martes, 20 de mayo de 2014
lunes, 19 de mayo de 2014
ESTATUTO para los TELEOPERADORES de CENTROS de ATENCION de LLAMADAS (Call Centers)
Honorable
Cámara de Diputados de la Nación
PROYECTO DE LEY
Texto facilitado por los firmantes
del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por
auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado
por la Imprenta del Congreso de la Nación.
El Senado
y Cámara de Diputados...
ESTATUTO PARA LOS TELEOPERADORES DE CENTROS DE ATENCIÓN DE
LLAMADAS (CALL CENTERS)
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1°.- OBJETO. El presente
Estatuto regirá las relaciones laborales que se entablen en el sector privado
entre los teleoperadores y sus empleadores por el trabajo que se preste en los
centros de atención de llamadas, también denominados "call centers".
ARTÍCULO 2°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
PERSONAL. A los fines del presente, se considera teleoperador a toda persona
que desempeñe tareas de atención, recepción o emisión de conexiones telefónicas
o telemáticas para recepción de reclamos o denuncias; recepción de solicitudes
de información o asesoramiento sobre aspectos técnicos, comerciales o
administrativos; venta y promoción de productos o servicios; contactos de fidelizacion
de clientes; realización de encuestas e investigaciones de mercadeo; o
cualquier otro servicio que se proporcione a través de medios telefónicos o
telemáticos.
ARTÍCULO 3°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN
TERRITORIAL. Las disposiciones de esta ley serán aplicables en todos los
centros de atención de llamadas que desempeñen su actividad en el territorio de
la República Argentina, ya sea que actúen como entes especializados en el rubro
o como unidades funcionales incorporadas dentro de una institución, organismo o
empresa, incluidos también los que recepten o emitan llamadas desde o hacia el
exterior del país.
Los teleoperadores que presten sus
servicios en dichos centros de atención se regirán por el presente Estatuto,
sea que el contrato de trabajo se haya celebrado en el país o fuera de él, en
tanto se ejecute en su territorio.
ARTÍCULO 4°.- JORNADA DE TRABAJO. La
jornada de trabajo diaria no podrá exceder de SEIS (6) horas, y será
equivalente, en cuanto a condiciones, escala salarial y demás cláusulas que se
pacten individualmente, a la jornada establecida en la ley 11.544 o a la
establecida por convenio colectivo.
El trabajo prestado por el teleoperador
no podrá exceder de CINCO (5) días por semana.
ARTÍCULO 5°.- HORAS NOCTURNAS. La
jornada de trabajo íntegramente nocturna no podrá exceder de CINCO (5) horas y
TREINTA (30) minutos, entendiéndose por tal la que se cumpla entre la hora
VEINTIUNA (21) de un día y la hora SEIS (6) del siguiente. Cuando se alternen
horas diurnas con nocturnas se reducirá proporcionalmente la jornada o se
pagarán los minutos de exceso como tiempo suplementario según las pautas del
artículo 201 de la ley 20.744 (T.O 1976)..
ARTÍCULO 6°.- DESCANSOS. El trabajo
prestado por el teleoperador estará sometido a los siguientes descansos:
a) Descanso hebdomadario: el
empleador deberá proceder de forma tal que a cada trabajador le corresponda el
goce del descanso semanal, en al menos DOS (2) fines de semana por mes
trabajado. Este precepto no se aplicará a aquellos trabajadores que desempeñen
exclusivamente sus tareas los fines de semana.
b) Descanso durante la jornada
diaria: el trabajador gozará de un descanso de QUINCE (15) minutos cada DOS (2)
horas efectivamente trabajadas.
c) Descanso compensatorio: el
trabajador que por razones de servicio deba trabajar en feriados nacionales,
percibirá sus haberes con un incremento del CIEN POR CIENTO (100%).
d) Pausa entre llamadas: los
sistemas de comunicaciones deberá garantizar una pausa mínima de QUINCE (15)
segundos entre llamadas, a los efectos de permitir el descanso del
teleoperador.
e) Descanso entre jornadas: el
trabajador gozará entre jornada y jornada de un descanso mínimo de DOCE (12)
horas.
ARTÍCULO 7°.- LICENCIA POR EXÁMENES.
El teleoperador gozará de DOS (2) días corridos por examen, con un máximo de
VEINTE (20) días por año calendario. El beneficio se otorgará a estudiantes de
instituciones de nivel medio y superior públicos y/o privados reconocidos
oficialmente.
ARTÍCULO 8°.- REMUNERACIÓN. El
teleoperador percibirá una remuneración fija que no podrá ser en ningún caso
inferior al salario mínimo vital y móvil o al salario básico establecido en el
convenio colectivo, si éste fuere superior.
ARTÍCULO 9°.- INCENTIVOS Y
COMISIONES. Para el caso de que se pacten incentivos o comisiones, los mismos
deberán sumarse al salario y adicionales establecidos por la legislación y
convenios colectivos, debiendo ser fijados por escrito y pudiendo ser
modificados posteriormente siempre que otorguen condiciones más beneficiosas
para el trabajador.
ARTÍCULO 10.- SALARIO POR DÍA DE
DESCANSO NO GOZADO. Queda prohibida la ocupación del teleoperador desde las
TRECE (13) horas del día sábado hasta las
VEINTICUATRO (24) horas del día
domingo, salvo los casos de excepción que la reglamentación prevea, en cuyo
caso el trabajador gozará de un descanso compensatorio en la semana siguiente,
de goce íntegro y continuado entre las TRECE (13) horas y las VEINTICUATRO (24)
horas del día siguiente.
Cuando el teleoperador prestare
servicios entre las TRECE (13) horas del día sábado y las VEINTICUATRO (24)
horas del día domingo, medie o no autorización, sea por las circunstancias
previstas en el artículo 203 de la ley 20.744 o por estar comprendido en las
excepciones que con carácter permanente o transitorio se dicten, el empleador
estará obligado a abonar el salario habitual con el CIEN POR CIENTO (100%) de
recargo, sin perjuicio de su obligación de otorgar franco compensatorio.
ARTÍCULO 11.- FRANCO COMPENSATORIO.
En el caso en que el trabajador prestare servicio conforme el artículo
anterior, el empleador estará obligado a otorgar el franco compensatorio en la
semana siguiente, con las modalidades dispuestas en el artículo 204 de la ley
20.744. Su omisión será considerada infracción grave de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 3° del anexo II de la ley 25.212 y sancionada
conforme se establece en dicha normativa. El trabajador podrá disponer por sí
el goce del franco compensatorio omitido a partir de la semana subsiguiente y
hasta la extinción del vínculo laboral, previa comunicación formal de ello
efectuada con anticipación no menor de VEINTICUATRO (24) horas a su efectivo
goce y con indicación de su extensión en caso de acumulación de francos no
gozados.
Si a la extinción del vínculo
quedaran subsistentes francos compensatorios pendientes de goce, el trabajador
tendrá derecho a percibir los salarios pertinentes con un incremento del CIEN
POR CIENTO (100%).
ARTÍCULO 12.- CAPACITACIÓN. El
empleador dispondrá la realización de programas de capacitación continua con la
finalidad de atender las necesidades de preparación de su personal, los cambios
tecnológicos, la reestructuración funcional o por servicios, exigidas para la
evolución y el desarrollo de sus tareas. Asimismo, el empleador deberá proveer
al trabajador con la información necesaria para atender las medidas de
seguridad y la correcta utilización de los elementos de trabajo que le sean
dados.
La concurrencia a las actividades de
capacitación y entrenamiento correspondientes tendrá carácter obligatorio para
los trabajadores designados.
El período mediante el cual el
trabajador estuviere afectado a tareas de capacitación, aún cuando sea para
comenzar a prestar el servicio designado, devengará derecho a percibir
remuneración y se desarrollará respetando las horas máximas de jornada laboral
y las condiciones establecidas en el presente estatuto.
ARTÍCULO 13.- INFRAESTRUCTURA Y
CONDICIONES AMBIENTALES. Los establecimientos en los cuales se desarrolle la
actividad del teleoperador deberán respetar condiciones de seguridad
ambientales, como asimismo deberán proveer al empleado los elementos necesarios
a los efectos de que éstos puedan desarrollar su tarea en condiciones seguras,
salubres y que respetan la integridad del mismo.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social designará al organismo de contralor del presente Estatuto, el
que deberá además establecer los parámetros mínimos de higiene y seguridad
ambiental.
ARTÍCULO 14.- PROCESO Y CONTROL DE
TRABAJO El empleador deberá comunicar al teleoperador, al inicio de la relación
laboral, el tiempo máximo fijado por llamada. El mismo podrá ser modificado
posteriormente, debiendo ser definido en función de la tarea asignada, la
antigüedad y la experiencia del teleoperador. Dicha modificación deberá ser
previamente notificada al trabajador. A los fines del establecimiento del
límite de duración máxima de las llamadas, se garantiza la efectiva
participación de la asociación profesional de trabajadores de la actividad.
La supervisión o control del trabajo
mediante escuchas deberá ser comunicada previamente al trabajador y tendrá
únicamente fines correctivos, no pudiendo en ningún caso aplicarse reducciones
salariales.
ARTÍCULO 15.- EXÁMENES MÉDICOS. El
teleoperador deberá someterse a los exámenes médicos que se detallan:
a) Examen preocupacional, tomando en
cuenta las exigencias del puesto, el que deberá incluir como mínimo, la
realización de estudios visuales y auditivos;
b) Exámenes médicos anuales, los
cuales consistirán en examen clínico completo, audiometría, examen de la vista,
examen neuropsiquiátrico y psicológico, electroencefalograma, análisis de
orina, radiografía de tórax y columna, sin perjuicio de otros que el organismo
de contralor determine..
Será obligatorio para el empleador
entregar al trabajador copia de los exámenes citados sin requerimiento previo.
Dicha información constituirá el legajo médico del trabajador.
ARTÍCULO 16.- RIESGOS DEL TRABAJO.
Dentro de los NOVENTA (90) días a partir de la publicación de la presente, la
Superintendencia de Riesgos del Trabajo deberá establecer disposiciones
relativas a los riesgos específicos del trabajo de los teleoperadores, sin
perjuicio de las exigencias contenidas en la legislación vigente.
ARTÍCULO 17.- DISPOSICIONES
APLICABLES. Salvo colisión con lo establecido por el presente, se declaran
aplicables las disposiciones establecidas por ley 20.744 (T.O 1976) y convenios
colectivos que regulen la actividad en cuanto importen conceder mayores
beneficios al trabajador.
ARTÍCULO 18.- PERÍODO DE ADECUACIÓN.
Los centros de atención de llamadas tendrán noventa (90) días para adecuar su
situación a lo establecido por la presente ley.
ARTÍCULO 19.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo."
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Una de las tantas consecuencias
negativas y de más difícil sustitución, de la imposición del neoliberalismo ha
sido el desarrollo de modalidades de trabajo precarizadas, flexibles, que
facilitaron a las empresas, políticas de tercerización y/o relocalización de
actividades. Los llamados "call centers" o "centros de atención
de llamadas" son una de esas modalidades.
En aquellos momentos, frente a la
tendencia de creación de empleos en el sector servicios, tanto para el mercado
interno como fundamentalmente para la relocalización de actividades de empresas
internacionales, subsidiarias de firmas globales consideradas como proveedores
de servicios empresariales a distancia y como una forma de inserción
subordinada al mercado global, la Argentina llegó a ser polo de atracción
global para ellos, junto a India y Malasia, movidos por las ventajas
comparativas que el país ofrecía en el marco de la hegemonía neoliberal para
los trabajos de baja calidad: disponer de mano de obra calificada y barata
(especialmente jóvenes estudiantes bilingües), un amplio uso extendido de la
tecnología de la información y de buenas comunicaciones, un huso horario
favorable y bajos costos laborales, entre otras.
Dentro de los servicios, hay una
distinción entre las prestaciones de mayor o menor rutina, como la recopilación
y tratamiento de datos, la administración de reclamos y servicios básicos de
atención de llamadas y otras con mayor contenido técnico y prestaciones más
específicas como el telemarketing y la asistencia post venta (de complejidad
mediana) y el diseño y administración de sitios web, contabilidad, de procesos
empresariales de alta especialización y que requieren alta calificación.
De acuerdo a lo presentado en el
estudio de Andrea Del Bono "Tercerización de servicios en la argentina:
empleo y gestión de RRHH en los call centers" en nuestro país ...
"Hoy en día es muy corriente que los servicios de atención al cliente se
subcontraten a una empresa tercerizadora especializada en gestionar las
operaciones de Call Centers y Contact Center (CC); en el caso argentino esa
tendencia se reflejó en el crecimiento explosivo de la actividad de los CC
tercerizados y en la conformación del sector de Empresas Tercerizadoras de Call
Centers (ETCC). Asimismo, la importancia que tiene hoy para el sector de ETCC
la exportación de servicios nos lleva a considerar que el así llamado boom de
los Call Centers offshore (CC offshore) confirma la evolución de algunas ETCC,
que comenzaron brindando servicios poco complejos y poco especializados y que
ahora incursionan en el terreno de la exportación como proveedoras de SED de
mayor valor agregado."
En principio trabajar en un
"call center" se presenta como atractivo para jóvenes y
particularmente para mujeres, por la flexibilidad horaria que facilita la
continuidad de los estudios, por lo que no es casual que la mayoría de los
empleados en este tipo de empresa estén comprendido en la franja etaria que va
de los 18 a 29 años, siendo incluso para muchos de ellos, su primera
experiencia en el mercado de trabajo y que la mayor parte de ellos posean
estudios secundarios, terciarios y universitario. Ahora bien, no es fácil
trabajar allí: hay alta rotación en los puestos y horarios de trabajo, no
suelen ser buenas las condiciones ambientales y de salubridad del entorno
laboral, hay problemas con los encuadres convencionales, despidos masivos,
falta de regulación y hasta falta de representación gremial.
Asimismo, en dicho documento se
aclara que ... "En muchos países, el nuestro es uno de ellos, las ETCC
tienen problemas para reclutar agentes calificados y, sobre todo, para
retenerlos en el tiempo. Mientras que el desgaste de los trabajadores de CC ha
sido siempre una característica que atraviesa la actividad, en el caso de las
empresas tercerizadoras de las que nos hemos ocupado, el problema se acentúa
debido a la competencia "a la baja" de las empresas que aspiran a
competir en el mercado de exportación de servicios. Asimismo, tampoco es
auspicioso el hecho de que las ETCC se mueven atraídas sobre todo por los bajos
costos más que por la expertise de los recursos humanos disponibles".
En el contexto de la desregulación,
la actividad se desarrolló sin marcos legales que de cuenta de sus
especificidades y menos aún, proteja a los trabajadores. Así puede entenderse
que no legislar aún sobre este tema es una deuda pendiente que tiene el
Congreso y que con este proyecto vamos a saldar.
Esa falta de regulación específica
se tradujo en numerosas complicaciones para los trabajadores que terminaban
desprotegidos. Una de ellas es que la actividad desarrollada se enmarcara en
regulaciones no adaptadas. Así es común englobar la actividad del teleoperador
en el convenio de los empleados de comercio.
Y esta cuestión es fundamental
porque, entre otras cuestiones, la actividad requiere una mirada y comprensión
especial debido a la particularidad de sus tareas cotidianas. Es un trabajo
sedentario y repetitivo que presenta reconocidas características de insalubridad
producto de su alta exigencia psíquica y mental que resulta en un desgaste muy
alto en los trabajadores que suelen tener stress, irritabilidad, intolerancia y
agresividad social, además de problemas visuales, dolores en la espalda y
cuello propio de estar sentados frente a computadoras, así como disfonías
crónicas y hasta nódulos en las cuerdas vocales y/o pérdida de la voz gracias a
la sobre exigencia del uso de la voz y muchos otros trastornos respiratorios,
digestivos, etc. Estas cuestiones tienden a agravarse porque generalmente la
infraestructura y las condiciones ambientales son inadecuadas.
El proyecto que se presenta busca
definir un marco regulatorio en cuanto a los derechos laborales y las
obligaciones que deben ser respetadas por teleoperadores y empleadores,
definiendo ciertas condiciones laborales para su actividad.
Este proyecto encuentra sus
antecedentes en uno presentado en el año 2005 (4676-D-05) por los entonces
diputados Miguel Bonasso, Julio Accavallo, Alberto Piccinini, José Roselli,
Alejandro Filomeno, Francisco Gutiérrez, Claudio Lozano, Juliana Marino y
Araceli Méndez de Ferreyra que contó, en su elaboración, con la colaboración de
la Federación de Obreros y Empleados Telefónicos de la República Argentina
(FOETRA) Sindicato Buenos Aires y en la media sanción del Senado (CD 91-S-
2011) del 27 de julio de 2011 que agrupó a los proyectos 3557/10 del senador
Ramón Mestre y 4439/10 de las senadoras María de los Angeles Higonet, Blanca
Osuna; Ana María Corradi de Beltrán, Roxana Latorre, Lucía Corpacci, Graciela
Di Perna, Carlos Verna y que fuera sancionada por unanimidad.
En definitiva, este proyecto recoge
los intentos de darle marco normativo al tema y tomó en cuenta los planteos
elaborados por la Federación de Obreros y Empleados Telefónicos de la República
Argentina, así como estudios que se realizaron sobre la actividad del
teleoperador, entre ellos "Telegestión: su impacto en la salud de los
trabajadores" de Julio César Neffa y otros investigadores (1998); "La
tarea de los operadores telefónicos y sus condiciones de trabajo en las
empresas concesionarias de la ex Ente" de Verónica Lascano y Federico
Vocos, del Taller de Estudios Laborales y "Condiciones y medio ambiente de
empleados telefónicos afectados al servicios de telegestión (112, 110, 114,
000): diagnóstico preliminar y recomendaciones" de Juan Jorge Fariña y
Carlos Gutiérrez de la Cátedra de Psicología, Etica y Derechos Humanos de la
Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires (2001), "Operativo
Call Center 2010" informe del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social; "Tercerización de servicios en la argentina: empleo y gestión de
RRHH en los call centers" Andrea del Bono (CONICET - CEIL-PIETTE - UNLP) y
Laura Henry (CONICET - CEILPIETTE) (2008); "Experiencias laborales
juveniles. Los agentes telefónicos de call centers offshore en Argentina",
Trabajo y Sociedad, vol. IX, nº 10, Santiago del Estero, Argentina. (MTEySS).
Del Bono, A. y Bulloni, M. (2008).
Por lo
expuesto y atento a la necesidad de darle un marco legal que mejore las
condiciones de trabajo de este sector, es que solicitamos a nuestros pares que
acompañen con su voto la sanción del presente proyecto de ley.
viernes, 16 de mayo de 2014
LAS TELEFÓNICAS refuerzan el AVANCE sobre la TELEVISIÓN PAGA
AT&T NEGOCIA LA COMPRA DE DIRECTV POR UNOS US$
50.000 MILLONES
Las telefónicas avanzan
cada vez más en el sector de la TV paga. Esta semana se conoció que una de las
mayores telefónicas estadounidense, AT&T, negocia la compra del
operador satelital DirecTV en unos US$ 50.000 millones.
La
estadounidense DirecTV es
el mayor operador global de televisión paga, con 35 millones de abonados, con
creciente presencia en América latina.
En la
Argentina, DirecTV tiene dos millones de abonados, que
representan el 25% del mercado de la televisión paga, con un aumento del 220%
en su base de abonados en los últimos cinco años, frente al 15% de incremento
que en ese período tuvo el resto del sector.
La ley
de medios beneficia a DirecTV, que puede brindar su servicio en todo el
país; mientras que los operadores de TV por cable sólo pueden estar en 24
localidades. Además, su aplicación selectiva por parte de la Autoridad Federal
de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), que preside Martín
Sabbatella, le permite a DirecTV emitir
sólo los canales de la televisión abierta de Capital Federal y no incluir a los
canales de aire de las provincias.
Según Dataxis,
el mayor operador de TV paga en la región es la empresa mexicana América Móvil,
que a fin de 2013 tenía 13,5 millones de abonados en 15 países y su mayor
filial es la de Brasil, donde tiene aNet, que
le compró al multimedios O Globo.
América Móvil es dueña en la Argentina del operador de telefonía
celular Claro,
que no puede dar TV paga, porque la ley de medios establece que sólo pueden
tener licencias audiovisuales las empresas de capital argentino, hasta 30% de
capital extranjero, excepto que tengan tratado de reciprocidad en las
inversiones, como Estados Unidos, Francia, Países Bajos e Italia.
Telefónica también avanza a nivel global muy fuerte en el sector
de la TV paga. La semana pasada el Grupo Prisa aceptó
su oferta de compra del 56% del operador de TV por cable español Canal+,
en US$ 1.000 millones.Telefónica es
el mayor operador de telecomunicaciones en España y con esta adquisición será
también el mayor operador de televisión paga en ese país.
Canal+ tiene 1,6 millón de abonados, que se sumarán a los 700.000 que ya tiene Telefónica en España, a través de Fusión TV.
Además, el operador español tiene otros 2,5 millones de abonados a la TV paga
en América latina.
La ley
de medios también le prohíbe a Telefónica dar
servicios de televisión en la Argentina. Pero igual tiene nueve canales, a
través de Telefe, y el Gobierno no resolvió su situación, pese a que
tiene desde hace un año y medio su plan de adecuación en AFSCA.
En
tanto, el Gobierno analiza una modificación a esa normativa, para permitir el
ingreso de las telefónicas internacionales al sector de la TV paga en la
Argentina.
domingo, 11 de mayo de 2014
EFEMERIDES: 11 de MAYO de 1974 es asesinado el Padre CARLOS MUGICA
Carlos Francisco Sergio Mugica Echagüe, (Buenos Aires, Argentina, 7
de octubre de 1930 - 11
de mayo de1974), fue un
sacerdote y profesor argentino vinculado al Movimiento
de Sacerdotes para el Tercer Mundo y a las
luchas populares de la Argentina de las décadas de 1960 y 1970. La mayor parte
de su labor comunitaria tomó lugar en la Villa de Retiro, que los vecinos
llaman con su nombre. Fue el fundador de la parroquia Cristo
Obrero de la Villa
31 de Retiro. Murió asesinado a balazos, después de celebrar misa en la iglesia de San Francisco Solano, en Villa Luro
A modo de
HOMENAJE lo recordamos con un libro de
su autoria :
sábado, 10 de mayo de 2014
Sólo queda Un Teléfono Público cada 28 cuadras y Nadie Los Usa
Hace 10 años
había 10 mil y hoy apenas sobreviven 1.140. La Ciudad los retira y se acumulan
en un depósito, donde llegan hasta con las monedas. Las empresas no los
reclaman y no se pueden reciclar.
La pila asoma por encima de las
chapas del corralón de Montes de Oca y Osvaldo Cruz, al final de Barracas.
Arrumbados, casi un millar de teléfonos públicos dan cuenta de una realidad que
excede a esa montaña de chatarra en la que se están convirtiendo y
muestra como la evolución tecnológica cambia los usos, lo que influye
directamente en el espacio público. En las calles de la Ciudad sólo quedan
1.410 cabinas con teléfonos públicos y desde las telefónicas indican que se
utiliza con frecuencia no más del 5%. Por el momento el destino de estas
cabinas es incierto: a las empresas les resulta más costoso hacerse cargo
que abandonarlas y, si bien el Gobierno porteño retira y acumula las que
están vandalizadas o no funcionan, no tiene el poder de disponer de sus restos.
El punto de partida es obvio: en poco
más de tres décadas cambió por completo la manera de establecer comunicaciones.
De las viejas burbujas de Entel que explotaron a principios de los 80 (cuando
solo una de cada tres casas de familia tenía línea telefónica) a las torres
alargadas con predominio de grises y azules de las empresas privatizadas. En el
medio, la proliferación y el declive de los locutorios. Y, claro, la
explosión de los dispositivos móviles: en la actualidad se estima que en el
país hay un celular y medio por persona.
“La Ciudad cuenta con una cantidad de
cabinas telefónicas que fueron instaladas antes del crecimiento de la telefonía
celular. En su mayoría se encuentran vandalizadas o son utilizadas para la
pegatina ilegal. En ese estado de abandono y desuso generan un perjuicio
para los vecinos ”, explica Patricio Di Stéfano, subsecretario de Uso del
Espacio Público porteño. Vale decir que, en 2004, en las calles de la Ciudad
había 10 mil teléfonos públicos. En 2009 la cifra se redujo a 4.800 y en 2012
eran alrededor de 2.400. El año pasado se desmantelaron 820 y en lo que va de
2014 unas 170.
“La telefonía móvil es el medio de
comunicación más elegido actualmente. Este comportamiento se evidencia en el
uso que se registra en el parque de teléfonos públicos instalados. Los que se
encuentran en la vía pública tienen un índice de uso casi nulo y por
otra parte son objeto de vandalización indiscriminada. Cada vez más, los
comerciantes o vecinos se oponen a su existencia. Solo es utilizado con
frecuencia un 3% de los teléfonos públicos, que son mayormente los que están en
sitios cerrados como terminales de ómnibus y trenes, hospitales, shoppings,
aeropuertos y dependencias de gobierno”, confirman fuentes de Telecom.
Formalmente, se trata de una
situación heredada de los tiempos en que Buenos Aires no era autónoma y no
existe regulación específica. “Como el resto de los servicios públicos, pueden
colocarse con un permiso de uso de Espacio Público y deben mantenerse en
condiciones de higiene y seguridad de modo que no constituyan un riesgo para
las personas”, explican en esa dependencia.
Si bien son propiedad de las
empresas, la falta de uso hace que tampoco se cumpla con el mantenimiento. Los
teléfonos no funcionan, las cabinas acumulan suciedad y los techos y vidrios
rotos (o los cables pelados) se vuelven riesgosos para la gente. El Gobierno
porteño retira de la vía pública aquellos que están inutilizados apelando a la
Ley 4013, que establece que el Ministerio de Ambiente y Espacio Público debe
“proteger, mejorar y mantener el Espacio Público”. Tanto la avenidas San Juan y
Rivadavia, por ejemplo, ya están totalmente despejadas.
“Se las guarda por un tiempo y las
empresas pueden retirarlas del depósito de la Ciudad, pero por ahora no han
mostrado interés en hacerlo ya que argumentan que el valor del traslado es
superior al valor de las cabinas ”, responden desde el Ministerio. En
algunos casos los teléfonos todavía tenían monedas adentro, que tampoco están
siendo reclamadas.
En este punto aparece otro problema
que sigue creciendo en la Ciudad: la falta de circuitos que permitan reciclar y
recuperar lo que habitualmente se conoce como “basura electrónica”. “Hay
desarmaderos y centros de acopio. Y se reciclan materiales como chapa, cobre,
hierro, cartón y papel. Pero otros elementos como las placas de los teléfonos
no se reciclan acá, se mandan al exterior, a veces la placa entera y otras en
forma de molienda. Los costos del proceso y la logística son importantes. ¿Qué
se obtiene de ahí? Por ejemplo oro y plata, es lo que se llama minería
urbana ”, explica Juan Martín Ravettini, al frente de quereciclo, dedicados
al reciclado de informática y electrónica.
La otra fase del “recupero” tiene que
ver con los coleccionistas. Pero las columnas grisáceas no lucen como las
viejas burbujas naranjas o las cabinas rojas (a la inglesa, sí) que decoran
Plaza Francia.
http://www.clarin.com/ciudades/Solo-queda-telefono-publico-cuadras_0_1135686554.html
miércoles, 7 de mayo de 2014
A fin de año, casi medio mundo ACCEDERÁ a INTERNET
La mayoría se conectará desde el
celular. Cae el teléfono fijo
Cifras difundidas hace pocas
horas por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) indican que, a
finales de 2014, habrá cerca de 3.000 millones de usuarios de Internet en el
mundo (cerca del 43% de la población). A la vez, el organismo estima que de
ellos, 2.300 millones estarán abonadas a accesos de banda ancha móvil.
A finales de 2014, la
penetración de banda ancha móvil alcanzará al 32% de la población mundial. En
los países desarrollados llegará al 84%, cifra que será cuatro veces mayor a la
de los países en desarrollo, donde solo el 21% tendrá este tipo de conexión.
A la vez, las estadísticas
marcan que sigue reduciéndose el número de usuarios de telefonía fija, servicio
que ha ido en descenso durante los últimos cinco años. A finales de 2014, estima
la UIT, habrá unos 100 millones de abonos a telefonía fija menos que en 2009.
Como contracara, a fin de año habrá casi 7.000 millones de abonos a telefonía
celular, lo que implica, en promedio, casi un celular por habitante de la
Tierra.
“Los datos muestran que la tasa
de crecimiento del celular ha alcanzado su nivel más bajo en la historia (2,6%
en todo el mundo), lo que indica que el mercado está acercándose a la
saturación”, indica la UIT.
Por su parte, las conexiones de
banda ancha fija crecerán, pero a un ritmo decreciente, y alcanzarán sobre el
final de 2014 al 10% de la población mundial.
A su vez, la UIT estima que
hacia fin de año el 44% de los hogares del mundo dispondrá de acceso a
Internet. Aunque la distribución de esas conexiones será bien despareja: un 31%
en los hogares de los países en desarrollo tendrán acceso a Internet; contra el
78% de los hogares de los países desarrollados.
POR LEO GONZÁLEZ PÉREZ
martes, 6 de mayo de 2014
SOY TELEFÓNICO: 300.000 Visitas virtuales!!
Somos
el sitio web del ámbito laboral de las Telecomunicaciones más consultado en las
Redes Sociales de Argentina
300 mil consultas
buscando-compartiendo información, noticias, opiniones, datos,
reclamos, estadísticas, imágenes, videos, entrevistas…
Soy Telefónico: El feedback on line de los
trabajadores
Aquí estamos….
Soy Telefónico: También en Facebook
Estamos
donde estas vos, donde haga falta para estar informados!!!!!!
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último mes
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6.868
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(historial completo)
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VIDEOS INÉDITOS de Argentina (Publican en YouTube)
Pertenecen a los archivos
de la legendaria productora francesa Pathé. Son cerca de 3 horas que permiten
recorrer la historia del país desde 1916 hasta los años ‘70.
En el espacio inabarcable de Internet ronda un
tesoro. Y parte de las joyas de ese tesoro hacen a la historia de la
Argentina.
La legendaria empresa British Pathé,
fundada en París en 1896, decidió hacer público su gigantesco archivo de
ochenta y cinco mil films que
narran en buena parte la historia del mundo hasta mediados de los años 70. Y
subió todo a Internet en un canal especial de YouTube. Fueron celuloide y
ahora son píxeles, da igual: abren la puerta hacia un pasado en parte
cercano, en parte remoto, y dan cuenta de cómo y en cuáles circunstancias el mundo
que conocimos dio una vuelta de carnero y
giró loco, guerrero, impiadoso rancio y obcecado; o sabio, solidario, generoso,
progresista y humanitario.
Se trata de un espejo que nos muestra
cómo fuimos antes de ser esto que somos. Y el ejercicio de internarse en ese laberinto
de viejos fragmentos de historia, algunos mudos, muchos en blanco y negro,
otros en color, algunos con pocos segundos de duración, otros de varios
minutos, es una experiencia fantástica.
Los archivos referidos a la Argentina
fueron reunidos en un blog el acceso a
British Pathé y a Mediakraft amplían aún más la información sobre todo el
material a
disposición de curiosos y fanáticos.
British Pathé reflejó parte de la
realidad de nuestro país desde 1916, cuando Gran Bretaña prestaba especial
atención a la Argentina y el país gustaba de consagrarse “una joya
más de la corona británica”. Figuran las visitas del Príncipe de Gales en
1924 y 1931, el fenómeno del tango en 1930, la visita del vicepresidente Julio
A. Roca (hijo) a Inglaterra (identificado como presidente) para la firma del ignominioso
tratado Roca-Runciman en 1933
y el boom del polo en esos mismos años 30.
A partir de los años 40, la escena
está dominada por el ascenso de Perón, su caída en 1945 y elección en 1946,
con escenas de la campaña electoral de los años 40 en la que despliega
encanto una activa Eva Perón. La voz joven de la primera dama surge en un
reportaje concedido en Italia durante su viaje a Europa y más de un clip
refleja el
dolor que siguió a su muerte en
1952. Algunas escenas inéditas narran el derrocamiento de Perón en
1955 y el inicio de décadas de inestabilidad social y política en el país. Las
primeras huelgas de la resistencia peronista, el gobierno de Arturo Frondizi y
su caída, los enfrentamientos entre azules y colorados de abril de 1963 y la
entrada en el torbellino de los ’70.
Quien quiera ver en el espejo
invalorable de los archivos de British Pathé un país que estaba a punto de perder su inocencia,
puede hacerlo. La Argentina de las tres décadas que abarcan del 50 al 70,
pugnaba a su manera por mantener la inercia de los años felices que había dado el peronismo y
enriquecer, si era posible, los resortes de la economía con un apoyo cultural
que hacían del país un faro, envidiado pero nunca discutido, para el resto de
América latina.
Bajo ese asfalto pujante, los
archivos de la Pathé revelan que hervía otra Argentina, sumida en el caldero del
rencor y de la frustración. Como a la España de Antonio Machado, una de
las dos nos iba a helar el corazón.
lunes, 5 de mayo de 2014
Más EMPRESAS PREVÉN REDUCCIÓN de PERSONAL y RETIROS VOLUNTARIOS / María Laura Calí **
El 15% espera achicar su plantel. Los
sectores de la producción serán los más afectados.
El escenario laboral de este año pone
de manifiesto señales de alerta. El blanqueamiento de la inflación, sumado a la
agudizada criticidad de indicadores económicos propios y del contexto externo,
especialmente de Brasil, potencian la implementación de medidas con impacto
directo en la generación de empleo.
El último relevamiento de SEL Consultores entre 150
empresas líderes de la Argentina pone en evidencia un
aumento sensible en la
proporción de compañías que esperan disminuciones en sus dotaciones. Un 15% de
las compañías esperan una baja, mientras que un año atrás este porcentaje era
el 9%. Esta incidencia crece notoriamente en empresas de producción de bienes
durables, donde
llega al 23% y en industrias
de consumo masivo, donde se ubica en un 18%. Para estos sectores, la
disminución un año atrás se ubicaba en un 12% y un 6%, respectivamente.
Quizás aún más importante es señalar que la proporción de
personal afectado por las disminuciones también crece, llegando a un promediodel 9% de la dotación, con fuerte impacto en las
categorías más vulnerables: operarios, analistas y técnicos y administrativos.
Un año atrás los que esperaban disminuciones, informaban un impacto en las
dotaciones no mayor a un 5%.
Por otro lado, decrecen las expectativas de aumentos: sólo
un 19% de las compañías esperan incrementar su dotación en 2014, ocho puntos
por debajo de 2013, cuando llegaba a 27%. La reducción de expectativas de
crecimiento, también se acentúa en los sectores directamente vinculados a
producción.
A partir del blanqueamiento de la inflación, las empresas
líderes se vieron obligadas a revisar sus ajustes salariales. Para el personal
fuera de convenio, de un porcentaje presupuestado en octubre-noviembre de 25%,
las proyecciones hoy se ubican 5 o 6 puntos por encima, con lo que se llega a un 31%
anual. Para el personal dentro de convenio, a pesar de tener también un
parámetro del 25%, la mayoría de los convenios superan ampliamente este número,
igualando o superando un 30%.
Este defasaje no es gratuito y, en muchos casos, potencia
la aplicación de otras medidas vinculadas a la contención de costos: 1 de cada
3 empresas líderes aplicó o aplicará este año programas de retiro anticipado entre personal próximo a jubilarse; 2
de cada 10 ha
suspendido el ingreso de nuevo personal, es decir cuando se genera una vacante
no es cubierta por contrataciones, sino que se reabsorbe dentro del equipo
disponible; igual proporción redujo la cantidad de horas extras; un 15%
aplicará retiros voluntarios a todo el personal y un 10% adelantará vacaciones.
Todas estas medidas se acentúan en los sectores ligados a la producción.
Sin bien no estamos es un escenario de medidas masivas,
reina un situación de cuidado e incertidumbre, donde la creación de empleo se
encuentra claramente relegada.
(**) Directora
Ejecutiva de SEL.
miércoles, 30 de abril de 2014
martes, 29 de abril de 2014
¿Socialismo o tratado de esclavitud en Cuba?
¿Estamos
en el 2014? Debe haber algún error.
Estudiando la Resolución 16/2014 del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, asociada a la Ley de la Inversión
Extranjera, me hice la misma pregunta varias veces: ¿Estamos de vuelta a 1850,
en plena era del esclavismo?
La Resolución indica que el trabajador (o “fuerza de trabajo” como se denomina)
no es más que un insumo adicional a considerar en la productividad de nuestro
país, con el que se comercializa y se dispone sin que tenga voz ni voto en el
proceso.
Para empezar, el trabajador que
quiera emplearse en una empresa extranjera, lo primero que tiene que hacer es
firmar un contrato con una entidad
empleadora estatal, intermediaria,
quien se encarga de buscarle un puesto de trabajo.
En todo el proceso de contratación, la opinión del trabajador no se toma en cuenta. La entidad estatal reclutadora es quien asigna el puesto de trabajo al empleado, y quien pacta, con la parte extranjera, el salario; al igual que las condiciones de promoción y de “estimulación”. La Resolución da a entender que el sindicato sí participará en las negociaciones entre entidad estatal y extranjera, pero como se sabe, los sindicatos en Cuba son estatales y los derechos que defienden no son precisamente los de los trabajadores; de hecho, los grandes promotores de despidos en Cuba son los propios sindicatos.
La oportunidad de prosperar para un
trabajador cubano en una empresa extranjera es reducida. Los sueldos serán en
pesos cubanos no equivalentes al dólar y se determinarán a partir de la escala
de salarios que se pacte. Ésta considerará la establecida actualmente y en la
que el salario máximo es de 650
pesos al mes (unos 26 dólares).
Anteriormente, los que trabajaban
para empresas mixtas sobrevivían gracias al “fondo de estimulación económica”.
Este fondo no es más que un dinero extra que le paga directamente el empresario
extranjero al trabajador cubano (generalmente en dólares) con el objetivo de
estimularle.
La nueva ley dispone que “el fondo
de estimulación económica” sólo se le autorizará a “algunas empresas” y el
“estímulo” estará sujeto al impuesto sobre la renta (con una tasa del 50% a
quien gane más de 170 dólares al mes). No todos los puestos en las empresas
extranjeras se contratan mediante la entidad estatal empleadora. La Resolución
establece que “la autoridad y órgano facultado” (Ministerio), designará
aquellos puestos de dirección, funcionarios y otros que desempeñen ocupaciones
para las que se exigen “requisitos de confiabilidad”. Es decir, esos cargos son
otorgados a dedo, sin transparencia en su proceso de selección.
¿Cuáles son aquellas ocupaciones que
requieren “confiabilidad”?
En las empresas mixtas de hoy, los puestos “designados” se conocen entre
emigrados extranjeros como “puestos floreros”, con la única responsabilidad
real de controlar a los directivos extranjeros (y aquí se entiende lo de
“confiabilidad” para el chivateo). Es importante hacer referencia al lenguaje
utilizado en la Resolución. Se habla de los trabajadores como si fuera que un
señor feudal le presta a otro ganado vacuno: “suministro de trabajadores”,
“devolución o sustitución del trabajador”. Los empleados ¿se suministran?, ¿se sustituyen?, ¿se
devuelven? ¿Qué son? ¿Materia prima?
Vista con detenimiento la Ley de
Inversión Extranjera y la Resolución de Trabajo y Seguridad Social, queda claro
que el Gobierno de Cuba no tiene nada de socialista. En un gobierno
socialista, el “fondo de estimulación” sería obligatorio para todas las
empresas (no sujeto a aprobación) para que los trabajadores puedan beneficiarse
de los logros de las empresas. Y por supuesto, los trabajadores jamás estarían
ausentes en las negociaciones.
No hay nada más parecido a un
tratado esclavista.
Fuente: http://yusnaby.com/
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