea de los operadores telefónicos y sus condiciones de trabajo en las empresas concesionarias de la ex Ente" de Verónica Lascano y Federico Vocos, del Taller de Estudios Laborales y "Condiciones y medio ambiente de empleados telefónicos afectados al servicios de telegestión (112, 110, 114, 000): diagnóstico preliminar y recomendaciones" de Juan Jorge Fariña y Carlos Gutiérrez de la Cátedra de Psicología, Etica y Derechos Humanos de la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires (2001), "Operativo Call Center 2010" informe del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; "Tercerización de servicios en la argentina: empleo y gestión de RRHH en los call centers" Andrea del Bono (CONICET - CEIL-PIETTE - UNLP) y Laura Henry (CONICET - CEILPIETTE) (2008); "Experiencias laborales juveniles. Los agentes telefónicos de call centers offshore en Argentina", Trabajo y Sociedad, vol. IX, nº 10, Santiago del Estero, Argentina. (MTEySS). Del Bono, A. y Bulloni, M. (2008).

Por lo expuesto y atento a la necesidad de darle un marco legal que mejore las condiciones de trabajo de este sector, es que solicitamos a nuestros pares que acompañen con su voto la sanción del presente proyecto de ley.



viernes, 16 de mayo de 2014

LAS TELEFÓNICAS refuerzan el AVANCE sobre la TELEVISIÓN PAGA



AT&T NEGOCIA LA COMPRA DE DIRECTV POR UNOS US$ 50.000 MILLONES
Las telefónicas avanzan cada vez más en el sector de la TV paga. Esta semana se conoció que una de las mayores telefónicas estadounidense, AT&T, negocia la compra del operador satelital DirecTV en unos US$ 50.000 millones.
La estadounidense DirecTV es el mayor operador global de televisión paga, con 35 millones de abonados, con creciente presencia en América latina.
En la Argentina, DirecTV tiene dos millones de abonados, que representan el 25% del mercado de la televisión paga, con un aumento del 220% en su base de abonados en los últimos cinco años, frente al 15% de incremento que en ese período tuvo el resto del sector.
La ley de medios beneficia a DirecTV, que puede brindar su servicio en todo el país; mientras que los operadores de TV por cable sólo pueden estar en 24 localidades. Además, su aplicación selectiva por parte de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), que preside Martín Sabbatella, le permite a DirecTV emitir sólo los canales de la televisión abierta de Capital Federal y no incluir a los canales de aire de las provincias.
Según Dataxis, el mayor operador de TV paga en la región es la empresa mexicana América Móvil, que a fin de 2013 tenía 13,5 millones de abonados en 15 países y su mayor filial es la de Brasil, donde tiene aNet, que le compró al multimedios O Globo.
América Móvil es dueña en la Argentina del operador de telefonía celular Claro, que no puede dar TV paga, porque la ley de medios establece que sólo pueden tener licencias audiovisuales las empresas de capital argentino, hasta 30% de capital extranjero, excepto que tengan tratado de reciprocidad en las inversiones, como Estados Unidos, Francia, Países Bajos e Italia.
Telefónica también avanza a nivel global muy fuerte en el sector de la TV paga. La semana pasada el Grupo Prisa aceptó su oferta de compra del 56% del operador de TV por cable español Canal+, en US$ 1.000 millones.Telefónica es el mayor operador de telecomunicaciones en España y con esta adquisición será también el mayor operador de televisión paga en ese país.
Canal+ tiene 1,6 millón de abonados, que se sumarán a los 700.000 que ya tiene Telefónica en España, a través de Fusión TV. Además, el operador español tiene otros 2,5 millones de abonados a la TV paga en América latina.
La ley de medios también le prohíbe a Telefónica dar servicios de televisión en la Argentina. Pero igual tiene nueve canales, a través de Telefe, y el Gobierno no resolvió su situación, pese a que tiene desde hace un año y medio su plan de adecuación en AFSCA.
En tanto, el Gobierno analiza una modificación a esa normativa, para permitir el ingreso de las telefónicas internacionales al sector de la TV paga en la Argentina.

domingo, 11 de mayo de 2014

EFEMERIDES: 11 de MAYO de 1974 es asesinado el Padre CARLOS MUGICA


Carlos Francisco Sergio Mugica Echagüe, (Buenos Aires, Argentina, 7 de octubre de 1930 - 11 de mayo de1974), fue un sacerdote y profesor argentino vinculado al Movimiento de Sacerdotes para el Tercer Mundo y a las luchas populares de la Argentina de las décadas de 1960 y 1970. La mayor parte de su labor comunitaria tomó lugar en la Villa de Retiro, que los vecinos llaman con su nombre. Fue el fundador de la parroquia Cristo Obrero de la Villa 31 de Retiro. Murió asesinado a balazos, después de celebrar misa en la iglesia de San Francisco Solano, en Villa Luro

A modo de HOMENAJE  lo recordamos con un libro de su autoria :



sábado, 10 de mayo de 2014

Sólo queda Un Teléfono Público cada 28 cuadras y Nadie Los Usa



Hace 10 años había 10 mil y hoy apenas sobreviven 1.140. La Ciudad los retira y se acumulan en un depósito, donde llegan hasta con las monedas. Las empresas no los reclaman y no se pueden reciclar.

La pila asoma por encima de las chapas del corralón de Montes de Oca y Osvaldo Cruz, al final de Barracas. Arrumbados, casi un millar de teléfonos públicos dan cuenta de una realidad que excede a esa montaña de chatarra en la que se están convirtiendo y muestra como la evolución tecnológica cambia los usos, lo que influye directamente en el espacio público. En las calles de la Ciudad sólo quedan 1.410 cabinas con teléfonos públicos y desde las telefónicas indican que se utiliza con frecuencia no más del 5%. Por el momento el destino de estas cabinas es incierto: a las empresas les resulta más costoso hacerse cargo que abandonarlas y, si bien el Gobierno porteño retira y acumula las que están vandalizadas o no funcionan, no tiene el poder de disponer de sus restos.

El punto de partida es obvio: en poco más de tres décadas cambió por completo la manera de establecer comunicaciones. De las viejas burbujas de Entel que explotaron a principios de los 80 (cuando solo una de cada tres casas de familia tenía línea telefónica) a las torres alargadas con predominio de grises y azules de las empresas privatizadas. En el medio, la proliferación y el declive de los locutorios. Y, claro, la explosión de los dispositivos móviles: en la actualidad se estima que en el país hay un celular y medio por persona.

“La Ciudad cuenta con una cantidad de cabinas telefónicas que fueron instaladas antes del crecimiento de la telefonía celular. En su mayoría se encuentran vandalizadas o son utilizadas para la pegatina ilegal. En ese estado de abandono y desuso generan un perjuicio para los vecinos ”, explica Patricio Di Stéfano, subsecretario de Uso del Espacio Público porteño. Vale decir que, en 2004, en las calles de la Ciudad había 10 mil teléfonos públicos. En 2009 la cifra se redujo a 4.800 y en 2012 eran alrededor de 2.400. El año pasado se desmantelaron 820 y en lo que va de 2014 unas 170.

“La telefonía móvil es el medio de comunicación más elegido actualmente. Este comportamiento se evidencia en el uso que se registra en el parque de teléfonos públicos instalados. Los que se encuentran en la vía pública tienen un índice de uso casi nulo y por otra parte son objeto de vandalización indiscriminada. Cada vez más, los comerciantes o vecinos se oponen a su existencia. Solo es utilizado con frecuencia un 3% de los teléfonos públicos, que son mayormente los que están en sitios cerrados como terminales de ómnibus y trenes, hospitales, shoppings, aeropuertos y dependencias de gobierno”, confirman fuentes de Telecom.

Formalmente, se trata de una situación heredada de los tiempos en que Buenos Aires no era autónoma y no existe regulación específica. “Como el resto de los servicios públicos, pueden colocarse con un permiso de uso de Espacio Público y deben mantenerse en condiciones de higiene y seguridad de modo que no constituyan un riesgo para las personas”, explican en esa dependencia.

Si bien son propiedad de las empresas, la falta de uso hace que tampoco se cumpla con el mantenimiento. Los teléfonos no funcionan, las cabinas acumulan suciedad y los techos y vidrios rotos (o los cables pelados) se vuelven riesgosos para la gente. El Gobierno porteño retira de la vía pública aquellos que están inutilizados apelando a la Ley 4013, que establece que el Ministerio de Ambiente y Espacio Público debe “proteger, mejorar y mantener el Espacio Público”. Tanto la avenidas San Juan y Rivadavia, por ejemplo, ya están totalmente despejadas.

“Se las guarda por un tiempo y las empresas pueden retirarlas del depósito de la Ciudad, pero por ahora no han mostrado interés en hacerlo ya que argumentan que el valor del traslado es superior al valor de las cabinas ”, responden desde el Ministerio. En algunos casos los teléfonos todavía tenían monedas adentro, que tampoco están siendo reclamadas.

En este punto aparece otro problema que sigue creciendo en la Ciudad: la falta de circuitos que permitan reciclar y recuperar lo que habitualmente se conoce como “basura electrónica”. “Hay desarmaderos y centros de acopio. Y se reciclan materiales como chapa, cobre, hierro, cartón y papel. Pero otros elementos como las placas de los teléfonos no se reciclan acá, se mandan al exterior, a veces la placa entera y otras en forma de molienda. Los costos del proceso y la logística son importantes. ¿Qué se obtiene de ahí? Por ejemplo oro y plata, es lo que se llama minería urbana ”, explica Juan Martín Ravettini, al frente de quereciclo, dedicados al reciclado de informática y electrónica.

La otra fase del “recupero” tiene que ver con los coleccionistas. Pero las columnas grisáceas no lucen como las viejas burbujas naranjas o las cabinas rojas (a la inglesa, sí) que decoran Plaza Francia.

http://www.clarin.com/ciudades/Solo-queda-telefono-publico-cuadras_0_1135686554.html

miércoles, 7 de mayo de 2014

A fin de año, casi medio mundo ACCEDERÁ a INTERNET


La mayoría se conectará desde el celular. Cae el teléfono fijo
Cifras difundidas hace pocas horas por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) indican que, a finales de 2014, habrá cerca de 3.000 millones de usuarios de Internet en el mundo (cerca del 43% de la población). A la vez, el organismo estima que de ellos, 2.300 millones estarán abonadas a accesos de banda ancha móvil.
A finales de 2014, la penetración de banda ancha móvil alcanzará al 32% de la población mundial. En los países desarrollados llegará al 84%, cifra que será cuatro veces mayor a la de los países en desarrollo, donde solo el 21% tendrá este tipo de conexión.
A la vez, las estadísticas marcan que sigue reduciéndose el número de usuarios de telefonía fija, servicio que ha ido en descenso durante los últimos cinco años. A finales de 2014, estima la UIT, habrá unos 100 millones de abonos a telefonía fija menos que en 2009. Como contracara, a fin de año habrá casi 7.000 millones de abonos a telefonía celular, lo que implica, en promedio, casi un celular por habitante de la Tierra.
“Los datos muestran que la tasa de crecimiento del celular ha alcanzado su nivel más bajo en la historia (2,6% en todo el mundo), lo que indica que el mercado está acercándose a la saturación”, indica la UIT.
Por su parte, las conexiones de banda ancha fija crecerán, pero a un ritmo decreciente, y alcanzarán sobre el final de 2014 al 10% de la población mundial.
A su vez, la UIT estima que hacia fin de año el 44% de los hogares del mundo dispondrá de acceso a Internet. Aunque la distribución de esas conexiones será bien despareja: un 31% en los hogares de los países en desarrollo tendrán acceso a Internet; contra el 78% de los hogares de los países desarrollados.

POR LEO GONZÁLEZ PÉREZ

martes, 6 de mayo de 2014

SOY TELEFÓNICO: 300.000 Visitas virtuales!!

Somos el sitio web del ámbito laboral de las Telecomunicaciones más consultado en las Redes Sociales  de Argentina
300 mil consultas buscando-compartiendo   información, noticias, opiniones, datos, reclamos, estadísticas, imágenes, videos, entrevistas…
Soy Telefónico: El feedback on line de los  trabajadores

Aquí estamos….


Soy Telefónico: También en Facebook


Estamos donde estas vos, donde haga falta para estar informados!!!!!!



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PARITARIAS: Declaración de la Granate Blanca


VIDEOS INÉDITOS de Argentina (Publican en YouTube)



Pertenecen a los archivos de la legendaria productora francesa Pathé. Son cerca de 3 horas que permiten recorrer la historia del país desde 1916 hasta los años ‘70.
En el espacio inabarcable de Internet ronda un tesoro. Y parte de las joyas de ese tesoro hacen a la historia de la Argentina.
La legendaria empresa British Pathé, fundada en París en 1896, decidió hacer público su gigantesco archivo de ochenta y cinco mil films que narran en buena parte la historia del mundo hasta mediados de los años 70. Y subió todo a Internet en un canal especial de YouTube. Fueron celuloide y ahora son píxeles, da igual: abren la puerta hacia un pasado en parte cercano, en parte remoto, y dan cuenta de cómo y en cuáles circunstancias el mundo que conocimos dio una vuelta de carnero y giró loco, guerrero, impiadoso rancio y obcecado; o sabio, solidario, generoso, progresista y humanitario.
Se trata de un espejo que nos muestra cómo fuimos antes de ser esto que somos. Y el ejercicio de internarse en ese laberinto de viejos fragmentos de historia, algunos mudos, muchos en blanco y negro, otros en color, algunos con pocos segundos de duración, otros de varios minutos, es una experiencia fantástica.
Los archivos referidos a la Argentina fueron reunidos en un blog  el acceso a British Pathé y a Mediakraft amplían aún más la información sobre todo el material a disposición de curiosos y fanáticos.
British Pathé reflejó parte de la realidad de nuestro país desde 1916, cuando Gran Bretaña prestaba especial atención a la Argentina y el país gustaba de consagrarse “una joya más de la corona británica”. Figuran las visitas del Príncipe de Gales en 1924 y 1931, el fenómeno del tango en 1930, la visita del vicepresidente Julio A. Roca (hijo) a Inglaterra (identificado como presidente) para la firma del ignominioso tratado Roca-Runciman en 1933 y el boom del polo en esos mismos años 30.
A partir de los años 40, la escena está dominada por el ascenso de Perón, su caída en 1945 y elección en 1946, con escenas de la campaña electoral de los años 40 en la que despliega encanto una activa Eva Perón. La voz joven de la primera dama surge en un reportaje concedido en Italia durante su viaje a Europa y más de un clip refleja el dolor que siguió a su muerte en 1952. Algunas escenas inéditas narran el derrocamiento de Perón en 1955 y el inicio de décadas de inestabilidad social y política en el país. Las primeras huelgas de la resistencia peronista, el gobierno de Arturo Frondizi y su caída, los enfrentamientos entre azules y colorados de abril de 1963 y la entrada en el torbellino de los ’70.
Quien quiera ver en el espejo invalorable de los archivos de British Pathé un país que estaba a punto de perder su inocencia, puede hacerlo. La Argentina de las tres décadas que abarcan del 50 al 70, pugnaba a su manera por mantener la inercia de los años felices que había dado el peronismo y enriquecer, si era posible, los resortes de la economía con un apoyo cultural que hacían del país un faro, envidiado pero nunca discutido, para el resto de América latina.
Bajo ese asfalto pujante, los archivos de la Pathé revelan que hervía otra Argentina, sumida en el caldero del rencor y de la frustración. Como a la España de Antonio Machado, una de las dos nos iba a helar el corazón.

lunes, 5 de mayo de 2014

Más EMPRESAS PREVÉN REDUCCIÓN de PERSONAL y RETIROS VOLUNTARIOS / María Laura Calí **

El 15% espera achicar su plantel. Los sectores de la producción serán los más afectados.
El escenario laboral de este año pone de manifiesto señales de alerta. El blanqueamiento de la inflación, sumado a la agudizada criticidad de indicadores económicos propios y del contexto externo, especialmente de Brasil, potencian la implementación de medidas con impacto directo en la generación de empleo.
El último relevamiento de SEL Consultores entre 150 empresas líderes de la Argentina pone en evidencia un aumento sensible en la proporción de compañías que esperan disminuciones en sus dotaciones. Un 15% de las compañías esperan una baja, mientras que un año atrás este porcentaje era el 9%. Esta incidencia crece notoriamente en empresas de producción de bienes durables, donde llega al 23% y en industrias de consumo masivo, donde se ubica en un 18%. Para estos sectores, la disminución un año atrás se ubicaba en un 12% y un 6%, respectivamente.
Quizás aún más importante es señalar que la proporción de personal afectado por las disminuciones también crece, llegando a un promediodel 9% de la dotación, con fuerte impacto en las categorías más vulnerables: operarios, analistas y técnicos y administrativos. Un año atrás los que esperaban disminuciones, informaban un impacto en las dotaciones no mayor a un 5%.
Por otro lado, decrecen las expectativas de aumentos: sólo un 19% de las compañías esperan incrementar su dotación en 2014, ocho puntos por debajo de 2013, cuando llegaba a 27%. La reducción de expectativas de crecimiento, también se acentúa en los sectores directamente vinculados a producción.
A partir del blanqueamiento de la inflación, las empresas líderes se vieron obligadas a revisar sus ajustes salariales. Para el personal fuera de convenio, de un porcentaje presupuestado en octubre-noviembre de 25%, las proyecciones hoy se ubican 5 o 6 puntos por encima, con lo que se llega a un 31% anual. Para el personal dentro de convenio, a pesar de tener también un parámetro del 25%, la mayoría de los convenios superan ampliamente este número, igualando o superando un 30%.
Este defasaje no es gratuito y, en muchos casos, potencia la aplicación de otras medidas vinculadas a la contención de costos: 1 de cada 3 empresas líderes aplicó o aplicará este año programas de retiro anticipado entre personal próximo a jubilarse; 2 de cada 10 ha suspendido el ingreso de nuevo personal, es decir cuando se genera una vacante no es cubierta por contrataciones, sino que se reabsorbe dentro del equipo disponible; igual proporción redujo la cantidad de horas extras; un 15% aplicará retiros voluntarios a todo el personal y un 10% adelantará vacaciones. Todas estas medidas se acentúan en los sectores ligados a la producción.
Sin bien no estamos es un escenario de medidas masivas, reina un situación de cuidado e incertidumbre, donde la creación de empleo se encuentra claramente relegada.

(**) Directora Ejecutiva de SEL.

martes, 29 de abril de 2014

¿Socialismo o tratado de esclavitud en Cuba?


¿Estamos en el 2014? Debe haber algún error.

Estudiando la Resolución 16/2014 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, asociada a la Ley de la Inversión Extranjera, me hice la misma pregunta varias veces: ¿Estamos de vuelta a 1850, en plena era del esclavismo? La Resolución indica que el trabajador (o “fuerza de trabajo” como se denomina) no es más que un insumo adicional a considerar en la productividad de nuestro país, con el que se comercializa y se dispone sin que tenga voz ni voto en el proceso.

Para empezar, el trabajador que quiera emplearse en una empresa extranjera, lo primero que tiene que hacer es firmar un contrato con una entidad empleadora estatal, intermediaria, quien se encarga de buscarle un puesto de trabajo.

En todo el proceso de contratación, la opinión del trabajador no se toma en cuenta. La entidad estatal reclutadora es quien asigna el puesto de trabajo al empleado, y quien pacta, con la parte extranjera, el salario; al igual que las condiciones de promoción y de “estimulación”. La Resolución da a entender que el sindicato sí participará en las negociaciones entre entidad estatal y extranjera, pero como se sabe, los sindicatos en Cuba son estatales y los derechos que defienden no son precisamente los de los trabajadores; de hecho, los grandes promotores de despidos en Cuba son los propios sindicatos.

La oportunidad de prosperar para un trabajador cubano en una empresa extranjera es reducida. Los sueldos serán en pesos cubanos no equivalentes al dólar y se determinarán a partir de la escala de salarios que se pacte. Ésta considerará la establecida actualmente y en la que el salario máximo es de 650 pesos al mes (unos 26 dólares).

Anteriormente, los que trabajaban para empresas mixtas sobrevivían gracias al “fondo de estimulación económica”. Este fondo no es más que un dinero extra que le paga directamente el empresario extranjero al trabajador cubano (generalmente en dólares) con el objetivo de estimularle.
La nueva ley dispone que “el fondo de estimulación económica” sólo se le autorizará a “algunas empresas” y el “estímulo” estará sujeto al impuesto sobre la renta (con una tasa del 50% a quien gane más de 170 dólares al mes). No todos los puestos en las empresas extranjeras se contratan mediante la entidad estatal empleadora. La Resolución establece que “la autoridad y órgano facultado” (Ministerio), designará aquellos puestos de dirección, funcionarios y otros que desempeñen ocupaciones para las que se exigen “requisitos de confiabilidad”. Es decir, esos cargos son otorgados a dedo, sin transparencia en su proceso de selección.

¿Cuáles son aquellas ocupaciones que requieren “confiabilidad”? En las empresas mixtas de hoy, los puestos “designados” se conocen entre emigrados extranjeros como “puestos floreros”, con la única responsabilidad real de controlar a los directivos extranjeros (y aquí se entiende lo de “confiabilidad” para el chivateo). Es importante hacer referencia al lenguaje utilizado en la Resolución. Se habla de los trabajadores como si fuera que un señor feudal le presta a otro ganado vacuno: “suministro de trabajadores”, “devolución o sustitución del trabajador”. Los empleados ¿se suministran?, ¿se sustituyen?, ¿se devuelven? ¿Qué son? ¿Materia prima?

Vista con detenimiento la Ley de Inversión Extranjera y la Resolución de Trabajo y Seguridad Social, queda claro que el Gobierno de Cuba no tiene nada de socialista. En un gobierno socialista, el “fondo de estimulación” sería obligatorio para todas las empresas (no sujeto a aprobación) para que los trabajadores puedan beneficiarse de los logros de las empresas. Y por supuesto, los trabajadores jamás estarían ausentes en las negociaciones.

No hay nada más parecido a un tratado esclavista.


lunes, 28 de abril de 2014

El valor de la Canasta Básica predeterminan los índices de Pobreza e indigencia





Para la CGT: una familia (2 adultos y 2hijos) es POBRE Si percibe menos de $ 7.122 mensuales ($237.40 x día)

En el otro extremo


Para el INDEC : una familia (2 adultos y 2 hijos) es POBRE Si percibe menos de $ 1.783.- mensuales ($59.44.- x día)